Ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña. - JUNTAEX
Ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña. - JUNTAEX
Ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña.
Decreto 141/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.

Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
Desde: 03/01/2023 Hasta: 30/09/2023No serán admisibles las solicitudes que no se presenten por medios electrónicos.
Las solicitudes deberán presentarse a través del trámite habilitado para tal fin en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.
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Finalidad
Las ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior destinadas a la pequeña y mediana empresa extremeña, dirigidas a fomentar su internacionalización y fortalecer sus capacidades digitales en la dirección de los mercados exteriores. -
Destinatarios
Las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También serán beneficiarios las asociaciones empresariales, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Actividades subvencionables:Serán subvencionables los proyectos integrales de internacionalización, los planes de acción exterior o las operaciones puntuales que encuadren una o varias de las actividades siguientes:
a) Participación en ferias comerciales de carácter internacional, tanto de manera presencial como virtual.
b) Misiones comerciales prospectivas o directas.
c) Misiones comerciales inversas.
d) Implantación en el exterior.
e) Registro de patentes y marcas en el exterior, así como homologaciones y certificaciones necesarias para la comercialización internacional de los productos.
f) Licitaciones internacionales.
g) Publicidad en el exterior, incluyendo campañas promocionales y publicitarias en medios digitales internacionales.
h) Presentaciones de productos, desfiles, demostraciones técnicas y talleres en vivo, así como otras acciones promocionales tanto de carácter presencial como virtual en los mercados de destino,
i) Consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento orgánico SEO internacional.
j) Modificación, ampliación y reforma de la página web.
k) Material promocional en formato digital enfocado a mercados exteriores.
En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable habrá de alcanzar la cantidad de 1.000 euros (IVA excluido).
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Cuantía
- Intensidad de la ayuda.
Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 75% de los gastos elegibles, a excepción de las actividades de participación en ferias comerciales de carácter internacional, tanto de manera presencial como virtual, y de consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento orgánico SEO internacional, en las que la intensidad de ayuda será de 50% de los gastos elegibles.
El importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoria no podrá exceder de 30.000 euros.
Las ayudas se encuentran cofinanciadas en un 85 % por parte de la Unión Europea, a través de fondos FEDER.
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Documentación
- Con carácter general, las solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente documentación:
Todas las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación:
a) En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, deberán presentar Anexo IV
b) En caso de persona jurídica se aportará el poder del representante legal.
c) Memoria detallada y estructurada de manera lógica, secuencial y ordenada de los objetivos y las actividades de internacionalización a emprender, tanto en el canal presencial como en el digital, indicando el calendario y fechas previstas de ejecución, así como el país o bloque de países donde se dirigen o se llevaran a cabo cada una de las acciones proyectadas.
d) Presupuestos y facturas proformas emitidos por empresas externas a la que solicita las ayudas. .
La valoración de cada una de las solicitudes se realizará única y exclusivamente sobre los presupuestos, facturas proformas o facturas en firme presentados.
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Solicitud y Anexos
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Comercio Exterior
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
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Órgano gestor
Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital
Secretaria General de Economía y Comercio
Servicio de Comercio Exterior
Paseo de Roma,
06800, Mérida
