Arranque de viñedo - Juntaex.es
Arranque de viñedo - Juntaex.es
Arranque de viñedo
Declaración de arranque de viñedo para los viticultores que posean la autorización correspondiente.
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Plazo de presentación
Antes del 30 de abril de la campaña vitícola en curso.
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Finalidad
Conocer que el arranque se ha efectuado por el solicitante conforme a la legislación vigente.
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Destinatarios
Los viticultores que pretendan arrancar una superficie de viñedo y que tengan la autorización correspondiente.
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Requisitos
Haber obtenido la autorización para el arranque de viñedo.
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Documentación
Solicitud de Declaración de Arranque de viñedo.
Las solicitudes deberán indicar el tamaño y la localización específica de la superficie arrancada. Se presentarán conforme a un modelo normalizado.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:
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Normativa
- Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola. (B.O.E. Nº 262, DE 30-10-2018)
- Decreto 129/2018, de 1 de agosto, por el que se desarrollan las normas que regulan el potencial de producción vitícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (D.O.E. Nº 150, de 02-08-2018)
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Resolución
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio
Dirección General de Política Agraria Comunitaria
Servicio de Gestión de Solicitud Única y Explotaciones Agrarias
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida