Admisión y matriculación de alumnos, en régimen presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas - Juntaex.es
Admisión y matriculación de alumnos, en régimen presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas - Juntaex.es
Admisión y matriculación de alumnos, en régimen presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas
Admisión y matriculación de alumnos para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial, en modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas
Actual (long): 1779671168030 - May 25, 2026 1:06:08 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1778709600000 - May 13, 2026 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1780696740000 - Jun 5, 2026 9:59:00 PM
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Código SIA: 213277
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Plazo de presentación
Desde: 14/05/2026 Hasta: 05/06/2026Curso 2026-2027: Del 14 de mayo al 5 de junio de 2026, ambos inclusive.
Alumnado procedente de pruebas de homologación: del 23 de mayo al 5 de junio de 2026,ambos inclusive.
Alumnado antiguo; fecha de matriculación del 1-10 julio de 2026.
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Finalidad
Convocar la admisión y matriculación del alumnado en las enseñanzas de idiomas, en la modalidad presencial, impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. -
Destinatarios
Podrá acceder a las enseñanzas de idiomas de régimen especial el alumnado con dieciséis años cumplidos en el año en que comiencen los estudios. Asimismo, podrán acceder las personas mayores de catorce años cumplidos en el año en que comiencen los estudios que lo soliciten, para seguir las enseñanzas de uno o varios idiomas distintos del cursado en la Educación Secundaria Obligatoria como primera lengua extranjera.
Con independencia de la edad, podrá acceder en igualdad de condiciones que el resto del alumnado aquel que presente altas capacidades intelectuales y haya sido objeto de la medida excepcional de flexibilización, debiendo aportar el correspondiente dictamen de escolarización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden de 8 de Orden de 23 de marzo de 2026. mayo de 2025.
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Requisitos
Podrán participar en el proceso de admisión en las EOI, las personas que:
- Se incorporen por primera vez a una EOI para iniciar alguna de las enseñanzas de idiomas ofertadas.
- Opten por un cambio de modalidad presencial desde otra oferta.
- Estuvieran matriculadas en el curso anterior, y deseen cursar otros idiomas.
- Hayan interrumpido sus estudios y deseen reincorporarse a la enseñanza presencial.
- Hayan perdido el derecho de permanencia, por exceder el límite de faltas de asistencia.
No requieren participar en el proceso de admisión, pero sí de matriculación:
- Alumnado que no promocione o certifique, ya que tiene derecho a permanecer en la escuela en el siguiente curso escolar.
- Promocione de un curso a otro o certifique nivel dentro de la misma escuela y en el mismo idioma.
- Habiendo superado el curso, no haya obtenido una calificación final igual o superior a 6,50 puntos.
- Estuviera matriculado el curso anterior, y deba cambiar de domicilio, centro de estudios o lugar de trabajo.
- Alumnado que certifique el nivel B1 procedente de un programa experimental de pruebas homologadas.
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Cuantía
Enlace al modelo 50 de pago: https://modelo050.juntaex.es/modelo050/
Organo gestor: 13 - Educación,Ciencia y Formación Profesional.
Concepto: 131110 - Por Enseñanzas de Idiomas.
Cuantía: este concepto varía según el número de idiomas y si es antiguo o nuevo alumno de la EOI:
Los precios públicos viene establecidos en la Resolución de 9 de febrero de 2024, por la que se publican las atrifas actualziadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura(DOE NÚM.35 de 20 de febrero de 2024).
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Documentación
El alumnado que quiera acceder a algunas de las EOI de las incluidas en el Anexo I, deberán aportar obligatoriamente:
- Documento acreditativo de identidad: DNI,pasaporte,NIE o TIE.
- Documentación acreditativa del expediente académico.
- Documentación acreditativa de la condición de tutor/a.
- Documentación acredutativa grado de discapacidad.
- Acreditación condición de docente.
- Documentacióna credite situación de vulnerabilidad.
El alumnado que quiera acceder a cualquier EOI e Idioma de esa EOI de los NO incluidos en el Anexo I,deberá aportar la siguiente documentación:
- Documento acreditativo de identidad: DNI,pasaporte,NIE o TIE.
- Acreditación del nivel de competencia lingüística.
- Documentación acreditativa de la condición de tutor/a.
Los datos se consultarán de oficio,salvo que la parte interesada se haya opuesto explicítamente,en cuyo caso deberá aportar la documentación en formato valido,copia auténtica o con código seguro de verificación.
Aunque las personas solicitantes hubieran autorizado a la Adminsitración a la comprobación de la información necesaria, en caso de que esta no pueda acceder a la misma por no estar disponible en las plataformas de intermediación de datos o en las redes electrónicas habilitadas al efecto o por concurrir cualquier circunstancia justificada, la Adminsitración podrá requerir a la persona interesada por los medios habilitados la aportación de dicha documentación.
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Solicitud y Anexos
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Normativa
- ORDEN de 8 de mayo de 2025 por la que se regula el proceso de admisión y matriculación para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial, en modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Orden de 23 de marzo de 2026 que modifica la orden de 8 de mayo de 2025 por la que se regula el proceso de admisión y matriculación para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial, en modalidad presencial, en las Escuelas Oficiales de Idiomas del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Resolución de 8 de mayo de 2026, de la Secretaría General de Educación,por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar las enseñanzas de idiomas de régimen especial, en modalidad presencial,en las Escuelas oficiales de Idiomas del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2026/2027.
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Resolución
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Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional (DIR3: A11044887)
Secretaría General de Educación y Formación Profesional (DIR3: A11003794)
Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos (DIR3: A11005344)
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
