Licencia de pesca - Juntaex.es
Licencia de pesca - Juntaex.es
Licencia de pesca
Licencia de pesca de Extremadura
Actual (long): 1768896745752 - Jan 20, 2026 8:12:25 AM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente
Código SIA: 213100
Buscar oficina donde realizar este trámite
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Plazo de presentación
Abierto todo el año.
Consulte la información sobre cómo tramitar la licencia de pesca en el apartado de Más información -
Finalidad
Obtener la licencia que autoriza la práctica de la pesca en Extremadura -
Destinatarios
Personas que deseen practicar la pesca en Extremadura.
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Requisitos
- Podrá obtener telemáticamente la licencia de pesca de Extremadura sin certificado digital (se le solicitará que se autentique mediante DNI) o con certificado digital.
- La licencia de pesca es única para todas las modalidades de pesca.
- Es nominal, intransferible e imprescindible para la práctica de la pesca en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Las personas menores de 14 años pueden pescar con su propia licencia o bien pueden incluirse en la licencia de una persona mayor de edad
- No encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la pesca por sentencia judicial firme o resolución sancionadora ejecutiva
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Documentación
DNI o equivalente (en caso de oposición a la consulta de datos personales).
Bonificaciones y exenciones:
1. Gozarán de una bonificación del 25% en el importe de la tasa los siguientes grupos:
a) Pescadores federados en la Federación Extremeña de Pesca.
b) Personas menores de 30 años.
c) Mujeres cazadoras.
d) Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
e) Miembros de familia numerosa.
2. Gozarán de exención en el pago de la tasa las personas mayores de 65 años con vecindad administrativa en Extremadura.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
- Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura.
- Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura (Texto consolidado)
- LEY 9/2019, de 5 de abril, por la que se modifican la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, y la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- ORDEN de 7 de noviembre de 2022 general de vedas de pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
Para obtener la licencia de pesca debe acceder a la sede electrónica asociada ARADO a la SEDE electrónica corporativa de la Junta de Extremadura
Si tiene problemas para tramitar telemáticamente la licencia contacte con las siguientes líneas telefónicas:
924 008 410, 924 008 411, 924 008 412, 924 008 413, 924 008 414, 924 008 415, 924 008 416, 924 008 417, 924 008 418
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Órgano gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
