Ayudas a la trashumancia a pie por vías pecuarias

Ayudas a la trashumancia a pie por vías pecuarias

En plazo

Fecha de actualización
:
20/1/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1769447485212 - Jan 26, 2026 5:11:25 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1768950000000 - Jan 20, 2026 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1770850740000 - Feb 11, 2026 10:59:00 PM
Icono de información

Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente

Código SIA: 216074

  • Plazo de presentación

    Desde: 21/01/2026 Hasta: 11/02/2026
  • Finalidad

    Ayuda a las personas titulares de explotaciones agrarias ganaderas, inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Extremadura, que realicen con sus animales la trashumancia a pie por vías pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Destinatarios

    Titulares de explotaciones agrarias ganaderas inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Requisitos

    • 1. No hallarse incurso en las causas de prohibición para obtener las condición de beneficiario o beneficiaria, a que se refiere en los apartados de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    • 2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y seguridad social.
    • 3. Estar en posesión de la oportuna autorización sanitaria de traslado (guía de origen y sanidad pecuaria), expedida por el personal veterinario oficial adscrito a la Consejería con competencias en materia de Sanidad Animal.
  • Cuantía

    Hasta cinco mil euros (5.000€).

    Fuente de Financión FEADER, Administración General del Estado y Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Documentación

    Documentación oligatoria:

    • Acreditación de la personalidad de la solicitante:

    Si es una persona física y se ha opuesto a que el órgano instructor pueda consultar sus datos de identidad, marcando la casilla correspondiente del Anexo I Solicitud, deberá aportar NIF o cualquier otro documento acreditativo de su identidad.

    Cuando se trate de una comunidad de bienes:

    1. Documento de constitución y, en su caso, los documentos de modificación, con expresión del porcentaje de participación de cada comunero.
    2. NIF de cada comunero, salvo que se haya autorizado al órgano gestor para que lo consulte de oficio, marcando la correspondiente casilla del Anexo I.
    3. En cuanto a las personas jurídicas:
    4. Escritura o documento de constitución de la sociedad, estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, así como sus posteriores modificaciones, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, en su caso, nota simple o certificación actual del Registro Mercantil.
    5. Documento que acredite la representación legal de la persona firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica, salvo que exista poder notarial que ha de incluir el Código Seguro de Verificación (CSV) para permitir la consulta de la representación a través del Servicio de Consulta de Poderes Notariales si éstos han sido otorgados con posterioridad al 5 de julio de 2014, autorizándola para realizar todos los trámites administrativos relacionados con laayuda, incluida la aceptación de la misma. 
    • Declaración responsable, en la que se ponga de manifiesto: 
    1. Que son ciertos los datos que figuran en la presenta solicitud y en la documentación adjunta.
    2. Que no se halla incurso en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario a tenor de lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    3. Que no ha percibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
    4. Esta declaración responsable se ajustará al modelo establecido en el Anexo I de las presentes bases reguladoras.
    • Memoria descriptiva conforme al Anexo II, en la que se haga constar:
    1. La fecha y número de Registro de Explotación Ganadera de salida y llegada, indicando término municipal, polígono y parcelas.
    2. El itinerario a seguir, con indicación expresa de si la trashumancia es subida, bajada o ambas.
    3. El número de cabezas y el tipo de ganado que va a realizar la trashumancia.
    • Cuanta otra documentación sea necesaria para acreditar el contenido o la información que vaya a ser objeto de valoración por la Comisión de Valoración, conforme a loestablecido en el artículo 12.1 del presente decreto.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Gestión Forestal y Mundo Rural
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural

    Dirección General de Infraestructuras Rurales

    Servicio de Infraestructuras Rurales

    Avenida Luis Ramallo, S/N

    06800, Mérida