Autorización de trabajo de menores en espectáculos públicos

Solicitud de autorización de trabajo, con carácter excepcional, para la participación de menores de 16 años en espectáculos públicos.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
12/12/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Obtener autorización, con carácter excepcional, para la participación de menores de 16 años en espectáculos públicos.
  • Destinatarios

    Padres, tutores o representantes legales del menor.

  • Requisitos

    • Deberá solicitarse por los representantes legales del menor con, al menos, dos semanas de antelación a la participación del menor en el espectáculo público.
    • El menor deberá prestar su consentimiento, cuando tuviese suficiente juicio.
    • La participación en el espectáculo público no deberá suponer peligro para la salud física, ni para la formación profesional y humana del menor.
    • Se deberá especificar de manera pormenorizada el espectáculo o actuación para el que se solicita la autorización.
  • Documentación

    • Solicitud, que deberá obrar el poder de la Dirección General de Trabajo con, al menos, dos semanas de antelación a la participación del menor en el espectáculo público.
    • Fotocopia del D.N.I. de los padres o tutores.
    • Fotocopia del D.N.I. del menor, en su caso.
    • Fotocopia del Libro de Familia, o, en su defecto, Certificado de Nacimiento del menor.
    • Escrito firmado por el menor manifestando que el trabajo lo efectúa por voluntad propia, si es mayor de 7 años.
    • Autorización de los padres, tutores o representantes legales del menor para participar en el espectáculo público.
    • Descripción del espectáculo, indicando tanto su contenido, como el lugar donde se va a realizar, el horario y duración de la actuación, realizado por la empresa contratante o por la productora.
    • Declaración responsable de la empresa que contrate al menor que manifieste, bajo su responsabilidad, el cumplimiento de la normativa reguladora de prevención de riesgos laborales y de los protocolos sanitarios frente a la COVID19 y que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura o de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones preventivas durante el período de tiempo en el que esté vigente la relación laboral con el menor, cuya autorización se solicita.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Trabajo
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Dirección General de Trabajo
    Servicio de Trabajo y Sanciones
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida

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