Becas complementarias Erasmus+ para estudiantes de FP

Becas complementarias para estudiantes de Ciclos Formativos de Grado Superior beneficiarios del "Programa Erasmus+ 2021-2027"

En plazo

Fecha de actualización
:
14/6/2025
Actual (long): 1749969868202 - Jun 15, 2025 6:44:28 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1749852000000 - Jun 13, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1752530340000 - Jul 14, 2025 9:59:00 PM
Icono de información

Lea los requisitos y tramite

Código SIA: 213447

  • Plazo de presentación

    Desde: 14/06/2025 Hasta: 14/07/2025
  • Finalidad

    Convocar el procedimiento de concesión Becas Complementarías de movilidad de estudiantes para la realización de prácticas en el ámbito del Programa Erasmus+ 2021-2027, en el marco del Programa Sectorial Europeo Erasmus+ de la Unión Europea para el curso académico 2024/2025.
  • Destinatarios

    Alumnado  que, habiendo sido seleccionados en el marco del programa Erasmus+ en la modalidad de movilidad de estudiantes para prácticas
    y cumpliendo los requisitos establecidos en la presente resolución, estén matriculados en estudios de ciclos formativos de grado superior en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el curso académico 2024/2025.
     

  • Requisitos

     

    REQUISITOS GENERALES:


    a) Que la persona solicitante esté matriculada en ciclos formativos de grado superior en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el curso académico 2024/2025.


    b) Que la estancia educativa fuera del Estado Español abarque un período comprendido entre 2 y 20 semanas consecutivas, con el límite máximo de la duración del módulo de formación en centros de trabajo expresada en semanas.


    c) Que la persona solicitante no esté incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario del apartado 2 del artículo 12, de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura

  • Cuantía

    1.Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad de noventa mil euros (90.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 1300300000 G/222B/48000 CAG0000001, proyecto de gasto 20080213 de los Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura
    para el ejercicio 2024, prorrogados por Orden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la referida prórroga.


    2. De conformidad con el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas podrá aumentarse hasta un veinte por ciento de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporaciónde crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las ayudas, en función de las existencias de nuevas disponibilidades presupuestarias, sin que ello implique abrir una nueva convocatoria.


    3. El importe de la beca correspondiente a cada beneficiario se determinará en función del número de semanas de duración de cada estancia. La cuantía de cada beca oscilará entre los 150 euros para 2 semanas de estancia y 1.500 euros para 20 semanas de estancia,

     

  • Documentación

    DOCUMENTACION OBLIGATORIA.

    1. A cada una de las solicitudes deberá adjuntarse la documentación siguiente:


    a) El órgano gestor, previa autorización, recabará de la Agencia Estatal de Administración Tributaria los datos relativos al nivel de renta de la unidad familiar correspondiente al ejercicio 2023. No obstante, cada miembro de la unidad familiar podrá oponerse a la realización de dicha consulta, indicándolo en el apartado correspondiente del anexo II, debiendo en este caso aportar una certificación expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria del nivel de renta de la unidad familiar. Cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria no disponga de la información de carácter tributaria necesaria para la acreditación de la renta, el solicitante deberá aportar certificación de haberes, declaración jurada o demás documentos que justifiquen la renta de la unidad familiar.


    b) Copia de la documentación acreditativa de independencia familiar y económica del solicitante, en su caso, a la que se refiere el resuelvo noveno, apartado 6 de esta resolución.

    c) Documento original de ¿Alta de Terceros¿ debidamente cumplimentado; en caso de estar dado de alta en el sistema de terceros, se ha de indicar expresamente esta circunstancia en el anexo I. El solicitante de la ayuda deberá ser titular o cotitular de la cuenta bancaria.


    d) Copia del documento acreditativo de movilidad Erasmus de estudiantes para prácticas expedida por el centro donde esté matriculado el solicitante en el curso académico 2024/2025.


    e) Copia del título de familia numerosa actualizado, en su caso.


    f) Copia del certificado de calificación de discapacidad, en su caso.


    g) Copia de la acreditación del conocimiento del idioma del país de destino, en su caso.


    h) La Administración recabará de oficio los datos de identidad y del domicilio familiar de los miembros de la unidad familiar a través del Servicio de Verificación y Consulta de Datos de Identidad (SVDI) y del Servicio de Verificación de Datos de Residencia (SVDR) del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, salvo que las personas interesadas se opongan indicándolo expresamente en el anexo II, en cuyo caso se deberá adjuntar la documentación requerida.
     

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden: &ltp>Recurso de alzada

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional

    Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa

    Servicio de Formación Profesional

    Avenida Valhondo,

    06800, Mérida