Admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Básico en modalidad presencial completa en centros sostenidos con fondos públicos

Admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de grado básico en modalidad presencial completa en centros sostenidos con fondos públicos

En plazo

Fecha de actualización
:
2/6/2025
Actual (long): 1749913197188 - Jun 14, 2025 2:59:57 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1748469600000 - May 28, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1750975140000 - Jun 26, 2025 9:59:00 PM
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

Código SIA: 3154156

  • Plazo de presentación

    Desde: 29/05/2025 Hasta: 26/06/2025
  • Finalidad

    Informar sobre el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Básico en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
  • Destinatarios

    Personas interesadas en acceder a los ciclos formativos de Grado Básico.

  • Requisitos

    1. Tener cumplidos quince años durante el año natural en curso.
    2. Haber cursado el tercer curso o, excepcionalmente y a criterio del equipo docente y el responsable de la orientación en el centro, el segundo curso de educación secundaria obligatoria.
    3. Ser objeto de propuesta, a través del consejo orientador. Esto implica que el equipo docente ha recomendado la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Grado Básico. Además, se puede solicitar la incorporación por iniciativa propia, junto a los padres, madres o tutores legales, cuando el perfil vocacional del estudiante lo aconseje.

    Es importante destacar que el primer requisito se aplica a personas hasta los diecisiete años. Sin embargo, el segundo no se aplica a jóvenes entre quince y dieciocho años que no hayan estado escolarizados en el sistema educativo español. En este caso, si su itinerario educativo sugiere la incorporación a un ciclo formativo de Grado Básico como el itinerario más adecuado, y en las condiciones que reglamentariamente determine la Dirección General competente.

  • Documentación

    Documentación para la admisión a primer curso. (obligaroria)

    • Acreditación de la identidad de la persona solicitante. 
    • Acreditación de la condición de tutor/a o representante legal de la persona solicitante. En caso de que no conste en la plataforma educativa Rayuela tal relación de tutoría, se deberá presentar copia del libro de familia o documento legal que acredite que el padre, la madre o la persona que ejerce la tutoría legal tiene la guarda y custodia del menor.
    • Acreditación a petición propia por parte de los padres/madres o tutores legales de la incorporación a un ciclo formativo de Grado Básico, o acreditación de estar en posesión del correspondiente consejo orientador que acredita haber recibido la propuesta del equipo docente para la incorporación de un alumno o alumna a un ciclo formativo de Grado Básico. Ésta debe ser solicitada por las personas interesadas en el último centro de matriculación del alumno o alumna. La solicitud conlleva la autorización expresa para que la Administración educativa recabe esta información del expediente académico del presente curso o del último curso cursado de ESO, salvo que conste oposición expresa manifestada en la solicitud, en cuyo caso deberá entregarse la citada documentación. Si el consejo orientador que se tiene es de cursos anteriores, deberá solicitarse en el centro correspondiente.
    • El consentimiento de los padres, madres o personas que ejerza la tutoría legal a cursar estas enseñanzas se incluye en la propia solicitud.
    • Acreditación del expediente académico. 
    • Acreditación de la condición de grado de discapacidad igual o superior al 33%: La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional recabará de oficio la información necesaria para acreditar la condición de discapacidad a través de los sistemas de información habilitados, salvo que la persona solicitante se oponga expresamente en la solicitud.
    • Acreditación de alumnado con necesidades educativas especiales. Deberá presentar el dictamen de escolarización correspondiente.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Formación Profesional
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional

    Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa

    Servicio de Formación Profesional

    Avenida Valhondo,

    06800, Mérida