Ayudas para la presencia de grandes empresas extremeñas en ferias internacionales

Ayudas para la presencia de grandes empresas extremeñas en ferias internacionales

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Fecha de actualización
:
23/9/2025
Actual (long): 1758680666051 - Sep 24, 2025 2:24:26 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1758837600000 - Sep 25, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1785535140000 - Jul 31, 2026 9:59:00 PM
  • Plazo de presentación

    Desde: 26/09/2025 Hasta: 31/07/2026

    El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura https://doe.juntaex.es/ , y finalizará el 31 de julio de 2026.

     

    Pendiente de publicación en DOE.

  • Finalidad

    Participación de grandes empresas extremeñas en ferias internacionales, con el fin de incentivar la presencia de estas en mercados exteriores, y aprobar la primera convocatoria.
  • Destinatarios

    Podrán acogerse a las ayudas establecidas en este decreto las personas físicas y jurídicas tengan consideración de gran empresa y que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Quedan excluidas de estas ayudas las comunidades de bienes y, demás entidades y agrupaciones sin personalidad jurídica.

  • Requisitos

    Las personas o entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

    a) Deberán desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios.

    b) Deberán tener la consideración de gran empresa de acuerdo con la definición establecida en el artículo 5.

  • Cuantía

    Las ayudas consistirán con carácter general en una subvención del 60% de los gastos elegibles, en el caso de empresas que durante la anualidad anterior a la convocatoria hayan exportado a Estados Unidos, se le aplicará un 75% subvención sobre los gastos elegibles.

    Asimismo, el importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por expediente no podrá exceder de 30.000 euros.

    En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable deberá alcanzar la cantidad de 5.000 euros.

  • Documentación

    DOCUMENTACIÓN OPCIONAL:

    - Presupuestos y facturas proformas emitidos por empresas externas a la que solicita las ayudas.

    - Memoria detallada y estructurada de manera lógica, secuencial y ordenada de los objetivos a desarrollar en la feria internacional.

    - Documento Único Administrativo (DUA) de la anualidad anterior a la convocatoria exigido por el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria para las operaciones de exportación a dicho mercado. Agencia Tributaria: Presentación telemática de Documento Único Administrativo (DUA). En el caso de no aportarse ningún Documento Único Administrativo (DUA) con destino Estado Unidos, se aplicará el porcentaje de subvención de carácter general.

    - La justificación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario y de reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener la subvención solicitada, así como la declaración de todas las ayudas públicas solicitadas o con­cedidas de esta o de cualquier otra Administración Pública para el mismo proyecto.

    -  El número de cuenta que el solicitante tiene activo en el sistema de alta de terceros de la Junta de Extremadura para el abono de la subvención. En el supuesto de que la cuenta bancaria indicada no esté dada de alta en el registro de altas de terceros de la Junta de Extremadura, será necesario, previamente, tramitar su alta en dicho registro a través del siguiente enlace: https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true  .

    - Las certificaciones administrativas que acrediten estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica, salvo que el interesado autorice expresamente la comprobación de oficio por el órgano instructor indicándolo así en el apartado 6 del anexo II.

    -Información de datos del IAE, con finalidades no tributarias, deberá ser presentado por el interesado en el caso de no haber autorizado expresamente a que el órgano gestor, a través del órgano directivo competente en materia de comercio exterior, consulte o recabe dicha información en el apartado 6 del anexo II.

  • Solicitud y Anexos

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital

    Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio

    Servicio de Comercio Exterior, Mercados y Competencia

    Paseo de Roma,

    06800, Mérida