Subvenciones para el Programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía - Juntaex.es
Subvenciones para el Programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía - Juntaex.es
Subvenciones para el Programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía
Subvenciones destinadas a la realización de la experiencia piloto del Programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía
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Plazo de presentación
Desde: 16/01/2025 Hasta: 29/01/2025
El plazo mínimo será de 10 días hábiles a computar desde el días siguente al de la publicación.
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Finalidad
La finalidad de estas subvenciones consiste en proporcionar un itinerario formativo conducente a la obtención de un certificado profesional o contenidos autorizados por el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), para mejorar la empleabilidad de las personas desempleadas participantes y responder a las necesidades del mercado laboral del sector de la artesanía, alternando el aprendizaje y la formación con un trabajo productivo en empresas y talleres artesanos relacionado con la formación recibida.
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Destinatarios
Podrán ser beneficiarias las agrupaciones de una entidad promotora y una o varias empresas adheridas, que presenten una solicitud conjunta, mediante un convenio que acrediten la correspondiente agrupación, en el que se recojan los compromisos de ejecución asumidos por cada entidad miembro de la agrupación, así como, en su caso, el importe de subvención a aplicar por cada una de ellas. En dicho acuerdo se nombrará representante o apoderado único de la agrupación a la entidad promotora, con poderes bastantes para cumplir las obligacioens que, como beneficiaria, correspondan a la agrupación y compromiso de no disolucion, hasta trascurrido el plazo de prescripción.
Estos compromisos establecidos en el correspondiente convenio se fundamentarán y justificará en base al interés social, al valor de la aportación al proyecto por parte de las entidades que lo ejecutan.
Cada entidad y cada empresa que forme parte de la agrupación, deberán reunir los requisitos exigidos para acceder a las ayudas y cumplir con las condiciones y obligaciones que le correspondan como beneficiaria.
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Requisitos
Las entidades promotoras tendrán que estar inscritas como asociaciones en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La acreditación o inscripción en la especialidad solicitada deberá haber sido realizada previamente al inicio de la acción formativa.
Las empresas adheridas serán artesanos y empresas artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura inscritos en el Registro de Artesanos y empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Cuantía
La cuantía total de la subvención estará compuesta por la suma de los siguientes gastos subvencionables:
a) Módulo de formación: la cuantía máxima de la subvención a conceder por la formación de cada proyecto se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos y por el importe del módulo correspondiente.
Una vez ejecutada la acción formativa, la cuantía definitiva de la subvención por este concepto se determinará por el resultado de multiplicar el número de alumnos/as participantes que se considera que han finalizado la formación por las horas de formación y por el módulo económico específico establecido para la correspondiente especilidad formativa. En ningún caso la cuantía definitiva podrá superar la cuantía de la subvención inicialmente concedida.
Se considerará que un/a alumno/a ha finalizado la formación cuando haya asistido, al menos, al 75% de la duración de la acción formtiva.
b)Módulo experincia laboral: el 75% del salario mínimo interprofesional anualmente establecido, incluida la parte proporcional de una paga extraordinaria. Asimismo, se subvencionará la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador correspondientes por todos los conceptos que establezca la normativa vigente en el momento de la concesión.
c) Módulo de gestión y acompañamiento del proyecto: si el proyecto tiene una duración de 6 meses el importe será de 18.106,21 euros, durante todo el periodo de 6 meses y 14 días a jornada completa y si el proyecto tiene una duración nueve el importe del módulo será de 26.506 euros, durante todo el periodo de 9 meses y 14 días a jornada completa.
La ejecución deberá ajustarse a la distribución acordada en la resolución de concesión, no pudiendo compensarse los módulos entre sí.
Las subvenciones serán financiadas con cargo a los créditos autorizados en el presupuesto de gastos de la Consejería competente en materia de empleo de la Junta de Extremadura, con cargo a los fondos estatales.
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Documentación
La solicitud y a esta se acompañará la siguiente documentación obligatoria:
- Memoria/Proyecto.
- Documentación identificativa de la personalidad de la solicitante y acreditación de la representación legal de la entidad solicitante.
- Convenio en el que se recojan los compromisos de ejecución asumidos para cada miembro de la agrupación, nombramiento a la entidad promotora como representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastates para cumplir las obligaciones que correspondan a la agrupación y compromiso de no disolución, hasta transcurrido el plazo de prescripción.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
- Decreto 158/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización de la experiencia piloto del Programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía y su convocatoria única.
- Extracto del Decreto 158/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización de la experiencia piloto del Programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía y su convocatoria única.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Formación para el Empleo
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
Dirección General de Formación para el Empleo
Servicios de Programas Mixtos de Formación y Empleo
Avenida Valhondo,
06800, Mérida -
Preguntas frecuentes
Es un programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía, con la finalidad de proporcionar un itinerario formativo conducente a la obtención de un certificado profesional o contenidos actualizados por el SEXPE.
Los proyectos contemplarán un conjunto de acciones que incluyan:
- Formación profesional para el empleo en el ámbito laboral en un régimen de altenancia con la actividad laboral en la empresa.
- Acompañamiento profesional
Se prentede promover la cualificación y la adaptación del alumnado trabajador participante al puesto de trabajo, para favorecer la profesionalización y la adquisición de experiencia de las personas participantes, alternando el apredizaje y la formación con un trabajo productivo en empresas y talleres artesanos relacionado con la formación recibida.
Podrán ser beneficiarias las Agrupaciones formadas por una entidad promotora y una o varias empresas adheridas, que presenten una solicitud conjunta.
Cada entidad y cada empresa que forme parte de la agrupación, ya sea persona física o jurídica, deberá reunir los requisitos exigidos para acceder a las ayudas y cumplir con las condiciones y obligaciones que le correspondan como beneficiaria.
El plazo para presentar solicitudes será de 10 días hábiles a computar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es)
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud.
La solicitud debe completarse mediante la firma electrónica de la persona representante.
La presentación de la solicitud solo producirá efectos ante la Administración una vez sea registrada por la solicitante o su representante a través del registro electrónico habilitado al efecto.
La solicitud se presentará mediante el modelo que incorpora como anexo I en el Decreto, y se acompañará de la siguiente documentación:
- Memoria/Proyecto, cumplimentado según modelo que se establece como Anexo I-Bis
- Documentación identificativa de la personalidad de la solicitante, mediante poder suficiente, en el caso de que se oponga a su obtención marcando la casilla correspondiente en el anexo de solicitud. Cuando la entidad no se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo de solicitud. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar el documento de representación (pdf)
- Convenio, según modelo recogido en el Anexo II del decreto, en el que se recoja los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, nombramiento a la entidad promotora como representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, correspondan a la agrupación y compromiso de no disolución, hasta trascurrido el plazo de prescripción previsto.
Cuando el proyecto vaya dirigido a la obtención por las personas participantes de certificados profesionales, se deberá indicar en la solicitud de subvención, de qué certificado o certificados se trata y la entidad promotora deberá estar acreditada e inscrita para ello en le Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura o solicitar su acreditación con anterioridad a la finalización del plazo establecido para presentar la solicitud de subvención para el desarrollo del proyecto.
Los proyectos de dicho Programa tendrán una duración de 6 o 9 meses y comprenderán un mínimo de 8 y un máximo de 15 participantes.
El pago de las subvenciones se realizará de la siguiente forma:
- Un primer pago del 50% de la subvención una vez notificada la resolución de concesión.
- Un segundo abono a cuenta, por importe del 50% de la subvención, una vez justificada una cantidad igual.
El abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria que se indique en el modelo normalizado de solicitud, dicha cuenta bancaria deberá estar activa en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura.
Una vez recibido los fondos por la entidad promotora, y en el plazo de 10 días, ésta remitirá al órgano gestor del SEXPE certificación contable de su recepción.
Podrán participar en los proyectos del Programa de Formación y Empleo para personas desempleadas en el sector de la Artesanía, las personas desempleadas mayores de 18 años e inscritas en el correspondiente Servicio Público de Empleo, que además cumplan los siguientes requisitos:
- Tener requerido en su expediente profesional la participación en programas de formación y empleo
- No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las funciones propias del puesto, ni cualquier otro impedimento personal o de cualquier otra índole para la realización de las actividades propias de la ocupación laboral a desempeñar de acuerdo con la normativa de aplicación.
- Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación en alternancia con el empleo.
- Si la formación del proyecto está dirigida a la obtención de certificados profesionales de nivel 2 o 3 deberán cumlir los requisitos mínimos exigidos en la normativa para el acceso a los mismos.
- Carecer de titulación, competencia o cualificación profesional en la misma materia específica, igual o superior a la que se adquirirá en el desarrollo de la acción.
- Adecuación al correspondiente puesto según los perfiles profesionales establecidos en el proyecto formativo de la acción aprobada.
El alumno-trabajador seleccionado deberá mantener estos requisitos a la fecha de incorporación al proyecto
La selección del alumnado será realizada por la entidad promotora y las empresas adheridas del proyecto. El proceso de selección se desarrollará en las siguientes fases:
- Fase de preselección: la entidad deberá presentar una oferta de empleo en el correspondiente centro de empleo del SEXPE
- Fase de selección: el procedimiento de selección del alumnado participante se llevará a cabo por la entidad promotora y las empresas adheridas, pudiendo utilizarse cualquier procedimiento, siempre que el sistema de selección utilizado tenga en cuenta la mayor adecuación de las candidaturas a los puestos ofertados y a los requisitos establecidos.
El centro de empleo verificará que todo el alumnado propuesto por la entidad beneficiaria cumple los requisitos y una vez comprobados enviará a la entidad la aceptación de las personas candidatas.
Cuando la entidad beneficiaria reciba la aceptación por parte del centro de empleo, publicará en su página web el listado definitivo del alumnado seleccionado y las listas de reservas para cubrir posibles vacantes y comunicará al centro de empleo gestor de la oferta, el informe de resultados de la selección.
En ningún caso podrán ser seleccionadas para estos proyectos personas que hayan sido expulsadas, hayan abandonado voluntariamente o renunciado a la etapa de contratación de algún poryecto de formación y empleo similar sin causa justificada en los cinco años previos a la fecha prevista de incorporación