Autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús

Autorización para la prestación de servicios de transporte privado complementario de viajeros en autobús (tarjeta VPC)

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
24/6/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1784027352847 - Jul 14, 2026 11:09:12 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Icono de información

Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente

Código SIA: 213071

  • Plazo de presentación

    La solicitud se podrá presentar sin sujeción a plazo determinado.

  • Finalidad

    Autorizar la prestación de servicios de transporte privado complementario de viajeros en autobús (tarjeta VPC), a empresas dedicadas a una finalidad principal distinta de la del transporte.
  • Destinatarios

    Empresas con una finalidad principal distinta a la del transporte.

  • Requisitos

    · La empresa deberá estar dedicada a una finalidad principal distinta de la de transporte de viajeros.

    • Tener nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado, con el que en virtud de Convenio o Tratado, no sea exigible el citado requisito.
    • La empresa deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, laborales y sociales.
    • El volumen de transporte autorizado a la empresa deberá ser acorde con su número de empleados o de las personas que, por su relación permanente con la actividad que se desarrolla en los establecimientos de la empresa, deban asistir habitualmente a los mismos, pudiendo el órgano competente, en función de los datos obtenidos, limitar el número máximo de copias certificadas de la autorización que otorgue a la empresa.
    • Las necesidades de transporte de la empresa deberán acreditarse mediante la presentación de documentación en que se justifique el número de trabajadores y, en su caso, de las otras personas que asistan de forma habitual a los distintos establecimientos de la empresa.
    • La empresa deberá disponer de un número de conductores, provistos de permiso de conducción de clase adecuada, que resulte suficiente en relación con el número de copias certificadas de la autorización que tenga en su poder.
  • Documentación

    · Solicitud.

    · Justificante de haber ingresado la tasa.

    PULSE en el siguiente enlace para acceder al Portal Tributario. Cumplimentación on line y pago a través del Modelo 50

    · DNI y NIF del solicitante, o CIF y Escritura de constitución debidamente registrada en caso de personas jurídicas.

    · Alta en I.A.E.

    · Certificado de estar al corriente en sus obligaciones fiscales, laborales y sociales.

    · Documentación justificativa del núm. de trabajadores y, en su caso, de las personas que asistan de forma habitual a los establecimientos de la empresa.

    · Permiso de circulación de los vehículos y ficha técnica con ITV en vigor.

    · Permiso de conducir del personal conductor de la empresa que deberá figurar, cuando sea personal empleado, de alta en la Seguridad Social en la categoría correspondiente.

    · Último TC-2.

    · Memoria descriptiva del uso del vehículo.

     

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Movilidad y Transportes
    • Plazo para resolver: No tiene
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
  • Órgano gestor

    Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda

    Dirección General de Movilidad y Transportes

    Servicio de Infraestructuras y Logística del Transporte (DIR3: A11039613)

    Avenida de las Comunidades,

    06800, Mérida