Procedimiento de inscripción de convenios - Juntaex.es

Procedimiento de inscripción de convenios - Juntaex.es

Transparencia

Conoce todos los datos sobre la gestión de la Junta de Extremadura

Procedimiento de inscripción de convenios

1. Actos que deben inscribirse

En el Registro General de Convenios se inscribirán todos los convenios que suscriba la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sus organismos públicos y demás entidades de derecho público vinculadas o dependientes.

No serán objeto de inscripción en dicho Registro los convenios que tengan por finalidad la realización de fases prácticas o formación en otras administraciones públicas, empresas, entidades u organismos equiparados, por parte de las personas que lleven a cabo actividades educativas y formativas contempladas en la normativa vigente.

2. Actuaciones previas a la inscripción

Con carácter previo a la formalización de cualquier convenio, y a instancia de la Secretaría General de la Consejería que pretenda suscribirlo, se solicitará el informe al Registro General de Convenios, a través de la aplicación informática correspondiente, aportando el proyecto de convenio que se quiere suscribir. Las Secretarías Generales también solicitarán dicho informe sobre los convenios gestionados por los organismos y entidades públicas adscritos a sus respectivas Consejerías.

La Secretaría General que tenga adscrito el registro en el plazo máximo de 10 días hábiles emitirá el informe. Transcurrido ese plazo sin que se haya emitido el informe, podrán continuarse los trámites para la suscripción del convenio.

3. Inscripción de convenios

Una vez suscrito el convenio, la Secretaría General de la Consejería que lo formalice o la que asuma la iniciativa en su tramitación, en caso de ser varias, deberá solicitar su inscripción mediante la aplicación informática correspondiente.

El plazo para solicitar la inscripción será de 7 días hábiles a contar desde la fecha de la firma del convenio.

4. Información a las partes

El plazo para la inscripción será de 15 días hábiles a contar desde la fecha de firma del convenio.

Practicada la inscripción, la aplicación informática reportará la confirmación de dicho extremo comunicando el número de registro al órgano que solicitó la inscripción.

A los efectos de su inscripción, los convenios se numerarán correlativamente, según la fecha de presentación, iniciándose dicha numeración anualmente.

5. Publicidad de los convenios

Todos los convenios inscritos en el Registro General de Convenios deberán publicarse en el Diario Oficial de Extremadura en el plazo de un mes desde su inscripción.

Los datos obrantes en el Registro de Convenios deberán ser accesibles a través del Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.