Medalla a la defensa de las víctimas de terrorismo

Solicitud de Medalla a la defensa de las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
5/12/2023
  • Plazo de presentación

    Desde: 01/01/2024 Hasta: 20/02/2024

    El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el 1 de enero y terminará el 20 de febrero de cada año natural.

     

  • Finalidad

    Solicitud de Medalla a la defensa de las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se otorgará como forma de reconocimiento público por labores notorias en la lucha contra el terrorismo, en la protección y defensa de sus víctimas, en su compromiso público con las mismas, así como en la difusión de la memoria de las víctimas de terrorismo y en la educación en los valores democráticos.
  • Destinatarios

    Podrán ser destinatarios de las condecoraciones recogidas en este procedimiento:

    - Las personas físicas o jurídicas, instituciones o entidades que se hayan distingiuido por sus actuacioes en la lucha contra el terrorismo y la defensa y atención a las víctimas de terrorismo, y protección y defensa de sus víctimas y su compromiso público con las mismas, en la difusión de la memoria de las víctimas de terrorismo, en la educación en los valores democráticos y en la lucha contra la violencia terrorista.

  • Requisitos

    Personas, instituciones o entidades que se hayan distinguido por sus actuaciones en la lucha contra el terrorismo y la defensa y atención a las víctimas de terrorismo.

    Memoria comprensiva en la que se destaque de forma notoria actuaciones en la lucha contra el terrorismo, protección y defensa de sus vícitmas y su compromiso público con las mismas.

  • Documentación

    Memoria comprensiva en la que se destaque de forma notoria actuaciones en la lucha contra el terrorismo, protección y defensa de sus vícitmas y su compromiso público con las mismas.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

       Recurso potestativo de reposicion.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social
    Secretaría General - C. de Presidencia, Interior y Diálogo Social
    Servicio de Régimen Jurídico
    Paseo De Roma, S/N
    06800, Mérida

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