Propuesta de concesión de la Medalla de Extremadura para el año 2024

Solicitud de propuesta de candidatura para el otorgamiento de la Medalla de Extremadura.

En plazo

Fecha de actualización
:
15/2/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Desde: 01/10/2023 Hasta: 31/05/2024

  • Finalidad

    La Medalla de Extremadura se configura como el máximo galardón con el que la Comunidad Autónoma de Extremadura reconoce, distingue y honra públicamente a quienes, desde dentro o fuera de Extremadura, hayan destacado por las actuaciones o servicios prestados a la sociedad extremeña en defensa de los intereses generales y peculiares, así como en la tarea de la conservación y recuperación de la identidad y personalidad extremeñas.

  • Destinatarios

    <p>Las autoridades o entidades que pueden instar la concesión son las siguientes:

     

    a) Presidente de la Asamblea de Extremadura, previo acuerdo de la Mesa de la Cámara, por iniciativa propia o a propuesta de, al menos, un Grupo Parlamentario.

    b) Miembros del Consejo de Gobierno.

    c) Ayuntamientos y otras entidades locales de carácter representativo.

    d) Entidades o instituciones públicas, así como entidades, colectivos y asociaciones culturales, científicas o socioeconómicas de carácter privado, radicadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma, o a instancia de las entidades asociativas de los extremeños y extremeñas asentados fuera de la Región.

    En ningún caso podrá presentarse la propuesta a instancia de una entidad en la que el candidato o candidata forme parte de sus órganos rectores

    La Medalla de Extremadura no podrá concederse a ninguna autoridad administrativa o electiva española ni de la región, en tanto se hallen en el ejercicio de sus cargos.

  • Requisitos

    La Medalla de Extremadura tiene como fin reconocer los méritos singulares, la obra o aportación de la máxima ejemplaridad y reconocida trascendencia de:

    1.-Las personas, instituciones, grupos o colectivos extremeños, españoles o extranjeros que a lo largo de una trayectoria consolidada hayan destacado en su tarea de configurar una sociedad más justa y solidaria, o por su defensa, promoción o fomento de los intereses o imagen de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    2.-Igualmente, podrán ser galardonados quienes con su aportación, cualquiera que sea el ámbito de su actividad y con independencia de que ésta se haya desarrollado dentro o fuera de Extremadura, hayan destacado por los servicios relevantes, eminentes o extraordinarios prestados a la Región.

    3.-La Medalla podrá ser otorgada a favor de personas fallecidas en el momento de su concesión. Esta condecoración podrá ser concedida también a las autoridades españolas o extranjeras por motivos de cortesía o reciprocidad.

  • Documentación

    Las propuestas podrán ser cumplimentadas en el formulario que figura como Anexo. Serán, asimismo, admitidas aquellas que, pese a no ser formalizadas a través del indicado formulario, reúnan los requisitos que se prevén en el Decreto 177/2013, de 24 de septiembre.

    Toda propuesta que se formule deberá incluir con exactitud la persona, colectivo o entidad proponente, los méritos extraordinarios de la candidatura y su trascendencia, debiendo acompañar un informe en el que se incluyan los datos que hacen a la misma merecedora del honor y, en caso de personas físicas, biografía, así como cualquier otro informe que se considere necesario.

    A la propuesta de candidatura podrán adjuntarse cuantos documentos o información complementaria se consideren oportunos para reforzar los méritos de la propuesta, así como los apoyos razonados y adhesiones relativos a la misma, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la Administración actuante (se hará constar la fecha y el órgano o dependencia en donde fueron presentados o por quien, en su caso, fueron emitidos, y siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan).

    Las propuestas de concesión de la Medalla de Extremadura irán dirigidas a la Presidencia de la Comisión de la Medalla de Extremadura, y podrán remitirse por correo ordinario (a través de cualquier oficina de Registro administrativo de la Comunidad Autónoma), o por correo electrónico a la dirección: medalla.extremadura@juntaex.es.

    En el caso de candidaturas ya presentadas en anualidades anteriores, deberá existir una comunicación expresa de la entidad impulsora de la iniciativa en la que se reitere la voluntad de proponer nuevamente la concesión de la Medalla para el ejercicio 2024. En este supuesto, deberá adicionarse a la información aportada en ediciones anteriores aquellos nuevos datos que permitan la actualización de los méritos concurrentes en la candidatura propuesta.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:

  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
  • Más información

  • Órgano gestor

    Presidencia de la Junta de Extremadura
    Gabinete de la Presidencia
    Servicio de Análisis y Documentación
    Plaza Del Rastro, S/N
    06800, Mérida

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