Legitimación de las firmas de autoridades y personal funcionario de la Junta de Extremadura - Juntaex.es
Legitimación de las firmas de autoridades y personal funcionario de la Junta de Extremadura - Juntaex.es
Legitimación de las firmas de autoridades y personal funcionario de la Junta de Extremadura
Legitimación de las firmas de autoridades y personal funcionario de la Junta de Extremadura que figuren en documentos públicos emitidos por la misma, que deban surtir efectos en el extranjero o ante organizaciones internacionales, como trámite previo para la legalización de tales documentos por la autoridad española competente.
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Código SIA: 3014666
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Finalidad
Corresponde a los Letrados de la Abogacía General la función de legitimación de las firmas de autoridades y personal funcionario de la Junta de Extremadura, que figuren en documentos públicos emitidos por la misma, que deban surtir efectos en el extranjero o ante organizaciones internacionales, como trámite previo para la legalización de tales documentos por la autoridad española competente. La legalización es un acto administrativo por el que se otorga validez a un documento público en el extranjero, comprobando la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en que la autoridad firmante del documento ha actuado. Así, todo documento público español requiere ser legalizado para ser válido en el extranjero.
La legalización de los documentos debe ser realizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores (Sección de Legalizaciones). No obstante, el Convenio de la Haya de 8 de octubre de 1961 establece una dispensa de la legalización por vía ordinaria, que se sustituye por un procedimiento simplificado para los países que lo han suscrito, denominada Apostilla o legalización única, que es realizada por el Ministerio de Justicia.
En Extremadura, la apostilla puede realizarse en el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Sala de Gobierno o en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Cáceres.
En cualquiera de los supuestos mencionados, legalización o apostilla, los documentos deben cumplir un trámite previo de reconocimiento de firmas por parte de las autoridades administrativas competentes, a efectos de su posterior legalización, que es la función que tiene encomendada la Abogacía General.
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Destinatarios
Estudiantes o trabajadores que quieran hacer valer en el extranjero títulos educativos expedidos por la Junta de Extremadura o la Universidad de Extremadura.
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Documentación
El solicitante debe aportar documento original que contenga la firma(s) manuscrita(s) que pretende legitimar, no admitiéndose ni copias simples ni compulsadas.
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Representación voluntaria por medios electrónicos
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Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Área de Asistencia Letrada
- Efecto silencio administrativo: No Aplica
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social
Abogacía General de la Junta de Extremadura
Área de Asistencia Letrada
Avenida Valhondo, S/N
06800, Mérida