Subvención para proyectos de cooperación para el desarrollo por concesión directa

Solicitud de subvenciones para proyectos de cooperación para el desarrollo, por el procedimiento de concesión directa.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
24/4/2024
  • Plazo de presentación

    Desde: 11/04/2023 Hasta: 15/12/2023
  • Finalidad

    Estas ayudas tienen como objeto la financiación de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo que tengan como finalidad contribuir al desarrollo humano y sostenible de la población de los países socios, proyectos de educación para la ciudadanía global, proyectos y acciones de formación, investigación y asistencias técnicas vinculados a los objetivos y ámbitos estratégicos establecidos en el Plan General de la Cooperación Extremeña. Los proyectos que se presenten en el marco de esta convocatoria se implementarán conforme a las modalidades de cooperación directa o concertada, previstas en el artículo 3 apartados 1 y 2 del Decreto 5/2019, de 5 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo. El ámbito geográfico de ejecución de los proyectos financiados será el indicado en cada uno de ellos.
  • Destinatarios

    Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y otras entidades privadas sin ánimo de lucro residentes en la Unión Europea así como sus agrupaciones sin personalidad jurídica con las obligaciones y requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Las Administraciones Públicas de los países socios y las entidades privadas sin ánimo de lucro de los mismos, así como sus agrupaciones sin personalidad jurídica con las obligaciones y requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Los Organismos Internacionales sin ánimo de lucro, la Administración del Estado, las Universidades, que deberán ser públicas cuando su lugar de residencia sea la Unión Europea y las Entidades dependientes o vinculadas de la Junta de Extremadura con personalidad jurídica propia y presupuesto diferenciado.

  • Requisitos

    1. Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y otras entidades privadas sin ánimo de lucro residentes en la Unión Europea, así como sus agrupaciones sin personalidad jurídica con las obligaciones y requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Solo a efectos interpretativos de esta norma y con independencia de su naturaleza jurídica formal, no se considerarán entidades privadas ni organizaciones no gubernamentales aquellas entidades privadas que integren socios que tengan ánimo de lucro en el tráfico jurídico mercantil.

    Las entidades mencionadas deberán reunir los siguientes requisitos:

    a) Estar inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y, en su caso, haber cumplido con la obligación de solicitar la inscripción de hechos que supongan modificación de los datos inscrito, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 36/2005, de 9 de febrero, por el que se regula el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura

    b) Disponer de sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. A estos efectos, se entenderá por delegación aquélla que cuente en Extremadura, permanentemente, con personal de la organización, voluntario o contratado.

    c) Contar con una antigüedad de, al menos, 2 años desde su constitución legal.

    d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las tributarias con la Hacienda estatal y autonómica.

    2. Las Administraciones Públicas de los países socios y las entidades privadas sin ánimo de lucro de los mismos, así como sus agrupaciones sin personalidad jurídica con las obligaciones y requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Las entidades mencionadas deberán reunir los siguientes requisitos:

    a) Tener personalidad jurídica, capacidad de obrar y estar legalmente constituidas.

    b) Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa para lograr los objetivos propuestos en la intervención presentada.

    c) Las entidades privadas habrán de contar con una antigüedad de, al menos, 2 años desde su constitución legal.

    d) Las entidades privadas que no tengan residencia fiscal en el territorio español deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente de su país de residencia.

    3. Los Organismos Internacionales sin ánimo de lucro, la Administración General del Estado, las Universidades, las entidades dependientes o vinculadas de la Junta de Extremadura con personalidad jurídica propia y presupuesto diferenciado siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

    a) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las tributarias con la Hacienda estatal y autonómica

    b) Las entidades privadas que no tengan residencia fiscal en el territorio español deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente de su país de residencia.

     

    En todo caso, las agrupaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

    a) Salvo para las agrupaciones de entidades públicas o privadas de los países socios, reunir por sí mismas, cada una de las ONGD o entidades que componen la agrupación, los requisitos exigidos para su concurrencia a título individual previstos en el punto primero de este apartado.

    b) Las agrupaciones de entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro residentes en los países socios sin personalidad jurídica, reunir por sí mismas, los requisitos previstos, para cada una de ellas, en el punto segundo del presente apartado.

    c) Determinar una entidad coordinadora, que deberá cumplir con todos los requisitos generales y específicos para ser beneficiaria y ser única y plenamente responsable de la agrupación ante la AEXCID, sin perjuicio de la responsabilidad de los otros miembros de la agrupación, tal y como se establecen los artículos 10, 46 y 58 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    d) Nombrar un representante único, persona física expresamente elegida por todos los miembros, que deberá ostentar poderes bastantes para cumplir las obligaciones de representación legal de la agrupación, de lo que quedará constancia en la solicitud y en la resolución de concesión.

    e) Identificar, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de entidades beneficiarias.

    f) Suscribir acuerdo de colaboración, mediante modelo normalizado (anexo IV) para la realización conjunta de la actividad subvencionada, en el que constarán al menos, entre otras, las siguientes estipulaciones:

    • La voluntad de las partes de concurrir conjuntamente a la convocatoria.
    • La identificación del representante legal
    • Declaración individual de todas y cada una de las ONGD o entidades integrantes del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria y de no estar incurso en las causas de prohibición previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    • El nombre de la ONGD o entidad coordinadora.
    • Los compromisos de ejecución asumidos por cada una de las ONGD o entidad de la agrupación, así como el importe de la subvención a ejecutar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de entidades beneficiarias.
    • El compromiso de todas las ONGD o entidades participantes, de mantener el acuerdo de colaboración hasta el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    g) No podrá disolverse la agrupación hasta que hayan transcurrido los plazos de prescripción de cuatro años previstos en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

     

    • REQUISITOS DE LOS PROYECTOS:

    Podrán ser subvencionados los proyectos que cumplan los siguientes requisitos:

    1. Contar con certificado expedido por la Dirección de la AEXCID por medio del cual se haga constar la participación de la Junta de Extremadura en el proyecto de acuerdo con lo establecido en los apartados 1 o 2 del artículo 3 del Decreto 5/2019, de 5 de febrero.

    2. Prever gastos indirectos no superiores al 10 % del total de la subvención solicitada, salvo en el caso de organismos internacionales de derecho público, que podrán representar hasta un 13 % del importe de la subvención.

    3. Tratándose de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo u otras entidades sin ánimo de lucro residentes en la Unión Europea, así como sus agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro sin personalidad jurídica, deberán:

    a. En el caso de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo, acreditar la existencia de un compromiso con, al menos, un socio o contraparte local sin ánimo de lucro, pública o privada, que esté legalmente constituida y/o inscrita como entidad nacional en los correspondientes registros oficiales del país o países en el que se desarrolle la intervención, mediante presentación de acuerdo escrito con el/los socio/s o contraparte/s local/es, que incluya la indicación del título del proyecto y que tenga vigencia a lo largo del periodo de implementación del mismo. El acuerdo deberá estar suscrito por la representación legal de el/los socio/s o contraparte/s local/es y la representación legal de la entidad o, en su caso, la persona que ejerza la representación de la entidad en el país de ejecución del proyecto.

    b. Incluir declaración de la persona responsable del proyecto, con el visto bueno de la representación legal de la entidad, adscrita a la sede o delegación de Extremadura que acredite dicha función conforme a modelo normalizado (anexo III).

    c. Incluir declaración responsable de la representación legal de la entidad que se integrará dentro del modelo normalizado de solicitud, en la que consten los extremos indicados en el artículo 17.2 de la Ley 1/2003, de 27 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    d. Incluir declaración responsable de la representación legal de la entidad, que se integrará dentro del modelo normalizado de solicitud, de que todo el personal al que corresponde realizar tareas que impliquen contacto habitual con menores cumple con lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica de Menor.

    e. En el caso de proyectos presentados por agrupaciones de entidades, acreditación de la existencia de un acuerdo de colaboración para agrupaciones de entidades que deberá recoger lo establecido en el artículo 4.2.e del Decreto 5/2019, de 5 de febrero y que deberá realizarse conforme a modelo normalizado (anexo IV).

    4. Las Administraciones Públicas de los países socios y las entidades privadas sin ánimo de lucro de los mismos, así como sus agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro sin personalidad jurídica, deberán:

    a. Incluir declaración responsable de la representación legal de la entidad que se integrará dentro del modelo normalizado de solicitud, en la que consten los extremos indicados en el artículo 17.2 de la Ley 1/2003, de 27 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    b. Incluir declaración responsable de la representación legal de la entidad, que se integrará dentro del modelo normalizado de solicitud, de que todo el personal al que corresponde realizar tareas que impliquen contacto habitual con menores cumple con lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica de Menor.

    c. En el caso de proyectos presentados por agrupaciones de entidades, acreditación de la existencia de un acuerdo de colaboración para agrupaciones de entidades que deberá recoger lo establecido en el artículo 4.2.e del Decreto 5/2019, de 5 de febrero y que deberá realizarse conforme a modelo normalizado (anexo IV).

    5. Los Organismos Internacionales sin ánimo de lucro, la Administración del Estado, las Universidades, que deberán ser públicas cuando su lugar de residencia sea la Unión Euro-pea, las entidades dependientes o vinculadas de la Junta de Extremadura con personalidad jurídica propia y presupuesto diferenciado, así como las agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro sin personalidad jurídica, deberán:

    a. Las entidades privadas que no tengan residencia fiscal en el territorio español deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente de su país de residencia.

    b. En el caso de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo, acreditar la existencia de un compromiso con, al menos, un socio o contraparte local sin ánimo de lucro, pública o privada, que esté legalmente constituida y/o inscrita como entidad nacional en los correspondientes registros oficiales del país o países en el que se desarrolle la intervención, mediante presentación de acuerdo escrito con el/los socio/s o contraparte/s local/es, que incluya la indicación del título del proyecto y que tenga vigencia a lo largo del periodo de implementación del mismo. El acuerdo deberá estar suscrito por la representación legal de el/los socio/s o contraparte/s local/es y la representación legal de la entidad o, en su caso, la persona que ejerza la representación de la entidad en el país de ejecución del proyecto.

    c. Incluir declaración responsable de la representación legal de la entidad, que se integrará dentro del modelo normalizado de solicitud, de que todo el personal al que corresponde realizar tareas que impliquen contacto habitual con menores cumple con lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica de Menor.

    d. En el caso de proyectos presentados por agrupaciones de entidades, acreditación de la existencia de un acuerdo de colaboración para agrupaciones de entidades que deberá recoger lo establecido en el artículo 4.2.e del Decreto 5/2019, de 5 de febrero y que deberá realizarse conforme a modelo normalizado (anexo IV).

    6.  Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 6.2 del Decreto 5/2019, de 5 de febrero contener la indicación de las fecha de inicio y fecha final previstas para el proyecto de las que resulte una duración máxima de ejecución de 24 meses. La fecha de inicio prevista deberá estar comprendida, en todo caso, dentro del año correspondiente a la convocatoria.

    7. Presentarse en idioma castellano y utilizar como moneda el euro.

     

  • Cuantía

    La cuantía de la subvención concedida para la financiación de estos proyectos será la solicitada por la entidad que podrá alcanzar el 100% del coste total del proyecto solicitado, teniendo en cuenta los siguientes límites: 

    Duración del proyecto                                                 Importe máximo a solicitar

    Hasta 12 meses                                                                     250.000 €

    Entre 12 meses y un día y 18 meses                                      340.000 €

    Entre 18 meses y un día y 24 meses                                      425.000 €

    El importe solicitado para financiar las actividades a realizarse en los primeros 12 meses no podrá ser superior a 250.000 euros. El importe solicitado para financiar las actividades comprendidas entre el decimotercero y el vigésimo cuarto mes no podrá ser superior a 175.000 euros.

    9. Para el caso de agrupaciones el importe de la subvención solicitada a la AEXCID para las actividades a realizarse no podrá exceder lo recogido en la siguiente tabla, en función de la duración del proyecto:

    Duración del proyecto                                                 Importe máximo a solicitar

     Hasta 12 meses                                                                                260.000 €

     Entre 12 meses y un día y 18 meses                                                350.000 €

     Entre 18 meses y un día y 24 meses                                                435.000 €

    El importe solicitado para financiar las actividades a realizarse en los primeros 12 meses no podrá ser superior a 260.000. El importe solicitado para financiar las actividades comprendidas entre el decimotercero y el vigésimo cuarto mes no podrá ser superior a 175.000 euros.

  • Documentación

    Todas las entidades participantes deberán aportar modelo de solicitud normalizado (anexo I) que incluirá el documento de formulación de proyecto, la matriz de planificación, en el cual se cumplimentaran las declaraciones responsables:

    a) Para el caso de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y otras entidades sin ánimo de lucro residentes en la Unión Europea, así como sus agrupaciones.

    • No hallarse incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    • En su caso disponer de Sede Social o Delegación Permanente en Extremadura conforme a lo exigido en el artículo 17.2 de la Ley 1/2003, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.¿ Que todo el personal al que corresponde realizar tareas que impliquen contacto habitual con menores (cuándo por la naturaleza de los proyectos se prevea realizar dichas tareas), cumple con lo dispuesto en el artículo 13. 5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

    b) Para las entidades solicitantes que no tengan la residencia fiscal en el territorio español, así como sus agrupaciones.

    • No tener obligaciones pendientes con la Agencia Estatal Tributaria, con la Tesorería de la Seguridad Social del Estado Español ni con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impida obtener la condición de entidad beneficiaria

    • Que todo el personal al que corresponde realizar tareas que impliquen contacto habitual con menores (cuándo por la naturaleza de los proyectos se prevea realizar dichas tareas), cumple con lo dispuesto en el artículo 13. 5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

    Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación administrativa:

    a) Para el caso de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y otras entidades sin ánimo de lucro residentes en la Unión Europea, así como sus agrupaciones.

    • Certificado expedido por la Dirección de la AEXCID, por medio del cual se haga constar la participación de la Junta de Extremadura.

    • Declaración de la persona responsable del proyecto, con el visto bueno de la representación legal de la entidad, adscrita a la sede o delegación de Extremadura que acredite dicha función conforme a modelo normalizado (anexo III)

    • En su caso Acuerdo con el socio local o socios locales, conforme a lo establecido en el artículo 44.3.a del Decreto 5/2019, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudadas en materia de cooperación internacional para el desarrollo.

    b) Para las entidades solicitantes que no tengan la residencia fiscal en el territorio español, así como sus agrupaciones.

    • Certificado expedido por la Dirección de la AEXCID, por medio del cual se haga constar la participación de la Junta de Extremadura.

    • En su caso, estatutos de la entidad (salvo que la documentación exigida obre en poder de la AEXCID, y no haya sufrido modificación alguna desde su presentación).

    • En su caso, certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente.

    • Documentación que acredite estructura, experiencia y capacidad operativa para lograr los objetivos propuestos en la intervención presentada. Documentación que acredite estructura, experiencia y capacidad operativa de la entidad conforme a lo establecido en el artículo 46.3.c del Decreto 5/2019, de 5 de febrero.

    En el caso de solicitudes de agrupaciones de entidades, se deberá presentar acuerdo de colaboración para agrupaciones de entidades conforme a modelo normalizado (anexo IV).

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AEXCID)
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social
    Agencia Extremeña de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AEXCID)
    Calle Cárdenas, 11
    06800, Mérida
  • Preguntas frecuentes

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