Oferta pública de caza - Juntaex.es
Oferta pública de caza - Juntaex.es
Oferta pública de caza
Oferta pública de caza
Actual (long): 1787580753786 - Aug 24, 2026 2:12:33 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1788213600000 - Aug 31, 2026 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1790805540000 - Sep 30, 2026 9:59:00 PM
Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente
Código SIA: 213159
-
Plazo de presentación
Desde: 01/09/2026 Hasta: 30/09/2026El plazo de presentación de las solicitudes será el mes de septiembre de cada año.
-
Finalidad
Este trámite permite presentar la solicitud para participar en la sorteo de la oferta pública de caza en terrenos cinegéticos bajo gestión pública. -
Destinatarios
Personas que deseen practicar la caza en terrenos gestionados por la Junta de Extremadura.
-
Requisitos
Requisitos para poder participar en el sorteo:
1. Requisitos del artículo 28 de la Ley de Caza:
a) Cazadores de ámbito local: personas naturales o con vecindad administrativa en los términos municipales en los que esté ubicado el terreno.
b) Cazadores de ámbito autonómico: personas naturales o con vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunida Autónoma de Extremadura.
c) Cazadores de ámbito nacional o equiparado: cazadores españoles, nacionales de un estado miembro de la Unión Europea y los de otros Estados con acuerdos equivalentes.
2. Los cazadores de ámbito local podrán participar en el sorteo, también, como autonómicos en otro terreno cinegético distinto de aquel en el que tengan la condición de locales y únicamente en modalidades de caza que no se realicen en dicho terreno.
3. No haber sido sancionado en virtud de resolución administrativa ejecutiva o resolución judicial firme por hechos relacionados con el medio ambiente.
-
Documentación
Documentación obligatoria:
1. Solicitud de participación.
2. DNI o NIE, en caso de oposición a la consulta de datos de identidad.
3. Certificado de empadronamiento, en caso de oposición a la consulta de datos de residencia.
-
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Representación voluntaria por medios electrónicos
-
Normativa
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.
- Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura. Texto consolidado.
- DECRETO 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión y se modifica el Decreto 91/2012, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la gestión cinegética y el ejercicio de la caza.
- DECRETO 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión y se modifica el Decreto 91/2012, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la gestión cinegética y el ejercicio de la caza. Texto consolidado.
- RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2026, de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, por la que se modifica la fecha de presentación de las solicitudes de participación en la oferta pública de caza en terrenos cinegéticos bajo gestión pública por la Junta de Extremadura.
-
Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Natural
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: Sí
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de reposición
-
Más información
Desarrollo del sorteo.
La Oferta Pública de Caza, que se publicará antes del sorteo, incluirá un listado de las acciones cinegéticas ofertadas para cada temporada, especificando la modalidad, el número de cazadores por acción colectiva y el terreno concreto, así como el número de permisos asignado a cada grupo de cazadores.
La distribución de los permisos se hará mediante sorteo público de la siguiente manera:
- 50% para cazadores de ámbito local.
- 40% para cazadores de ámbito autonómico.
- 10% para cazadores de ámbito nacional o equiparado.
En caso de duplicidad de solicitudes, se tendrá en cuenta la última presentada dentro de plazo.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se elabora el listado de personas admitidas provisionalmente al sorteo para que se puedan realizar las subsanaciones correspondientes. Posteriormente el listado se eleva a definitivo y se asigna un número a cada persona admitida, para su participación en el sorteo.
El primer miércoles hábil del mes de marzo se realiza el sorteo público ante notario.
Elección de permisos.
Del resultado del sorteo se elabora el listado provional de adjudicatarios que se publicará en el DOE. A partir de la fecha de publicación, las personas adjudicatarias disponen de 10 días para presentar el orden de preferencias en la elección de los permisos.
Puede acceder a los modelos de elección de los permisos aquí.
Las personas adjudicatarias que no comuniquen su elección en plazo quedarán excluidas del listado correspondiente.
Una vez comunicado el orden de preferencias, no se podrá modificar.
Cada persona adjudicataria tiene derecho a un único permiso. En caso de resultar adjudicataria como local y como autonómico, debe optar por uno de ellos en el citado plazo de 10 días.
Una vez aprobada la adjudicación definitiva de permisos, a cada persona adjudicataria se le notificará dicha adjudicación junto con el condicionado que regirá la acción cinegética y las instrucciones necesarias.
El condicionado debe devolverse firmado junto con el resguardo de abono de la tasa por permiso y del precio público que corresponda. De no remitirse en plazo, la persona quedará excluida del listado correspondiente.
Suplentes
Las personas que hayan participado en el sorteo y no hayan resultado adjudicatarias, quedarán como suplentes en el orden correlativo posterior a la última persona adjudicataria. Este orden se respetará para la elección de los permisos que hayan quedado vacantes.
A las personas suplentes se les notificará dicha circunstancia y se les remitirá el listado de permisos vacantes, concediéndoles un plazo de 10 días para comunicar el orden de preferencias en la elección de permisos.
En caso de que se agoten las listas de cazadores locales, se seguirá el siguiente orden:
1º lista de la localidad que le siga por orden alfabético, sucesivamente.
2º una vez agotadas las listas de locales, se pasaría a la lista de cazadores autonómicos.
-
Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural
Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura (DIR3: A11030456)
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida
-
Preguntas frecuentes
No. La tasa únicamente es exigible una vez adjudicado el permiso, para la emisión de este.
En la notificación que se dirige al efecto, una adjudicados los permisos, se indica la tasa que debe abonar, así como el resto de instrucciones.
