Ayudas destinadas a favorecer el relevo generacional en las empresas de ámbito familiar de Extremadura

Ayudas destinadas a promover el relevo generacional en las empresas de ámbito familiar de Extremadura

En plazo

Fecha de actualización
:
6/8/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1786320940544 - Aug 10, 2026 12:15:40 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1786053600000 - Aug 6, 2026 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1791323940000 - Oct 6, 2026 9:59:00 PM
Icono de información

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Código SIA: 2895557

  • Plazo de presentación

    Desde: 07/08/2026 Hasta: 06/10/2026
  • Finalidad

    Estas ayudas tienen como objetivo favorecer el relevo generacional en las empresas de ámbito familiar de Extremadura, a través del desarrollo e implementación de protocolos familiares, acompañado de un servicio de asesoramiento especializado dirigido al diseño, planificación e implantación en las empresas de un plan de relevo en las mismas, de modo que posibiliten una sucesión ordenada que permita su mantenimiento y la profesionalización de su actividad empresarial.
  • Destinatarios

    Podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas empresas familiares que cumplan los siguientes requisitos:

    1. Que la forma jurídica de la empresa sea Sociedad Anónima o sociedad Limitada.
    2. Al menos uno de los administradores o socios de la empresa tenga más de 50 años a la fecha de la presentación de la solicitud.
    3. Que la empresa cuente con centro productivo en la Comunidad autónoma de Extremadura en el que se disponga de una plantilla de, al menos, de 7 trabajadores, contratados por cuenta ajena en Extremadura, en los doce meses anteriores a la fecha de presentción de la solicitud.
    4. Que la empresa cuente con una antigüedad de, al menos, 15 años en el desarrollo de su actividad contados a la fecha de la publicación de cada convocatoria.
    5. Que la empresa tenga entre sus objetivos estratégicos inmediatos abordad la planificación del relevo en la misma, para lo cual deberá acreditar que, al menos uno de los administradores o socios ha finalizado con éxito, con carácter previo a la presentación de la solicitud, un programa formativo de, al menos 40 horas, en el que se hayan abordado aspectos claves relacionados con la gobernanza de la empresa familiar, la planificación del relevo, así como cuestiones relativas en materia patrimonial, fiscal, mercantil o de cualquier otra índole. Este tipo de formación deberá haber sido impartida por alguna Escuela de Negocios de reconocido prestigio nacional o, al menos, haya sido promovida por la Asociación de la Empresa Familiar de Extremadura.

    Para que las solicitudes puedan alcanzar la condición de beneficiarias no deberán concurrie en las mismas ninguna circunstancias contempladas en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.

    Excluidas.

    1. Quedan excluidas del presente programa de ayudas cuando la empresa solicitante desarrolle una actividad empresarial que vaya referida a alguno de los siguientes sectores:
      1. Acuicultura, pesca o la producción primaria de productos agrícolas.
      2. Las actividades relacionadas con juegos de azar y apuestas.
      3. Actividades financieras.
    2. Aquellas empresas que, aun estando dadas de alta en un epígrafe del Impuesto sobre actividades económicas en alguna actividad subvencionable, todos sus trabajadores se encuentren dado de alta en alguna actividad relacionada con los sectores excluídos.
    3. Quedan asimismo excluidas del presente régimen de ayudas las empresas públicas, las participadas mayoritariamente por éstas, las entidades de derecho público, cualquiera que sea la forma que adopten y las participadas mayoritariamente por estas.
    4. Aquellas empresas que hubiesen sido beneficiarias en anteriores programas de subvenciones dirigidos a la elaboración de Protocolos Familiares, promovidos por la Junta de Extremadura.
  • Requisitos

    1. Serán subvencionables las siguientes líneas de proyectos:

    1. La elaboración de un primer protocolo familiar en la empresa.
    2. La revisión, actualización y adaptación de un protocolo familiar ya existente, siempre que el mismo no hubiera sido ya subvencionado por la Junta de Extremadura.

    2. En ambos casos, para que el proyecto sea subvencionable, debe contemplar un programa de asesoramiento individualizado, realizado por consultora externa especializada, dirigido a diseñar, planificar e implantar en la empresa un plan de relevo empresarial en la misma.

    El contenido del protocolo familiar podrá ser flexible y adaptado a las particularidades y características concretas de cada empresa, si bien deberá completar al menos los siguientes aspectos:

    1. Antecedentes. Deberá recoger cuestiones de carácter fundacional de la empresa, tales como: consideraciones sobre el fundados y el origen de la empresa, miembros del grupo familiar y sus ramas, filosofia de la empresa, valores familiares, ámbito de sus actividades o el arraigo de la empresa en un determinado lugar.
    2. Pactos sociales o estatutarios que tenga la entidad solicitante de la ayuda.
    3. Pactos parasociales o extraestatutarios que tenga o vaya a tener la entidad solicitante la ayuda.
    4. Órganos de gobierno de la empresa familiar. Deberá recoger los criterios de organización, composición y funcionamiento de los siguientes órganos de gobierno: el Consejo de familia y Consejo de Administración, así como otros con especial relevancia o implicación en el relevo tales como: Cómite de seguimiento del protocolo familiar, el Cómite de formación y selección o el Cómite de remuneraciones.

    Los protocolos familiares deberán ser. al menos, elevados a escritura pública ante notario, quedando a discrecionalidad de la empresa su posible inscripción en el Registro Mercantil.

    En cuanto al Plan de relevo generacional de la empresa a realizar a través de un servicio de asesoramiento especializado, se deberá contemplar al menos los siguientes aspectos:

    1. Definición de roles, responsables y responsabilidades en el proceso de relevo.
    2. Definición de las habilidades requeridas al equipo de dirección, alineando con la estrategia para que la empresa lleve a cabo las acciones establecidas para el proceso de relevo.
    3. Implementación del plan de relevo: planificación. definición de período de puesta en marcha, acciones a corto y medio plazo, aspectos fiscales, jurídicos, etc.

    En el caso en que la empresa solicitante conforme un grupo empresarial, junto a otras empresas vinculadas, el protocolo a desarrollar podrá hacerse extensibles a cojunto de todas las empresas. En todo caso, al menos , la empresa que solicite la ayuda deberá cumplir, por sí misma. los requisitos señalados en el artículo 3 del presente Decreto.

    Una misma empresa, o empresa vinculada, solo podrá ser beneficiaria una vez del presente programa de ayudas a lo largo de sus diferentes convocatorias.

  • Cuantía

    Resultan subvencionables los siguientes tipos de gastos:

    1. Contratación de servicios profesionales de carácter jurídico o de otra naturaleza que resulten necesarios de manera justificada, orientados a la elaboración del protocolo familiar en la empresa, incluidos los gastos notariales y registrals, de acuerdo con los siguientes límites máximos:
      1. Cuando se trate de la elaboración de un nuevo protocolo el gasto subvencionable por este concepto podrá ser hasta 10.000 euros (IVA excluido)
      2. Cuando el proyecto consista en la revisión, actualización y adaptación de un protocolo familiar ya existente en la empresa, el gasto subvencionable por este concepto podrá ser hasta 5.000 euro (IVA excluido).
    2. Gastos de contratación de consultoría externa especializada para el desarrollo de un programa de acompañamiento que deberá contener una duración de, al menos, 12 meses, dirigido al diseño, planificación e implantación en las empresas de un plan de relevo en las mismas, con un límite máximo subvencionable de 10.000 euros (IVA excluido).
    3. Se subvencionará el 80% de los gastos subvencionables. El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado a la aplicación presupuestaria 14004.323A.47000; Proyecto de Gastos 20250026 Programa de Ayudas al Relevo Empresa rial por un importe total de 500.000 euros, con cargo al ejercicio 2026 financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura
  • Documentación

    Junto a la solicitud de ayuda, conforme al modelo normalizado, se acompañará de la siguiente documentación obligatoria:

    1. Memoria técnica de la propuesta, conforme al modelo que se establezca en la convocatoria, convenientemente cumplimentada, descriptiva de las actividades presentadas.
    2. Presupuesto o factura/s proformas de los gastos proyectados que pretenda llevar a cabo la entidad solicitante de la ayuda, desglosadas por conceptos e importes. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de Contratos del Sector público para el contrato menor, la entidad solicitante deberá aportar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación de la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.
    3. Copia del DNI de aquel socio o administrador de la empresa que acredite el cumplimiento del requisito de tener una edad de, al menos 50 años.
    4. Escrituras de Constitución de la sociedad. con sus posteriores modificaciones, y Estatutos en vigor, inscritos en el Registro Mercantil correspondiente y últimos acuerdos sociales de la entidad solicitante de la ayuda.
    5. Título acreditativo o en su defecto certificado de aprovechamiento y de haber finalizado alguna acción formativa por parte de, al menos, uno de los administradores o socios de la empresa solicitante de, al menos 40 horas, en el que se hayan abordado aspectos claves relacionados con la gobernanza de la empresa familiar, la planificación del relevo así como cuestiones relativas en materia de patrimonial, fiscal, mercantil o de cualquier otra índole.
    6. Para  aquellos proyectos consistentes en la revisión del protolo familiar se deberá aportar el protolo familiar ya elaborado.
    7. En el caso en el que el solicitante no autorice expresamente en el formulario de la solicitud de la ayuda a que sea consultados o recabado de oficio. deberá acompañarse la siguiente documentación para la empresa solicitante:
      1. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
      2. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
      3. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
      4. Certificado emitido por la Agencia Tributaria que acredite los epígrafes de IAE en los que se encuentra dada de alta la empresa solicitante.
      5. Informes relativos a la vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa, expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, correspondientes al período de los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
    8. Si la documentación exigida para la tramitación ya obrara en poder de la administración Pública, la empresa solicitante no estará obligada a presentar la documentación siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o en su caso emitidos y cuando no haya transcurridomás de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Promocion Empresarial
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital

    Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio

    Servicio de Promocion Empresarial (DIR3: A11030539)

    Paseo De Roma,

    06800, Mérida