Baja voluntaria en el Consejo de la Juventud de Extremadura - JUNTAEX
Baja voluntaria en el Consejo de la Juventud de Extremadura - JUNTAEX
Baja voluntaria en el Consejo de la Juventud de Extremadura
Solicitud de pérdida voluntaria de la condición de entidad miembro en el Consejo de la Juventud de Extremadura.
Fecha de actualización
:
23/11/2023

Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Finalidad
Solicitar la pérdida voluntaria de la condición de entidad miembro del Consejo de la Juventud de Extremadura.
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Solicitud y Anexos
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Normativa
- Ley 13/2010, de 24 de noviembre, del Consejo de la Juventud de Extremadura (DOE Nº228, de 26-11-10)
- Ley 2/2013, de 2 de abril, de modificación de la Ley 13/2010, de 24 de noviembre del Consejo de la Juventud de Extremadura (DOE nº 63 de 3-4-13).
- Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE nº 36 de 21-2-14).
- Decreto 136/1996, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 1/1985, de 24 de enero, del Consejo de la Juventud de Extremadura(DOE Nº 105, de 10-09-96)
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Jóvenes y Deportes
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
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Órgano gestor
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
Dirección General de Jóvenes y Deportes
Consejo de la Juventud de Extremadura
Calle Reyes Huertas, 1, 1º Izqda
06800, Mérida -
Preguntas frecuentes