Subvenciones a pymes y entidades sin fin de lucro, que desarrollen Formación Profesional Dual intensiva con contrato laboral de alternancia - Juntaex.es
Subvenciones a pymes y entidades sin fin de lucro, que desarrollen Formación Profesional Dual intensiva con contrato laboral de alternancia - Juntaex.es
Subvenciones a pymes y entidades sin fin de lucro, que desarrollen Formación Profesional Dual intensiva con contrato laboral de alternancia
Subvenciones para sufragar los gastos ocasionados en el desarrollo de la FP Dual intensiva al tener que formalizar un contrato laboral en alternancia
Fecha de actualización
:
6/11/2025
Actual (long): 1762432568836 - Nov 6, 2025 12:36:08 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1762470000000 - Nov 6, 2025 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1764284340000 - Nov 27, 2025 10:59:00 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1762470000000 - Nov 6, 2025 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1764284340000 - Nov 27, 2025 10:59:00 PM
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Plazo de presentación
Desde: 07/11/2025 Hasta: 27/11/2025 -
Finalidad
Aumentar la matriculación del alumnado en las familias profesionales que tienen alta empleabilidad y escasa matriculación. Potenciar la formación profesional dual intensiva mediante la concesión de subvenciones que sufraguen a las entidades beneficiarias los costes derivados de contratar laboralmente y remunerar al alumnado. -
Destinatarios
Podrán solicitar estas ayudas:
- Las pequeñas y medianas empresas.
- Las entidades sin ánimo de lucro.
(Que firmen convenio para realizar una Formación Profesional Dual intensiva con centros educativos sostenidos con fondos públicos y formalicen un contrato de formación para la alternancia).
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Requisitos
- Ser pequeña y mediana empresa, con independencia de su forma jurídica o ser entidad sin ánimo de lucro.
- Tener la autorización por parte de la Dirección General competente en materia de formación profesional del sistema educativo para realizar la formación en régimen intensivo.
- Tener suscrito el correspondiente convenio de colaboración entre un centro educativo sostenido con fondos públicos y la empresa u organismo equiparado para la realización de la fase de formación de las enseñanzas de formación
- Acoger a alumnado que esté cursando un ciclo formativo de grado D de formación profesional en el curso académico 2025/2026 en un centro educativo sostenido con fondos públicos.
- Que el alumnado realice su estancia formativa en un centro de trabajo radicado dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Que formalicen un contrato de formación en alternancia durante el periodo que dura la formación en el centro de trabajo y tramite las correspondientes gestiones en la Tesorería de la Seguridad Social.
- No podrán obtener la condición de beneficiario de la subvención objeto de este decreto si en ellos concurre alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Los beneficiarios deben estar al corriente con sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y con la Hacienda autonómica, así como de sus obligaciones con la Seguridad Social.
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Cuantía
CUANTÍA:
- La cuantía de la subvención es de 5,5€ por hora que realice el alumno o la alumna en el centro de trabajo en el curso académico 2025/2026.
- El número de horas subvencionables son las exigidas para cumplir con la modalidad de formación profesional dual intensiva, modalidad que es el objeto subvencionable y que está regulado por el artículo 159.4 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional al establecer que tendrá una duración entre un mínimo del 35% y un máximo del 50 % de la duración total de la oferta formativa. Por consiguiente, tendrá que realizarse entre 700 horas y 1000 horas distribuidas entre los dos cursos académicos que comprende estas enseñanzas.
FINANCIACIÓN:
- Las ayudas están financiadas con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Para la consecución de los fines propuestos en la convocatoria se destinará la cantidad total de 2.000.000 euros con las siguientes características:
- Para las pequeñas y medianas empresas se destina la cantidad de 1.950.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria del Centro Gestor 130030000, aplicación presupuestaria G/222B/47000, Fondos CAG00001, Programa de financiación 20250244, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
- Para las entidades sin ánimo de lucro se destina la cantidad de 50.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria del Centro Gestor 130030000, aplicación presupuestaria G/222B/48000, Fondos CAG00001, Programa de financiación 20250244, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
- Esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender a los derechos económicos de la misma en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad 2026.
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Documentación
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA:
- Modelo de solicitud.
- Entidades con personalidad jurídica, copia de la escritura pública que justifique que la persona que firma la solicitud es la que ostenta la representación legal de la entidad.
- Una de las dos siguientes condiciones:
- Documentación que acredite la condición de ser pyme. Presentando según proceda, copia del impuesto sobre sociedades del último año disponible para sociedades, o declaración del Impuesto sobre la renta de personas físicas para empresas individuales (autónomos).
- Documentación que acredite la condición de ser entidad sin ánimo de lucro. Pudiendo presentar entre otros documentos: los Estatutos de la entidad, documento acreditativo de estar inscrito en el registro correspondiente.
- Copia del convenio de colaboración entre el centro educativo y la empresa u organismo equiparado para la realización de la fase de formación de las enseñanzas de formación profesional. No será necesario, si en la solicitud se autoriza a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional a consultar los datos referentes al Convenio de colaboración. De no autorizarlo, tendrá que presentar junto con la solicitud el citado convenio.
- Copia del plan individual de formación. No será necesario, si en la solicitud se autoriza a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional a consultar los datos referentes al citado plan. De no autorizarlo, tendrá que presentar junto con la solicitud el mencionado plan.
- Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, cuando se oponga expresamente en la solicitud a que sea consultado de oficio.
- Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuando se oponga expresamente en la solicitud a que sea consultado de oficio.
- Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, cuando se oponga expresamente en la solicitud a que sea consultado de oficio.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
- Decreto 133/2025, de 16 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades que colaboren en proyectos de formación profesional dual intensiva en centros educativos sostenidos con fondos públicos autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura
- RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades que colaboren en proyectos de formación profesional dual intensiva en centros educativos sostenidos con fondos públicos autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura para el curso 2025/2026
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Formación Profesional
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa
Servicio de Formación Profesional
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
