Defensa de la competencia

Denuncias de infracciones en materia de defensa de la competencia.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
14/3/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Finalidad

    La defensa de la competencia frente a actos que la vulneren o la puedan vulnerar y que se produzcan en todo o parte del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin repercusión económica alguna en el resto del territorio nacional.
  • Destinatarios

    Preservar la libre competencia beneficia a todos:

    - A los emrpesarios le asegura la igualdad de oportunidades en el mercado, de forma que el éxito en sus negocios dependerá de su capacidad, esfuerzo e innovación y no de las obstrucciones o limitaciones que le impongan otros actores con mayor poder de mercado o que realicen conductas ilícitas.

    - A los consumidores y ciudadanos como destinatarios de artículos y servicios, porque la competencia benficia a todos para disponer de ofertas más variadas, de mejor calidad y a menores precios.

  • Requisitos

     

  • Documentación

    La denuncia se realiza por escrito y puede ser presentada por cualquier persona física o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que tenga conocimiento de la transgresión en materia de defensa de la competencia.

    La denuncia debe describir de forma precisa la conducta o conductas presuntamente anticompetitivas o contrarias a la regulación sectorial sobre las que se tiene conocimiento, identificando a los responsables y aportando las pruebas de que disponga.

    La información que ha de proporcionarse junto a una denuncia viene recogida de manera detallada en el Anexo I del Reglamento de Defensa de la Competencia (RDC), aprobado por el Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero. Antes de firmar y enviar la denuncia asegúrese de haber leído el contenido del citado Anexo I del RDC y comprobado que ha incluido toda la información requerida.

    A modo de resumen, los epígrafes principales a cumplimentar son:

    1. Identificación de las partes
    2. Objeto de la denuncia
    3. Datos relativos al mercado
    4. Existencia de interés legítimo
    5. Pruebas
    6. Acciones adoptadas
    7. Otras informaciones
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Jurado de Defensa de la Competencia de Extremadura
    • Plazo para resolver: 24 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden: &ltp>Recurso contencioso-administrativo.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
    Servicio de Comercio Exterior, Mercados y Competencia
    Paseo de Roma,
    06800, Mérida

¿Qué te ha parecido? ¿Qué te ha parecido este contenido?