Subvenciones nominativas o de concesión directa sin convocatoria

Subvenciones nominativas o de concesión directa sin convocatoria de la Secretaría Gral. Economía, Empresa y Comercio

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
1/7/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1783053829775 - Jul 3, 2026 4:43:49 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1767218400000 - Dec 31, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): -1
Icono de información

Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente

Código SIA: 3185530

  • Plazo de presentación

    Desde: 01/01/2026
  • Finalidad

    Procedimiento general para tramitación de solicitudes de subvención nominativa o de concesión directa sin convocatoria previa.
  • Destinatarios

    Entidades privadas sin ánimo de lucro.

  • Requisitos

    De acuerdo con el artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad autónoma de Extremadura, podrán concederse de manera directa aquellas en las que concurra alguna de las siguientes excepciones:

    a) Cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro.

    b) Cuando el perceptor sea una entidad pública territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genéricamente una finalidad cuya competencia esté atribuida a las corporaciones locales y a la comunidad autónoma.

    c) Las subvenciones que se otorguen conforme a los planes anuales a que se refiere la Ley 1/2003, de 27 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo.

    d) Aquellos otros supuestos excepcionales que reuniendo los requisitos del artículo 22.4.c) de esta ley sean acordados de forma singular mediante decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería correspondiente y previo informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda.

  • Cuantía

    La cuantía vendrá determinada por la Resolución de concesión una vez estudiada la solicitud, memoria y proyecto a subvencionar y será financiada con fondos propios de la Comunidad autónoma de Extremadura.

  • Documentación

    Modelo de solicitud de ayuda (obligatorio).

    Memoria descriptiva de la entidad solicitante y del proyecto para el que se solicita financiación (obligatorio).

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital

    Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio

    Servicio de Promocion Empresarial (DIR3: A11030539)

    Paseo De Roma,

    06800, Mérida