Homologación sistemas control de acceso en establecimientos de juego - JUNTAEX
Homologación sistemas control de acceso en establecimientos de juego - JUNTAEX
Homologación sistemas control de acceso en establecimientos de juego
Homologación de sistemas de Control de acceso a establecimientos de juego por empresas fabricantes.

Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Mejora en el control de acceso a los establecimientos de juego. -
Destinatarios
Empresas autorizadas para prestar servicios relacionados con establecimietos de juego e inscritas en el Regsitro de Juego de Extremadura.
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Requisitos
Para la homologación del sistema técnico de control de acceso será requisito previo, para las empresas que pretendan su homologación, estar inscrito en el Registro de empresas de máquinas de juego de Extremadura, concretamente en la sección primera regulada en el artículo 31.1 a) de este decreto, como empresa fabricantes, importadoras y exportadoras
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Documentación
- Informe de laboratorio de ensayo acreditado ante cualquier Administración Pública en el que conste que los elementos, cuya homologación se pretende, reúnen las condiciones técnicas exigidas en este reglamento y resto de normativa en materia de juego.
- Una memoria técnica detallada explicativa del sistema de control relativo a la funcionalidad del sistema, descripción del protocolo de conexión informática en línea segura y compatible con los sistemas informáticos de los órganos competentes en materia de juego. -
Manual de funcionamiento.
- En su caso, la justificación de pago de la correspondiente tasa administrativa
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlace externo a solicitud:Sin modelo.
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Normativa
- Decreto 117/2009, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar y de Salones Recreativos y de Juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Decreto 165/2014, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de apuestas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se modifica el Reglamento del juego del bingo de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- decreto 73/2023, de 12 de julio
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Juego
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: Sí
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden: <p>Recurso de reposición
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Más información
Es un Decreto no conlleva formulario de protección de datos.
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Órgano gestor
Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública
Dirección General de Tributos
Servicio de Juego
Paseo De Roma,
06800, Mérida