Baja voluntaria en el Consejo de la Juventud de Extremadura - Juntaex.es
Baja voluntaria en el Consejo de la Juventud de Extremadura - Juntaex.es
Baja voluntaria en el Consejo de la Juventud de Extremadura
Baja voluntaria de la condición de entidad miembro en el Consejo de la Juventud de Extremadura
Fecha de actualización
:
12/6/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long):
-1
Actual (long): 1782675480061 - Jun 28, 2026 7:38:00 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Actual (long): 1782675480061 - Jun 28, 2026 7:38:00 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente
Código SIA: 213581
En línea
Tramitar en línea
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Solicitar la pérdida voluntaria de la condición de entidad miembro del Consejo de la Juventud de Extremadura. -
Destinatarios
- Asociaciones Juveniles de carácter regional, federal, coaliciones o equivalentes formadas por éstas, constituidas legalmente, conforme a la normativa aplicable que desarrollen sus actividades principales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Secciones Juveniles o equivalentes de asociaciones, partidos políticos u organizaciones sindicales, así como de federaciones, coaliciones o equivalentes de los mismos, que desarrollen sus actividades principales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Los Consejos de Juventud de ámbito local territorial inferior al regional constituidos y reconocidos por las correspondientes entidades territoriales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Requisitos
Causas por las que se pierde la condición de Entidad Miembro del CJex:
- Por comunicación por escrito de la Entidad interesada a la Comisión Ejecutiva del CJEx.
- Por incumplimiento de cualquiera de los requisitos necesarios para ser Entidad Miembro, previa instrucción y resolución del correspondiente procedimiento con audiencia al interesado que se regule en los Estatutos.
- Por inasistencia injustificada a las distintas actividades orgánicas convocadas en el período de actuación de la Comisión Ejecutiva, previa instrucción y resolución del correspondiente procedimiento con audiencia al interesado que se regule en los Estatutos.
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Documentación
Solicitud de pérdida voluntaria, acompañada de la siguiente documentación:
- Certificado de que el representante está autorizado por el Órgano de Gobierno de la Entidad que solicita la pérdida voluntaria.
- Certificado de acuerdo de baja como entidad miembro del Consejo de la Juventud del órgano de gobierno de la entidad solicitante.
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Solicitud y Anexos
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Normativa
- Ley 13/2010, de 24 de noviembre, del Consejo de la Juventud de Extremadura (DOE Nº228, de 26-11-10)
- Ley 2/2013, de 2 de abril, de modificación de la Ley 13/2010, de 24 de noviembre del Consejo de la Juventud de Extremadura (DOE nº 63 de 3-4-13).
- Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE nº 36 de 21-2-14).
- Decreto 136/1996, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 1/1985, de 24 de enero, del Consejo de la Juventud de Extremadura(DOE Nº 105, de 10-09-96)
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Resolución
- Plazo para resolver: No tiene
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
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Órgano gestor
Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios Sociales y Familia
Consejo de la Juventud de Extremadura (DIR3: A11027460)
Calle Reyes Huertas, 1, 1º Izqda
06800, Mérida
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Preguntas frecuentes
