Quejas de la ciudadanía

Quejas planteadas por los ciudadanos sobre una disconformidad o insatisfacción con la prestación de algún servicio o funcionamiento de alguna unidad administrativa de Administración autonómica

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
3/3/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1772647759224 - Mar 4, 2026 6:09:19 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Icono de información

Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente

Código SIA: 3014756

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Tramitar las quejas que los ciudadanos presenten sobre una disconformidad o insatisfacción con la prestación de algún servicio o el funcionamiento de alguna unidad administrativa de la Administración autonómica.
  • Destinatarios

    Ciudadanos, empresas, organizaciones, asociaciones o entidades.

  • Requisitos

    Para que una queja pueda ser admitida y tramitada, deberá presentarse a través de los canales señalados en la normativa reguladora y deberá incluir los siguientes datos:

    Nombre y apellidos o la denominación o razón social, número de documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente de la persona que formula la queja y, en su caso, la representación que ostenta.

    Una dirección de correo electrónico para la recepción de las comunicaciones de la administración en el caso de que se haya presentado de forma presencial. Si la persona interesada no incluye entre sus datos una dirección de correo electrónico, deberá señalar una dirección postal para la recepción de las comunicaciones relativas a la queja presentada.

    La descripción clara y detallada del presupuesto de hecho que justifica la presentación de la queja.

    La identificación del órgano o la unidad sobre la que versa la queja.

    Documentación adicional que permita la identificación y esclarecimiento de los hecos referidos en la queja.

    Las quejas podrán presentarse conforme al modelo normalizado que consta como anexo I, el cual se pondrá a disposición de la ciudadanía en el Punto Único de Acceso a la Información y en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, así como en las dependencias en que se presten servicios públicos por la Administración autonómica.

  • Documentación

    Documentación adicional que permita la identificación y esclarecimiento de los hechos referidos en la queja, en su caso.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:Enlace externo a solicitud:

    https://www.juntaex.es/tuatencion/participacion

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Atención y Participación Ciudadana
    • Plazo para resolver: No tiene
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Las quejas no tendrán en ningún caso la calificación de recurso administrativo ni de reclamación en vía administrativa, y su presentación no paralizará ni interrumpirá los plazos establecidos en la normativa aplicable a recurrir.

      Las quejas no condicionan, en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercer personas que se consideren interesadas en el procedimiento.

  • Más información

    El órgano directivo con competencia en materia de participación ciudadana será el responsable de la tramitación de las quejas planteadas. Recibida la queja, se trasladará al órgano directivo al que se encuentra adscrito el servicio afectado por razón de la materia objeto de queja o, en su caso, al máximo responsable del organismo público correspondiente, para que emita un informe en un plazo no superior a diez días hábiles.

    Se podrá solicitar aclaración, ampliación de información o documentación complementaria a quien hubiere formulado la queja, a través del correo electrónico que haya señalado, concediéndole un plazo de diez días para ello y con la advertencia de que la falta de aportación de tales datos o documentos no impedirá la tramitación de la misma, sin perjuicio de que tal ausencia pueda incidir en el informe que finalmente se emita.

    Paralelamente a la remisión al órgano directivo al que se encuentra adscrito el servicio afectado, se comunicará la apertura del expediente informativo a la persona que formuló la queja.

    Una vez recibido el informe al que se refiere el apartado primero, el órgano directivo con competencia para tramitar y contestar las quejas elaborará la contestación en el plazo máximo de dos meses desde que se interpusiera la queja, que referirá las actuaciones realizadas y las medidas, en su caso, adoptadas y la comunicará a quien formuló la queja.

    Trascurridos dos meses desde la fecha de presentación de la queja sin haber obtenido respuesta, la persona afectada podrá dirigirse al órgano directivo con competencia en materia de participación ciudadana a fin de conocer los motivos que han originado la falta de contestación.

    La ciudadanía podrá conocer el estado de tramitación de sus quejas a través de cualquier canal.

  • Órgano gestor

    Consejería de Hacienda y Administración Pública

    Dirección General de Función Pública

    Servicio de Atención y Participación Ciudadana

    Avenida Valhondo,

    06800, Mérida