Declaración responsable de inicio, modificación o cese de actividad de campamentos de turismo, zonas de acampada de titularidad pública y áreas de autocaravanas - Juntaex.es
Declaración responsable de inicio, modificación o cese de actividad de campamentos de turismo, zonas de acampada de titularidad pública y áreas de autocaravanas - Juntaex.es
Declaración responsable de inicio, modificación o cese de actividad de campamentos de turismo, zonas de acampada de titularidad pública y áreas de autocaravanas
Declaración responsable de inicio, modificación o cese de actividad de campamentos de turismo, zonas de acampada de titularidad pública y áreas de autocaravanas
Actual (long): 1791545789145 - Oct 9, 2026 11:36:29 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
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Código SIA: 2510170
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
Con carácter previo a la presentación de la declaración responsable, los campamentos de turismo, las zonas de acampada de titularidad pública y las áreas de autocaravana, deberán presentar una declaración previa de instalación, con anterioridad a la declaración responsable de inicio y ejercicio de la actividad y prestación del servicio, en los términos y con los requisitos que reglamentariamente se establezcan.
Las personas que vayan a iniciar y ejercer una actividad turística o prestar un servicio turístico deberán dirigir a la Administración Turística competente una declaración responsable, por la que el sujeto declara, bajo su responsabilidad, ante la Administración competente, antes de su inicio, que cumple con todos los requisitos y que reúne toda la documentación necesaria para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad y su ejercicio, al momento de la presentación de dicha declaración, comprometiéndose a mantenerlos durante todo el periodo en que dure la prestación del servicio o ejercicio de la actividad
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Finalidad
Presentación de declaración responsable de inicio, modificación o cese de actividad de campamentos de turismo, zonas de acampada de titularidad pública y Áreas de Autocaravanas. -
Destinatarios
Personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos regulados en la normativa y personas físicas y jurídicas que proyecten la creación de estos establecimientos y las personas usuarias de los mismos.
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Requisitos
Las personas físicas o jurídicas que vayan a iniciar la actividad o prestación de un servicio de los regulados en el decreto regulador de campamentos de turismo, zonas de acampada de titularidad pública y áreas de autocaravana, deberán presentar, con carácter previo, una declaración responsable conforme al modelo contenido en el anexo III del decreto, acompañada de la documentación que expresamente se indica en la misma, salvo que dicha documentación la hubieran presentado en la declaración previa de instalación, en la que manifiesten, bajo su responsabilidad, que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al ejercicio de la actividad, que disponen de la documentación que así lo acredita, que la pondrán a disposición de la administración cuando le sea requerida, y que se comprometen a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicha actividad o servicio, así como el sometimiento expreso al régimen sancionador contenido en la Ley 2/2011, de 31 de enero.
En caso de modificación de alguno de los datos facilitados, de cierre temporal o de cese de la actividad, se deberá presentar una nueva declaración responsable, en el modelo del anexo III del decreto, indicándose el supuesto de que se trate, en los términos que se indican en los artículos 21 y 22 del mismo.
En el momento de la presentación de la declaración responsable, el interesado deberá reunir todos los requisitos que se consignan en el citado anexo III y disponer de la documentación acreditativa de los mismos.
La presentación de la declaración responsable faculta para el inicio de la actividad, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidas la Administración turística. No obstante, el titular deberá contar, con carácter previo al inicio de la actividad, con las autorizaciones, permisos, licencias, declaraciones responsables, comunicaciones o informes que establezcan las distintas normativas que sean de aplicación y las pondrá a disposición de la administración cuando le sea requerida, en los términos previstos en los artículos 42.l) y 48.3.d) de la Ley 2/2011. Así mismo, deberá disponer del informe favorable emitido por la unidad competente de la Dirección General de Turismo a la instalación del establecimiento turístico. Todo ello, sin perjuicio de las competencias municipales y la normativa respectiva que sea de aplicación, en relación con los campamentos de turismo o campings, las zonas de acampada de titularidad pública y las áreas de autocaravanas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La declaración responsable se limita al ámbito turístico, aunque su validez estará condicionada al cumplimiento de cuantos requisitos y autorizaciones establezca el resto del ordenamiento jurídico aplicable.
El establecimiento deberá cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente que le es de aplicación, tanto turística como sectorial, para el ejercicio de la actividad turística que se inicia, la cual conoce en su integridad, comprometiéndose a mantener su cumplimiento durante todo el desarrollo de la actividad.
El interesado/a deberá estar en posesión de todos los documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos que le son aplicables por dicha normativa, poniendo dichos documentos a disposición de la Administración Turística cuando así se le requiera.
El interesado/a deberá comprometerse a comunicar los cambios de titularidad del establecimiento, cese temporal o definitivo de actividad, cambios de denominación y cualquier otra modificación de los datos contenidos en la declaración inicial a la Dirección General competente en materia de turismo de la Junta de Extremadura.
En el caso de tratarse de persona jurídica deberá ostentar la necesaria representación, y la misma se encuentra debidamente constituida e inscrita, de conformidad con lo establecido por la normativa vigente.
El interesado deberá suscribir seguro de responsabilidad civil, en pleno vigor, con la cobertura suficiente según normativa de la actividad a ejercer, se encuentra al corriente en el pago del mismo, se dispone de la documentación acreditativa correspondiente, y se comprometerse a mantenerlo vigente y debidamente actualizado.
Deberá disponer de título suficiente que acredita plena disponibilidad sobre el local y dependencias anejas, para destinar el inmueble para el ejercicio de la actividad turística objeto de la presente declaración (Nota Simple de fecha actual del Registro de la Propiedad acreditativa de la titularidad del inmueble o documento acreditativo del derecho personal o real que ostenta sobre el mismo).
Igualmente deberá disponer de memoria descriptiva y planos a escala suficiente firmados por facultativo competente.
Al tratarse de inicio de actividad o cambio de titularidad, en relación con la tasa en concepto de tramitación de declaración responsable y primera visita de comprobación de la veracidad de lo declarado y, en caso de alteraciones de las circunstancias que dieron origen a la categoría inicial, en relación con la tasa en concepto de emisión de informe facultativo con toma de datos de campo, se ha abonado tras cumplimentar debidamente el modelo 50, o se compromete a efectuar su abono en el plazo de tres meses desde la presentación de la presente declaración responsable.
(Código e importe según la actualización anual de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura).
Igualmente deberá abonar la tasa en concepto de Libro de Inspección, tras cumplimentar debidamente el modelo 50 (Código e importe según la actualización anual de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura).
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Documentación
Documentación obligatoria:
- Declaración responsable. (modelo Anexo III)
- Justificantes de pago de tasas M-50, por presentación de declaración responsable y por libro de inspección. (Abono de tasas: Acceso al Portal Tributario:http://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/modelo-050)
- Documentación que acredita la existencia e IDENTIDAD DE LA PERSONA que realiza la declaración.
- Si se trata de persona física española, la consignación del NIF. en el formulario faculta a la Administración para verificar de oficio su identidad, según la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales.
- Para el resto de personas físicas y personas jurídicas, consignar lo que proceda:
- Aporto copia: Si es persona física extranjera, documento de identidad de estados miembros de la Unión Europea o de estados asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en caso de personas físicas de otros Estados, Número de Identidad para extranjeros (NIE), pasaporte o documento equivalente.
- Si es persona jurídica, NIF y escritura de constitución de la sociedad debidamente inscrita en el Registro correspondiente en la que conste el objeto social que corresponda a la actividad turística que se declara, así como la representación de la persona que actúa en su nombre y documentación acreditativa de la representación, en su caso.
- La Administración competente de la tramitación del procedimiento que incluye una actividad de tratamiento de datos personales, tiene atribuida la potestad de verificación de los datos personales del solicitante manifestando en esta solicitud en virtud de la Disposición Adicional Octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales. Si Obra en poder de la Administración puede otorgar autorización para que sea recabada de oficio. Indicar en qué momento y ante qué órgano se presentó para ser recabada de oficio:
- El establecimiento deberá comunicar los precios vigentes a esta Dirección General de Turismo, con la relación de los servicios a prestar. En la citada relación de precios deberán consignarse los datos de la empresa: nombre comercial, nombre del titular, NIF y dirección del establecimiento, debiendo incluir el IVA.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
- Ley 2/2011, de 31 de enero, de Desarrollo y Modernización del Turismo de Extremadura (D.O.E. Nº 22, de 02-02-2011)
- Ley 6/2018, de 12 de julio, de modificación de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura (DOE Nº 137, de 16-07-18)
- Decreto 205/2012, de 15 de octubre, por el que se regula el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura (D.O.E. nº 202, de 18-10-2012)
- DECRETO 46/2025, de 27 de mayo, por el que se regulan los campamentos de turismo o campings, las zonas de acampada de titularidad pública, las áreas de autocaravanas y los establecimientos singulares en la Comunidad Autónoma de Extremadura
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Turismo
- Plazo para resolver: No tiene
- Efecto silencio administrativo: No Aplica
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Existe posibilidad de impugnación administrativa ante el Director General de Turismo mediante Recurso de Alzada que se interpondrá en el plazo de un mes desde la notificación de la inscripción en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas o en su caso desde la denegación y archivo de la declaración responsable.
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Más información
Los datos de carácter personal proporcionados en la Declaración Responsable son incluidos en fichero/s informáticos y/o papel, para su tratamiento por este órgano administrativo, con la finalidad exclusiva de mantener el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura y verificar el cumplimiento de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura, conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de la personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
El órgano responsable del tratamiento lo ostenta el/la titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes. Los datos podrán ser cedidos o comunicados en los supuestos previstos, según Ley. Asimismo, Ud. podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con la L.O. 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales, en la Dirección General de Turismo de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, Avda. de las Comunidades, s/n, 06800, Mérida, Badajoz. Código de Identificación del centro, órgano o unidad administrativa A11030512A.
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Órgano gestor
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Dirección General de Turismo
Servicio de Empresas, Inspección e Infraestructuras Turísticas (DIR3: A11030513)
Avenida de las Comunidades,
06800, Mérida
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Dirección General de Turismo
Inspección Territorial de Turismo de Badajoz (DIR3: A11032532)
Avenida Huelva, 2
06005, Badajoz
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
Dirección General de Turismo
Inspección Territorial de Turismo de Cáceres (DIR3: A11032533)
Avenida Avda. Clara Campoamor, 2
10001, Cáceres
