Autorización de bingo electrónico.

Solicitud de autorización de bingo electrónico para la modalidad de bingo electrónico, a través de terminales informativos de juego.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
24/4/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    No esta sujeto a plazo. 

  • Finalidad

    El bingo electrónico es una modalidad del juego del bingo en la que la participación, gestión y liquidación de premios se realiza por medio de un sistema íntegramente automatizado, en una o varias salas de modo simultáneo, mediante la interconexión de una unidad central de proceso de datos con los servidores ubicados en las distintas salas.
  • Destinatarios

    Las empresas titulares de salas de bingo tradicional o las empresas gestoras del sistema de juego necesitarán autorización administrativa para la práctica del bingo electrónico.

  • Requisitos

    1. Las empresas titulares de salas de bingo tradicional o las empresas gestoras del sistema de juego necesitarán autorización administrativa para la práctica del bingo electrónico.
    2. Para obtener la autorización, los sujetos deberán:
      • Garantizar el desarrollo independiente de esta modalidad de juego respecto de aquellas otras que se realicen con soportes físicos de cartones de bingo, la no interferencia con el correcto funcionamiento de éstas y de otras modalidades de juego que se practiquen en el interior de la sala.
      • El mantenimiento de las condiciones técnicas de seguridad del establecimiento.
  • Documentación

    a) Copia autenticada del contrato suscrito con la empresa gestora del sistema de juego suministradora del equipamiento e infraestructura necesarios para el desarrollo en la sala del bingo electrónico.

    b) Memoria sucinta elaborada por la empresa gestora del sistema de juego en la que se describa y certifique el correcto cumplimiento de todas las condiciones y funcionalidades que se establecen en la presente Orden para el desarrollo y explotación de la modalidad de bingo electrónico. Asimismo, en la memoria se describirán las características del área anexa donde se practicará la modalidad de bingo electrónico y se indicará el número de puestos o terminales que se pretendan instalar en el interior de la sala, sin que dicho número de puestos electrónicos pueda superar la proporción de un puesto electrónico por cada cuatro plazas autorizadas a la sala de bingo para la práctica del juego del bingo tradicional.

    c) Certificación expedida por la empresa gestora del sistema de juego respecto de todas las combinaciones ganadoras contempladas por el programa de juego incorporado al equipamiento del bingo electrónico que se pretenda instalar.

    d) Copia de la resolución de homologación o convalidación del sistema y equipamiento del bingo electrónico que se pretenda instalar en la sala de bingo.

    e) Justificante de la constitución de la fianza a la que se refiere el artículo 18 del Reglamento del Juego del Bingo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: Sí
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de reposición. 

  • Más información

  • Órgano gestor

    Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública
    Dirección General de Tributos
    Servicio de Juego
    Paseo De Roma,
    06800, Mérida

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