Acto de conciliación a través de las Unidades de Mediación, Arbitraje y Conciliación

Conciliación laboral ante la UMAC

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
7/11/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    20 días hábiles (sin contar sábados, domingos y festivos) desde el despido o cese y 1 año en caso de reclamación de cantidades.

  • Finalidad

    Intentar la conciliación previa a la vía jurisdiccional (de las demandas que se planteen) en conflictos laborales de carácter individual para los supuestos y en los términos previstos por los artículos 63 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Para los conflictos colectivos, cuando el convenio colectivo de aplicación estén adheridos al Acuerdo de Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales de Extremadura, o cuando así lo decidan las partes implicadas, la demanda de conciliación deberá dirigirse a la Fundación de Relaciones Laborales de Extremadura
  • Destinatarios

    Trabajadores y empresas que se vean inmersos en un conflicto laboral.

    Los trabajadores y empresas podrán acudir al acto de conciliación por sí o por medio de representante. En este último caso, el compareciente deberá acreditar documental y fehacientemente la representación que dice ostentar por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia. En concreto, la acreditación de la representación podrá realizarse mediante la exhibición de poder notarial, comparecencia ante los órganos judiciales o comparecencia ante las oficinas de las Unidades de Mediación Arbitraje y Conciliación, así como por apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica, o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente.

  • Documentación

    - Únicamente demanda en modelo normalizado (papeleta) que contenga:

    • datos personales de las partes interesadas y su domicilio a efectos de notificaciones*.
    • lugar, categoría profesional u oficio, salario, antigüedad etc...
    • hechos sobre los que verse la pretensión y en su caso, cuantía económica o conceptos reclamados.
    • en caso de reclamación de despido, fecha de éste y motivos alegados por la empresa.

    * Para aquellos sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las A.A.P.P (Art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) será necesario que se aporte un NIF (como interesado o representante) y una dirección de correo electrónico válida donde se recibirá un aviso de notificación. La recepción de la notificación electrónica se efectuará compareciendo en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, a través de la "Carpeta Ciudadana".

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Trabajo
    • Plazo para resolver: 15 días hábiles
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: Sí
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      En caso de impugnación del acto de conciliación se hará ante el Juzgado de lo Social al que hubiera correspondido el conocimiento del asunto objeto de la conciliación.

  • Más información

    • Servicio de Mediación y Arbitraje de Extremadura : www.frlex.es
    • La celebración del acto de conciliación se interesará ante las Unidades de Mediación, Arbitraje y Conciliación del lugar de la prestación de servicio (relación laboral) o del domicilio de los interesados, a elección del solicitante:

    Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz.
    Avenida de Huelva, 6
    06005 Badajoz
    umacbadajoz@juntaex.es

    Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Cáceres.
    C/Las Hilanderas, 15. Polígono Industrial Las Capellanías
    10005 Cáceres
    conciliaciones.cc@juntaex.es


  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Dirección General de Trabajo
    Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz
    Avenida De Huelva, 6
    06004, Badajoz
    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Dirección General de Trabajo
    Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Cáceres
    POLIGONO Las Capellanías,
    10005, Cáceres

¿Qué te ha parecido? ¿Qué te ha parecido este contenido?