Uso del logotipo

Solicitud del uso del logotipo Raza autóctona en el etiquetado de los productos procedentes de razas autóctonas y en los lugares donde se pueden comercializar o consumir.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
15/2/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Finalidad

    Tiene como finalidad el uso voluntario, del logotipo «raza autóctona».  Permite reconocer los productos procedentes de razas autóctonas en el etiquetado de los mismos y los lugares donde se pueden comercializar o consumir. Esta iniciativa se enmarca en el Plan de desarrollo del Programa Nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas que tiene como una de sus prioridades estratégicas la utilización sostenible y las vías alternativas de rentabilidad para las razas y sus productos.
  • Destinatarios

    Productos incluidos en una Denominación de Origen Protegida, Indicación Geográfica Protegida, en sistemas de ganadería ecológica o integrada, pliegos de etiquetado facultativo de carne de vacuno, pliegos de etiquetado de carne de cordero y cabrito o marcas de calidad y garantía, siempre que cumplan lo regulado en el RD, en particular, que procedan de animales de razas autóctonas incluidas en el Catálogo Oficial de razas de ganado de España.

  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Agricultura y Ganadería
    Servicio de Calidad Agropecuaria y Alimentaria
    Avenida Luis Ramallo, S/N
    06800, Mérida

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