Pruebas de acceso y matriculación de Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música - Juntaex.es
Pruebas de acceso y matriculación de Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música - Juntaex.es
Pruebas de acceso y matriculación de Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música
Acceso y matriculación en las Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1745964000000 - Apr 29, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1747864740000 - May 21, 2025 9:59:00 PM

Lea los requisitos y tramite
Código SIA: 3183868

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Plazo de presentación
Desde: 30/04/2025 Hasta: 21/05/2025 -
Finalidad
Convocar el acceso, la admisión y matriculación del alumnado en las enseñanzas elementales y profesionales de música para el curso 2025/2026. -
Destinatarios
El proceso de adjudicación de las plazas disponibles a las enseñanzas elementales de música atenderá prioritariamente a las aptitudes musicales de los aspirantes y a la edad idónea para iniciar estos estudios, considerando el intervalo de edades comprendido entre los 7 y 12 años como el más recomendable para el acceso a este nivel.
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Documentación
Documentos obligatorios:
- Identidad.:Dni/Pasaporte/TIE
- Libro de Familia o certificado del registro civil o documento que justifique la tutela o la guarda y/o acogimiento del menor.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
Secretaría General de Educación y Formación Profesional
Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
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Preguntas frecuentes
La solicitud será presentada por la persona interesada en cursar una enseñanza elemental o profesional de Música, cuando sea mayor de edad. Si en el momento de presentar la solicitud se tratara de una persona menor de edad, dicha solicitud deberá presentarla quien ejerza su tutoría legal.
- Los aspirantes a cursar las enseñanzas elementales o profesionales de música deberán presentar una única solicitud de admisión. En caso de que se presente más de una solicitud, se atenderá a la presentada en el último momento.
- La solicitud de admisión para las enseñanzas elementales o profesionales de música podrá formalizarse utilizando el modelo establecido en el anexo I de la presente resolución. Dicho formulario estará disponible en los siguientes medios:
a) En el centro de música en el que se desee ingresar.
b) En el punto de acceso general electrónico de servicios y trámites, a través del enlace: http://www.juntaex.es/tramite.
- En todo caso, en la solicitud harán constar la fecha de nacimiento, sus preferencias con respecto a la especialidad instrumental, así como el curso al que desean acceder, en caso de acceder a un curso distinto de primero de enseñanzas elementales o profesionales, sin haber cursado los anteriores.
- La solicitud será presentada por la persona interesada en cursar una enseñanza elemental o profesional de música, cuando sea mayor de edad. Si en el momento de presentar la solicitud se tratara de una persona menor de edad, dicha solicitud deberá presentarla quien ejerza su tutoría legal.
- Una vez cumplimentada, las solicitudes, junto con la documentación requerida, podrán presentarse por los siguientes medios:
- De forma electrónica, a través del Punto de Acceso General Electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite, habilitándose el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud. De optar por esta forma de presentación, los documentos que se aporten deberán ser digitalizados y presentados como archivos adjuntos junto con la solicitud.
Para el caso de presentación de solicitudes de forma electrónica, los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, la dirección electrónica donde se dan las instrucciones para ello y podrán obtenerlo son las siguientes:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
- De forma presencial, en las dependencias administrativas de la Dirección del Centro de Música correspondiente en el que se quiera cursar las enseñanzas o en cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de sus organismos vinculados o dependientes, conforme al Decreto 257/2009, de 18 de diciembre. También podrán presentarse en los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de optar por presentar su solicitud en una oficina de correos, esta se realizará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de su certificación.
- El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura
- Si el solicitante o persona que presentó la solicitud ha participado en las pruebas de acceso a las enseñanzas elementales o profesionales de música, conforme al procedimiento descrito en la Orden de 28 de abril de 2009, y una vez finalizadas las pruebas, ha obtenido plaza en dichas enseñanzas, deberá formalizar su matrícula en un plazo máximo de 10 días tras la adjudicación de las plazas.
- La solicitud de matrícula para las enseñanzas elementales o profesionales de música podrá formalizarse utilizando el modelo establecido en el anexo II. Dicho formulario estará disponible en los siguientes medios:
- En el centro de música en el que se desee ingresar.
- En el punto de acceso general electrónico de servicios y trámites, a través del enlace: http://www.juntaex.es/tramite.
- Estos solicitantes deberán seguir las instrucciones proporcionadas por los centros para realizar el pago del seguro escolar, en caso necesario. Además, si el centro lo requiere, deben aportar otra documentación adicional que desde la Secretaría de los centros se indique.
- Una vez cumplimentada, las matrículas, podrá presentarse por los siguientes medios:
- De forma electrónica, a través del Punto de Acceso General Electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente al trámite, habilitándose el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud. Para el caso de presentación de solicitudes de forma electrónica, los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, la dirección electrónica donde se dan las instrucciones para ello y podrán obtenerlo son las siguientes:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
b. De forma presencial, en las dependencias administrativas de la Dirección del Centro de Música correspondiente en el que se quiera cursar las enseñanzas o en cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de sus organismos vinculados o dependientes, conforme al Decreto 257/2009, de 18 de diciembre. También podrán presentarse en los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de optar por presentar su solicitud en una oficina de correos, esta se realizará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de su certificación.
- El alumnado oficial de las enseñanzas elementales y profesionales de música, (antiguo alumnado), formalizará la matrícula una vez finalizada la evaluación conforme al anexo II de la presente resolución, en el plazo que fije cada centro con antelación y publicidad suficiente, conforme cualquiera de los medios indicados en el párrafo anterior.
- La documentación acreditativa que deberá acompañar a dicha solicitud es la siguiente:
- Consulta de la identidad de la persona solicitante. La identidad del alumnado solicitante se verificará a través del Servicio de Consulta de Datos de Identidad, disponible en la plataforma de intermediación de datos de la Administración del Estado.
Si el solicitante no desea que sus datos sean consultados, podrá oponerse expresamente en la solicitud, conforme al Anexo IV. En este caso, deberá acreditar su identidad presentando su DNI, Pasaporte o TIE, según corresponda. La documentación requerida deberá presentarse en original, copia auténtica o copia con código seguro de verificación.
- Consulta de la condición de tutor/a o representante legal de la persona solicitante. En caso de que no conste en la Plataforma Educativa Rayuela tal relación de tutoría, se deberá presentar copia del libro de familia o documento legal que acredite que el padre, la madre o la persona que ejerce la tutoría legal tiene la guarda y custodia del menor.