Admisión y matriculación en cursos de especialización en modalidad virtual - Juntaex.es
Admisión y matriculación en cursos de especialización en modalidad virtual - Juntaex.es
Admisión y matriculación en cursos de especialización en modalidad virtual
Admisión y matriculación en cursos de especialización (Grados E) en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1756677600000 - Aug 31, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1757714340000 - Sep 12, 2025 9:59:00 PM
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Plazo de presentación
Desde: 01/09/2025 Hasta: 12/09/2025Para consultar el resto de plazos del procedimiento, revisar el anexo I. Calendario de Admisión y Matriculación
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Finalidad
El presente trámite tiene como finalidad la admisión y matriculación del alumnado que desee cursar Grados E (cursos de especialización) en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el presente curso académico. -
Destinatarios
Serán destinatarios de este procedimiento las personas que estén interesadas en cursar un Grado E (Curso de especialización) en modalidad virtual en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Requisitos
Requisitos de acceso:
1. Los requisitos de acceso quedan especificados en los reales decretos que los regulan estas enseñanzas y están recogidos en la relación de cursos de especialización en modalidad virtual, para el curso 2025/2026, en el anexo II de esta resolución.
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Orden de 9 de mayo de 2024, podrán acceder a un curso de especialización de formación profesional quienes estén en posesión de:
a. Un título de Técnico o equivalente a efectos académicos, referenciados en la especialización correspondiente.
b. Un título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos, referenciados en la especialización correspondiente.
3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, y en base a lo indicado en los artículos 120.3 y 122.4 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, la Dirección General competente, en caso de contar con disponibilidad de plazas, finalizado el período de matriculación por listas de espera, permite el acceso a:
a. Personas que cuenten con un título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional diferente de los que den acceso al curso de especialización de que se trate y acrediten experiencia en el área profesional asociada a dicho curso.
b. Personas que cuenten con un título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional diferente de los que den acceso al curso de especialización de que se trate y acrediten conocimientos previos adecuados mediante una prueba de capacidad, una entrevista personal, una solicitud de motivación de ingreso, su currículum, o su experiencia laboral.
c. Personas que no dispongan de un título de Técnico de Formación Profesional y que puedan acreditar conocimientos previos que garanticen su competencia para seguir con éxito el curso de especialización, mediante una prueba de capacidad, una entrevista personal, su currículum, o su experiencia laboral.
Requisitos generales de admisión:
Podrá presentar solicitud de admisión:
a. El alumnado que se incorpore por primera vez a un centro educativo sostenido con fondos públicos para iniciar alguna de las enseñanzas de Grado E.
b. El alumnado que no ha titulado en la modalidad virtual y desee cambiar de centro y/o modalidad.
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Documentación
Tendrá la consideración de documentación obligatoria la solicitud de admisión tal y como figura en el resuelvo séptimo de la normativa reguladora. El resto de documentación tendrá carácter potestativo, según se autorice o no al organismo competente a la consulta de datos. Esta documentación hará referencia a:
- Datos de identidad personal
- Información académica
- Reconocimiento del grado de discapacidad
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:- Calendario de admisión y matriculación
- Oferta educativa
- Listado (Provisional/Definitivo) de solicitantes admitidos
- Listado (Provisional/Definitivo) de solicitantes exluidos
- Reclamación al listado provisional
- Listado de adjudicación definitiva
- Impreso de matrícula en cursos de especialización
- Lista de espera
- Matrícula por lista de espera y admisión extraordinaria
- Admisión y matriculación de quien no cumple requisitos de acceso
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Normativa
- ORDEN de 9 de mayo de 2024 por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación para cursar Grado D y E de Formación Profesional en las modalidades presencial, semipresencial y virtual en centros sostenidos con fondos públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a los cursos de especialización en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Enseñanzas de Personas Adultas y a Distancia
- Plazo para resolver: Según Normativa aplicable
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la titular de la Consejería competente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Podrán también interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998). Todo ello, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa
Servicio de Enseñanzas de Personas Adultas y a Distancia
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
