Subvenciones a organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas en Extremadura - Juntaex.es
Subvenciones a organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas en Extremadura - Juntaex.es
Subvenciones a organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas en Extremadura
Subvenciones a organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas en Extremadura, con el objeto de financiar los proyectos de participación institucional de los agentes sociales menos representativos
Actual (long): 1780690574109 - Jun 5, 2026 8:16:14 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1780869600000 - Jun 7, 2026 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1783115940000 - Jul 3, 2026 9:59:00 PM
Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente
Código SIA: 213233
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Plazo de presentación
Desde: 08/06/2026 Hasta: 03/07/2026 -
Finalidad
Subvencionar la participación institucional de los agentes sociales menos representativos a nivel regional. -
Destinatarios
Organizaciones sindicales que no estan la condición de más representativos en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/2003, de 13 de marzo, de participación institucional.
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Requisitos
Ser una organización sindical menos representativa con arreglo a los criterios de representatividad que se deriven del correspondiente certificado expedido por la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura sobre información disponible de las beneficiarias a 31 de diciembre del año anterior al de la convocatoria.
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Cuantía
Para la anualidad 2026 la cuantía asciende a 82.000 €. El procedimiento está publicado en el Diario Oficial de Extremadura.
Fuente de financiación: Comunidad autónoma.
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Documentación
La documentación obligatoria es la siguiente:
. Las solicitudes se presentarán firmadas por el representante legal de la organización sindical,
cumplimentando el modelo normalizado que figura como Anexo I, acompañado de la
siguiente documentación:
a) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con el modelo recogido como Anexo II, en la presente Orden.
b) La acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, para el caso de haber denegado la autorización para que el órgano gestor pueda comprobar o recabar de oficio dichos certificados en el apartado destinado a tal efecto en la solicitud.
c) Certificación acreditativa del depósito de los Estatutos de la Organización Sindical solicitante, en el correspondiente Registro de la Dirección General de Trabajo para el caso de haber denegado la autorización para que el órgano gestor pueda comprobar o recabar de oficio dichos datos en el apartado destinado a tal efecto en la solicitud así como del número de representantes obtenidos, a nivel regional, en relación a las elecciones a miembros de Comités de Empresas, Delegados de Personal y Juntas de Personal a fecha 31 de diciembre del año anterior al de la convocatoria.
d) Copias auténticas del CIF del sindicato, del DNI del representante legal para el caso de haber denegado la autorización para que el órgano gestor pueda comprobar o recabar de oficio dicho dato en el apartado destinado a tal efecto en la solicitud, así como documentación acreditativa de aquella representación legal.
e) Indicación del número de cuenta bancaria que figure en el sistema de terceros de la Tesorería de la Junta de Extremadura, a efectos de efectuar el abono de la subvención que le sea concedida. -
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
- ORDEN 15 DE MAYO DE 2020 POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A OTORGAR A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES CARENTES DE LA CONDICION MÁS REPRESENTATIVAS
- 2025050040 ORDEN DE 12 DE MARZO DE 2025 POR LA QUE SE MODIFICA EL MODELO NORMALZIADO DE SOLICITUD DE SUBVENCIONES
- Resolución de 28 de mayo de 2026, de la Secretaria General, por la que aprueba la convocatoria de subvenciones a otorgar las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas, correspondiente al ejercicio 2026
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Gestión Económica
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Hacienda y Administración Pública (DIR3: A11005996)
Secretaría General - C. Hacienda y Administración Pública (DIR3: A11006755)
Servicio de Gestión Económica (DIR3: A11005271)
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
