Ayudas para la profesionalización de autónomos

Ayudas para la consolidación de las personas trabajadores autónomas a través de una mayor profesionalización de sus negocios

En plazo

Fecha de actualización
:
11/9/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Desde: 31/08/2024 Hasta: 30/10/2024
  • Finalidad

    Que las personas trabajadoras autónomas puedan profesionalizar su gestión, puedan abordar planes para la mejora de sus estrategias de negocio, llevar a cabo un plan de segunda oportunidad, para aquellos que tengan dificultades que afectan a su viabilidad, así como mejorar la comunicación y visibilidad de sus negocios que les permita crecer comercialmente.
  • Destinatarios

    Personas físicas que hayan estado dados de alta y cotizando de manera ininterrumpida, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en una mutualidad de colegio profesional de Extremadura durante los 24 meses anteriores a la fecha de la solicitud de la ayuda, que según la declaración de IRPF correspondiente al ejercicio fiscal anterior a cada convocatoria haya declarado un volumen de ingresos anual de, al menos, 12.000 euros, y que no hubiera consignado en la declaración de IRPF correspondiente al ejercicio fiscal anterior a cada convocatoria unos rendimientos netos de actividades económicas anual superiores a 30.000 euros.

  • Cuantía

    La cuantía de la subvención será 1.500 euros para cada una de las líneas de proyectos subvencionables.

  • Documentación

    Documentación a presentar junto a la solicitud:

    - Memoria en la que se describa la trayectoria de la actividad que ha venido desarrollando la persona trabajadora autónoma, cuales son los objetivos a alcanzar con el proyecto, los tipos de servicios profesionales que se van a llevar a cabo, identificándose la persona profesional
    experta que va a desarrollar el proyecto y la experiencia de la misma en la materia, todo ello conforme al modelo que se establece en el Anexo II de la presente Orden.
    - En el caso en el que el solicitante no autorice expresamente en el formulario de solicitud de la ayuda a que sean consultados o recabados de oficio, deberá acompañarse:
    - Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
    - Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
    - Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    - Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo a la vida laboral de la persona física solicitante de la ayuda.
    - Copia de la declaración de IRPF (modelo 100) presentado ante la Agencia Tributaria, correspondiente al ejercicio fiscal cerrado, anterior a cada convocatoria.
    - Certificado emitido por la Agencia Tributaria que acredite los epígrafes de IAE en los que se encuentra dada de alta la empresa solicitante.

    Por otra parte, en el caso en el que se oponga expresamente en el formulario de solicitud de la ayuda a que sean consultados o recabados de oficio, deberá acompañarse:

    - Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo a la vida laboral de la persona física solicitante de la ayuda.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Empresa
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Dirección General de Empresa
    Servicio de Promocion Empresarial
    Paseo De Roma,
    06800, Mérida