Inicio, modificación o cese de actividad turística de restauración

Declaración responsable de inicio, modificación o cese de actividad turística de restauración.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
3/11/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año, previo al inicio de la actividad.

    Las personas que vayan a iniciar y ejercer una actividad turística o prestar un servicio turístico deberán dirigir a la Administración Turística competente una declaración responsable, por la que el sujeto declara, bajo su responsabilidad, ante la Administración competente, antes de su inicio, que cumple con todos los requisitos y que reúne toda la documentación necesaria para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad y su ejercicio, al momento de la presentación de dicha declaración, comprometiéndose a mantenerlos durante todo el periodo en que dure la prestación del servicio o ejercicio de la actividad.

  • Finalidad

    Acceder al reconocimiento de un derecho o facultad para el inicio y ejercicio de la actividad turística de restauración. La autoridad competente en materia de turismo inscribirá de oficio la actividad en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas una vez recibida la correspondiente declaración responsable.
  • Destinatarios

    Empresas de restauración, cualquiera que sea su denominación, son aquellas que se dedican, de forma habitual y profesional, a suministrar desde establecimientos abiertos al público, mediante contraprestación económica, comidas y/o bebidas para consumir en el propio establecimiento o fuera de él.

    Los establecimientos de restauración, se clasifican en las siguientes modalidades:

    a) Restaurantes. Establecimientos que, disponiendo de cocina y comedor, presten a sus clientes servicios de restauración, mediante la oferta de carta de platos o menús y cartas de vinos, para su consumo preferentemente en el mismo local.

    b) Cafeterías. Establecimientos que sirven ininterrumpidamente, durante el horario de funcionamiento, comidas y bebidas, preparadas mediante sistemas de elaboración rápida, compuestas por platos simples o combinados, para ser consumidos en el propio local, sin que sea preciso disponer de comedor independiente.

    c) Café-bares y otros establecimientos de ocio. Establecimientos de ocio: aquellos establecimientos con mostrador, barra o similar, que sirvan al público bebidas, acompañadas o no, de tapas o raciones para aperitivos, bocadillos y repostería, para su consumo en el mismo local, pudiendo ofertar o no actividades de ocio.

    d) Empresas de catering. Establecimientos que, disponiendo de cocina, presten servicios de restauración a sus clientes, pudiendo utilizar medios propios o ajenos, mediante la oferta de platos simples, menús, buffet, cócteles o incluso carta de platos, para ser consumidos en instalaciones ajenas al propio establecimiento.

    e) Salones de banquetes. Establecimientos que, dotados de cocina propia o que contraten servicios de restauración con restaurantes o con empresas de catering, dispongan de comedor donde, se sirva a contingentes, comidas y bebidas a precio acordado para ser consumidas en fecha y horas determinadas y concertadas en el mismo local.

  • Requisitos

    El interesado/a DECLARA, bajo su responsabilidad:

    1. Que son ciertos y completos todos los datos de la presente declaración responsable a fecha de su presentación.

    2. Que el establecimiento cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente que le es de aplicación, tanto turística como sectorial, para el ejercicio de la actividad turística que se inicia, la cual conoce en su integridad, comprometiéndose a mantener su cumplimiento durante todo el desarrollo de la actividad.

    3. Que está en posesión de todos los documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos que le son aplicables por dicha normativa, poniendo dichos documentos a disposición de la Administración Turística cuando así se le requiera.

    4. Que la presentación de la declaración responsable faculta para el inicio de la actividad desde el mismo momento de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.

    5. Que se compromete a comunicar los cambios de titularidad del establecimiento, cese temporal o definitivo de actividad, cambios de denominación y cualquier otra modificación de los datos contenidos en la declaración inicial a la Dirección General competente en materia de turismo de la Junta de Extremadura.

    6. En el caso de tratarse de persona jurídica, ostenta la necesaria representación, y la misma se encuentra debidamente constituida e inscrita, de conformidad con lo establecido por la normativa vigente.

    7. Que se encuentra debidamente suscrito el seguro de responsabilidad civil, en pleno vigor, con la cobertura suficiente según normativa de la actividad a ejercer, se encuentra al corriente en el pago del mismo, se dispone de la documentación acreditativa correspondiente, y se compromete a mantenerlo vigente y debidamente actualizado.

    8. Que se dispone de título suficiente que acredita plena disponibilidad sobre el local y dependencias anejas, para destinar el inmueble para el ejercicio de la actividad turística objeto de la presente declaración (Nota Simple de fecha actual del Registro de la Propiedad acreditativa de la titularidad del inmueble o documento acreditativo del derecho personal o real que ostenta sobre el mismo).

    9. Que, al tratarse de inicio de actividad o cambio de titularidad, en relación con la tasa en concepto de tramitación de declaración responsable y primera visita de comprobación de la veracidad de lo declarado y, en caso de alteraciones de las circunstancias que dieron origen a la categoría inicial, en relación con la tasa en concepto de emisión de informe facultativo con toma de datos de campo, se ha abonado tras cumplimentar debidamente el modelo 50, o se compromete a efectuar su abono en el plazo de tres meses desde la presentación de la presente declaración responsable.

    (Código e importe según la actualización anual de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura).

    10. Que se ha abonado la tasa en concepto de Libro de Inspección, tras cumplimentar debidamente el modelo 50 (Código e importe según la actualización anual de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura).

    11. Que conoce que la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, información, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable, o la no presentación de la misma o de la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determina la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad afectada, desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

  • Documentación

    - Declaración Responsable de inicio o modificación de la actividad ( Modelo ) a la que acompañará:

    1.- Copia del documento que acredita la existencia e identidad de la persona que realiza la declaración:

    - Si es persona física, Documento Nacional de Identidad, documento de identidad de estados miembros de la Unión Europea o de estados asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en caso de personas físicas de otros Estados, Número de Identidad para extranjeros (NIE), pasaporte o documento equivalente. Dicha documentación podrá ser recabada de oficio por la propia Consejería, entendiendo concedida la autorización para ello, cuando se indique específicamente en el apartado del modelo de declaración responsable.

    - Si es persona jurídica, NIF y escritura de constitución de la sociedad debidamente inscrita en el Registro correspondiente, así como de la representación de la persona que actúa en su nombre.

    - En caso de sociedades civiles y comunidades de bienes, deberá aportar copia de la identificación de los integrantes, documentación acreditativa de su constitución y de la representación de la persona que actúa en su nombre.

     

    2.- Documento que acredite la representación, en su caso.

    3.- Declaración de precios de los servicios ofertados.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Empresas, Inspección e Infraestructuras Turísticas
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Existe posibilidad de impugnación administrativa ante el Director General de Turismo mediante Recurso de Alzada que se interpondrá en el plazo de un mes desde la notificación de la inscripción en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas o en su caso desde la denegación y archivo de la declaración responsable.

  • Más información

    Preguntas frecuentes (FAQS)
    1)¿Es obligatorio comunicar a la Administración Turística los precios de los servicios ofertados por cada establecimiento?
    Sí, previo al inicio de la actividad deberá comunicarlos por cualquier medio que permita tener constancia de la fecha de recepción (registros públicos, correo electrónico, fax, correo ordinario...) y exhibirlos al público en lugar visible y de fácil acceso.
    El sellado de precios no es obligatorio.
    2) ¿Cuál es el importe y el código de las tasas por prestación de servicios y realización de trabajos turísticos?
    Código e importe según la actualización anual de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura
     
    https://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/modelo-050
     
    3) ¿Dónde se pueden adquirir las hojas de reclamaciones y el cartel que indica su disponibilidad?
    Para adquirir las hojas de reclamaciones deberá dirigirse al Instituto de Consumo de Extremadura.
     
     

    Los datos de carácter personal proporcionados  en la Declaración Responsable o Comunicación Previa son incluidos en fichero/s informáticos y/o papel, para su tratamiento por este órgano administrativo, con la finalidad exclusiva de mantener el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura y verificar el cumplimiento de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura, conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de la personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

     El órgano responsable del tratamiento  lo ostenta el/la titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes. Los datos podrán ser cedidos o comunicados en los supuestos previstos, según Ley. Asimismo, Ud. podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con la L.O. 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales, en la Dirección General de Turismo de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, Avda. de las Comunidades, s/n, 06800, Mérida, Badajoz. Código de Identificación del centro, órgano o unidad administrativa A11030512A

  • Órgano gestor

    Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
    Dirección General de Turismo
    Servicio de Empresas, Inspección e Infraestructuras Turísticas
    Avenida de las Comunidades, S/N
    06800, Mérida
    Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
    Dirección General de Turismo
    Inspección Territorial de Turismo de Badajoz
    Avenida Huelva, 2
    06005, Badajoz
    Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
    Dirección General de Turismo
    Inspección Territorial de Turismo de Cáceres
    Avenida Avda. Clara Campoamor, 2
    10001, Cáceres

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