Notificación de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera

Notificación de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
24/6/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1782334393591 - Jun 24, 2026 8:53:13 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
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Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente

Código SIA: 213888

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año, antes de la puesta en funcionamiento de la instalación.

  • Finalidad

    Las instalaciones incluidas en el grupo C del catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera deberán notificar a la Comunidad Autónoma su construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial. El objeto de la notificación es prevenir, vigilar y reducir la contaminación atmosférica procedente de estas actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera del grupo C.
  • Destinatarios

    Titulares de las instalaciones en las que se desarrollen actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera incluidas en el catálogo publicado por el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, y clasificadas dentro del grupo C.

  • Requisitos

    Previamente al inicio de la actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera deberá disponer de autorización ambiental integrada, unificada, comunicación ambiental autonómica o municipal según el caso.

    No obstante, la evaluación ambiental de la documentación aportada por el titular podrá resultar favorable o desfavorable en función de los criterios normativos vigentes.

  • Documentación

    El titular de la instalación deberá dirigir la notificación de emisiones a la Dirección General competente en calidad del aire y protección de la atmósfera que debe contener la siguiente documentación:

    • Notificación de emisiones conforme al modelo de formulario técnico del Anexo I de la instrucción 1/2014, dictada por la Dirección General de Medio Ambiente. (Obligatoria)
    • Documentación que identifique y acredite la titularidad de la instalación, aportándose la que sea de aplicación en cada caso: escrituras de constitución de la sociedad, poderes de representación, escrituras de propiedad del terreno o contrato de arrendamiento, NIF de la persona que suscriba la solicitud y de la sociedad y cualquiera otra que considere necesaria el órgano ambiental a efectos de acreditar la titularidad de la instalación. (Obligatoria)

    Nota: en los casos de instalaciones que desarrollen actividades del grupo C sometidas a la autorización ambiental integrada o la autorización ambiental unificada, la notificación indicada en el punto anterior se integrará en la solicitud de autorización ambiental integrada o unificada, respectivamente.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal
    • Plazo para resolver: No tiene
    • Efecto silencio administrativo: Estimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio

    Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal

    Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático. (DIR3: A11038158)

    Avenida Valhondo, s/n

    06800, Mérida