Convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias pertenecientes a la Junta de Extremadura (curso académico 2023/2024)

Solicitud de alojamiento para el alumnado universitario, de Ciclos Formativos de Grado Superior, Cursos de Especialización de Formación Profesional y de Enseñanzas de Régimen Especial en las residencias universitarias pertenecientes a la Junta de Extremadura

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
24/11/2023
  • Plazo de presentación

    Desde: 13/06/2023 Hasta: 03/07/2023

    (Ambos incluidos)

     

    • Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se abrirá desde el 3 de julio al 14 de julio de 2023, un periodo de alegaciones o subsanaciones.
    • El alumnado que deba presentarse a la convocatoria extraordinaria del mes de julio, podrá entregar la documentación acreditativa del rendimiento académico (del 3 de julio de 2023 al 14 de julio de 2023) 
  • Finalidad

    Con este trámite se pretende facilitar alojamiento al alumnado universitario y/o de enseñanza superior (Ciclos Formativos de Grado Superior y Cursos de Especialización de Formación Profesional, y de Enseñanzas de Régimen Especial) en aquellas residencias pertenecientes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital durante el curso académico 2023-2024.
  • Destinatarios

    • Alumnado universitario.
    • Alumnado de Ciclo Formativo de Grado Superior y Curso de Especialización de Formación Profesional, y Enseñanzas en Régimen Especial.
  • Requisitos

    Para poder solicitar plaza en cualquiera de las residencias univerisitarias pertenecientes a la Junta de Extremadura (R.U Juan XXIII, R.U Diego Muñoz Torrero, R.U Mario Roso de Luna, R.U del Complejo Educativo de Plasencia) se pide:

    1.  Al alumnado que inicie estudios de grado durante el curso objeto de esta convocatoria:

     Se le exigirá una matrícula mínima de 42 créditos.

    2. Al alumnado procedente de estudios de grado:

    Se le exigirá haber superado un mínimo de 42 créditos durante el último curso realizado y asimismo haberse matriculado en al menos 42 créditos del curso objeto de esta convocatoria. En el caso de que el número de créditos para obtener la titulación sea inferior a esta cifra, se le exigirá matricularse en la totalidad de estos.

    3. Al alumnado que inicie estudios en los Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Cursos de Especialización especificados en esta convocatoria:

     Se le exigirá efectuar matrícula por el curso completo.

    4. Al alumnado procedente de estudios de los Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial especificados en esta  convocatoria:

    Se le exigirá haber promocionado de curso y realizar matrícula por el curso completo.

    5. Al alumnado que haya ostentado la condición de residente en el curso inmediatamente anterior al de esta convocatoria:

    Se le exigirá, en el caso de haberse establecido actividades de asistencia obligatoria, haber participado en la totalidad de éstas, y en al menos el 20% de las actividades calificadas como voluntarias. 

    La certificación de asistencia a las actividades se emitirá de oficio, de acuero con el modelo contenido en el anexo II de la presente orden.

  • Documentación

    1. SOLICITUD, debidamente cumplimentada en el portal habilitado (https://plazasresidencias.educarex.es). Una vez cumplimentada, imprimir y firmar.

     

    2. JUNTO CON LA SOLICITUD SE DEBERÁ APORTAR (DOCUMENTACIÓN GENERAL):

    • Certificado acreditativo del nivel de renta de todos los miembros de la unidad familiar que sean mayores de edad y convivan en el mismo domicilio, referido al ejercicio fiscal 2021, salvo que, el interesado autorice expresamente a que el órgano gestor consulte de oficio estos datos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), a cuyo efecto deberá marcar la casilla correspondiente del anexo V de solicitud.
    • Documento acreditativo de la percepción de ingresos exentos del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (pensiones, indemnizaciones por despido, etc.) o no declarados en razón de cuantía, referidos al mismo ejercicio fiscal. 
    • En los casos en los que se alegue independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia, los medios económicos con los que cuenta y la titularidad o el alquiler de su domicilio. En caso contrario, y siempre que los ingresos acreditados resulten inferiores a los gastos soportados en concepto de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no probada la independencia.
    • Certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento de la localidad de residencia especificando el número de miembros de la unidad familiar que convive en ese domicilio.
    • En su caso, certificación, emitida de oficio, por la dirección de la residencia universitaria correspondiente, en relación al grado de participación en las actividades obligatorias y voluntarias realizadas por cada solicitante.

     

    3.DOCUMENTACIÓN ACADÉMICA (dependiendo de la circunstancia académica, se deberá aporta la siguiente documentación):

    • Para el alumnado que inicia estudios universitarios: 

    Certificado académico expedido por la autoridad académica correspondiente y referido al último curso completo realizado que otorga el derecho de acceso a la universidad.

    • Para el alumnado procedente de la Universidad de Extremadura:

    Certificado académico de ésta referido al último curso. Dicho certificado podrá ser recabado de oficio, como órgano gestor, por la Dirección General de Política Universitaria, salvo que la persona interesada exprese su negativa marcando la casilla habilitada al efecto en el anexo de la solicitud; en tal caso, deberá recabarlo ¿motu proprio¿ y aportarlo junto al resto de documentación requerida.

    • Para el alumnado que vaya a iniciar estudios de máster en la Universidad de Extremadura:

     Expediente académico completo de los estudios de grado realizados.

    • Para el alumnado que proceda de otras universidades:

    Certificado académico expedido por la autoridad académica correspondiente y referido al último curso realizado.

    • Para el alumnado que inicie Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional o Enseñanzas de Régimen Especial:

    Certificado académico expedido por la autoridad académica correspondiente que acredite haber finalizado el bachillerato o haber superado la prueba de acceso que otorga derecho de admisión, según proceda.

    • Para el alumnado que ya hubiera iniciado Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional o Enseñanzas de Régimen Especial:

     Certificado académico expedido por la autoridad académica correspondiente que acredite la promoción de curso.

    • Para el alumnado que inicie un Curso de Especialización de Formación Profesional:

    Deberá aportar el expediente académico completo del Ciclo formativo de Grado Superior realizado.

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Universidad
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada. 

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    Dirección General de Universidad
    Servicio de Universidad y Emprendimiento
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida

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