Modificación de la superficie de un coto de caza

Solicitud de autorización para la ampliación o segregación de un coto de caza.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
5/3/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    No sujeto a plazo de presentación.

  • Finalidad

    Este tramite permite solicitar la autorización para ampliar o segregar la superficie de un coto de caza.
  • Destinatarios

    1. Titular del coto (ampliación).

    2. Persona propietaria del terreno o titular de los aprovechamientos cinegéticos (segregación).

  • Requisitos

    Ampliación:

    1. Ostentar la titularidad de los aprovechamientos cinegéticos de los terrenos que se pretenden ampliar.

    2. Que los terrenos a ampliar sean continuos al coto matriz.

    3. Únicamente se pueden incluir partes de parcelas cuando se encuentren claramente diferenciadas sobre el terreno.

    En caso de que los terrenos a ampliar se encuentren incluidos en otro coto deberá tramitarse previamente el correspondiente expediente de segregación.

    Segregación:

    - Ser titular del coto o propietario del terreno.

  • Documentación

    Ampliación:

    1. Solicitud en modelo oficial.

    2. Plano del coto firmado por técnico competente diferenciando la situación actual de la resultante tras la ampliación.

    3. Documentación acreditativa de la titularidad, mediante alguna de las siguientes opciones:

    a) Declaración responsable de que se ostenta la titularidad. En el caso de cotos sociales debe acompañarse el certificado de exposición pública en el tablón de anuncios del ayuntamiento durante 10 días. 

    b) Contratos o documentos en los que se sustente la titularidad cinegética, en los siguientes casos:

    1. Fincas de más de 50 hectáreas.

    2. Solicitudes por personas distintas para un mismo terreno.

    3. Reclamación sobre la propiedad o titularidad del terreno por persona distinta.

    4. Atribución indebida de la titularidad en el curso del expediente.

    En el caso de que la titularidad cinegética se acredite mediante declaración responsable, el órgano competente podrá en cualquier momento requerir la documentación en que se sustente la misma.

    4. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50).

    Código de la tasa: 23028-2

    Segregación:

    1. Solicitud en modelo oficial.

    2. Cuando se solicite por la persona titular del coto, deberá aportar el plano diferenciando la situación actual de la resultante tras la segregación.

    3. Cuando se solicite por la persona propietaria de los terrenos, deberá aportar la documentación acreditativa de la propiedad y el plano de las parcelas a segregar.

    4. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50).

    Código de la tasa: 23028-2

  • Solicitud y Anexos

  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    En los casos de cotitularidad en que no conste la designación de representante, todas las solicitudes deberán ir firmadas por todos los cotitulares.

    Cuando la ampliación o segregación afecte a más del 25% de la superficie del coto, a más de 200 hectáreas o afecte sustancialmente al aprovechamiento autorizado, será necesaria la presentación de un nuevo plan técnico en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la autorización de ampliación o segregación.

    El procedimiento de segregación se realizará de oficio en los siguientes casos:

    a) Cuando sea necesario a consecuencia de la tramitación de un expediente de constitución o ampliación de un coto de caza.

    b) Cuando los terrenos formen parte de un terreno cinegético bajo gestión pública.


  • Órgano gestor

    Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
    Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
    Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
    Avenida Luis Ramallo, S/N
    06800, Mérida

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