Control sanitario de las piezas de caza silvestre en Extremadura

Control sanitario de las piezas de caza silvestre, comercialización y procedimientos de solicitud y/o autorización de las actividades e instalaciones en Extremadura

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
1/12/2025
Actual (long): 1764643688378 - Dec 2, 2025 2:48:08 AM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Icono de información

Lea los requisitos y trámite

Código SIA: 3224915

  • Finalidad

    Regulación del control sanitario de las piezas de caza silvestre en la Comunidad Autónoma de Extremadura a fin de mejorar la protección de la salud pública en el ámbito de la seguridad alimentaria de la carne de caza.
  • Destinatarios

    Control oficial veterinario que debe realizar los controles sanitarios de la carne de caza, a las propias empresas de manipulación de la carne de caza, a cazadores, orgánicas, cotos de caza, así como a personal de la administración de diferentes Consejerías relacionadas con el sector de la caza (salud pública, sanidad animal y recursos cinegéticos), así como al ciudadano como consumidor.  

  • Documentación

    1. Anexo I Solicitud de designación de control veterinario para actividades cinegéticas
      Documentación obligatoria:
      1. Documento que acredite la identidad del solicitante salvo que se trate de persona física, en cuyo caso podrá autorizar la consulta al órgano gestor según se especifica en el anexo I.
      2. Justificación del abono de la tasa conforme al modelo 050.
      3. Los documentos acreditativos de la representación
      4. En caso de uso de Lugar de evisceración en coto colindante, presentar Anexo VIII

    Plazo de solicitud: Hasta 10 días antes de la celebración de la actividad

    1. Anexo II Parte A Solicitud de autorización de lugar de evisceración (LE)
      Documentación obligatoria:
      1. ¿¿¿¿¿¿Documento que acredite la identidad del solicitante salvo que se trate de persona física, en cuyo caso podrá autorizar la consulta al órgano gestor según se especifica en el anexo II Parte A.
      2. Los documentos acreditativos de la representación, en su caso.
      3. Declaración responsable de que se ostenta la titularidad del coto o terreno cinegético según anexo VII.
      4. Plano de acceso y localización con las coordenadas de su ubicación.
      5. Imagen actualizada del lugar.

    Plazo de solicitud: Abierto todo el año

    1. Anexo II Parte B Solicitud de autorización de local de inspección de caza
      Documentación obligatoria:
      1. ¿¿¿¿¿¿Documento que acredite la identidad del solicitante salvo que se trate de persona física, en cuyo caso podrá autorizar la consulta al órgano gestor según se especifica en el anexo II Parte B.
      2. Los documentos acreditativos de la representación, en su caso.
      3. Declaración responsable de que se ostenta la titularidad o la disposición de uso del local conforme al anexo IX.
      4. Plano de acceso y localización con las coordenadas de su ubicación.
      5. Plano de las instalaciones con la ubicación de lavamanos, aseos, equipos de frío, en su caso, y contenedores para los subproductos no destinados al consumo humano.
      6. Documento que justifique que tiene implantado un sistema de gestión de seguridad alimentaria basado en el sistema de Análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC) que cuando proceda puede ser implementado a través de Prerrequisitos (PRR), Guías de Buenas Prácticas de Higiene (GBPH), Guías sectoriales o Guías Europeas para controlar los peligros identificados.

    Plazo de solicitud: Abierto todo el año

    Anexos que deben incorporarse a Sede electrónica por estar asociados a los anexos anteriores: 

    1. Anexo VII Lugar de Evisceración (LE) Declaración responsable de la titularidad del terreno cinegético (vinculado al Anexo II-A).  Presentación junto a la documentación asociada.
    2. Anexo VIII Declaración responsable de uso de lugar de evisceración de coto colindante (vinculado al Anexo I). Presentación junto a la documentación asociada.
    3. Anexo IX Declaración Responsable de la Titularidad del local de inspección de caza (LICA) (vinculado al Anexo II-B). Presentación junto a la documentación asociada.
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio Extremeño de Salud (SES)
    • Plazo para resolver: Según Normativa aplicable
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Salud y Servicios Sociales

    Servicio Extremeño de Salud (SES)

    Dirección General de Salud Pública

    Subdirección de Salud Alimentaria y Ambiental

    Avenida de las Américas, 2

    06800, Mérida