Enseñanzas deportivas de régimen especial - Juntaex.es
Enseñanzas deportivas de régimen especial - Juntaex.es
Enseñanzas deportivas de régimen especial
Pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio
Actual (long): 1787381703366 - Aug 22, 2026 6:55:03 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1787522400000 - Aug 23, 2026 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1788559140000 - Sep 4, 2026 9:59:00 PM
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Código SIA: 3207972
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Plazo de presentación
Desde: 24/08/2026 Hasta: 04/09/202610 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
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Finalidad
Convocar las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio, para el curso 2026-2027. -
Destinatarios
Solicitantes sin requisitos académicos, que deseen cursar las enseñanzas deportivas de régimen especial:
a) Solicitantes que deseen presentarse a las pruebas de madurez para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado medio de régimen especial y de acceso a las activdades de formaicón deportiva de Nivel I.
B) Solicitantes que deseen presentarse a las pruebas de madurez para el acceso a enseñanzas deportivas de grado superior de régimene special y de acceso a las actividades de formación deportiva de Nivel III.
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Requisitos
Podrán concurrir a las pruebas de madurez para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las actividades de formación deportiva, los requisitos de acceso son los siguientes:
a) Para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado medio o actividades de formación deportiva de Nivel I, se deberá tener cumplidos 17 años de edad o cumplirlos en el año natural en que se realicen las pruebas.
b) Para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado superior o activdades de formaicón deportiva de Nivel III, se deberá tener cumplidos 19 años o cumplirlos en el año natural en que se realicen las pruebas.Además, en el caso de las enseñanzas deportivas de grado superior de régimen especial, el aspirante deberá estar en posesión del título de Técnico Deportivo en la modalidad o especialidad deportiva que se determine por vía reglamentaria o bien tenr cumplidos 18 años, o cumplirlos en el año natural en que se realicen las pruebas, y estar en posesión, además del título anterior, de un título de Técnico relacionado con aquel al que desea acceder.
En el caso del acceso al Nivel III será necesario haber superado el Nivel II de la misma modalidad o especialidad deportiva o estar en posesión del título de Técnico Deportivo en la modalidad o especialidad deportiva que se determine en el plan formativo de la modalidad o especialidad deportiva.
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Documentación
La documentación que deberá acompañar, obligatoriamente, a dicha solicitud es la siguiente:
- Documento acreditativo de la identidad del alumnado solicitante, en caso de que este se oponga expresamente a la consulta de sus datos conforme a los anexos I y III, respectivamente. En este supuesto, deberá presentar su DNI, Pasaporte o TIE, según corresponda. La documentación deberá presentarse en original, copia auténtica o copia con código seguro de verificación. Si no se manifiesta oposición, la identidad se consultará de oficio a través del Servicio de Consulta de Datos de Identidad disponible en la plataforma de intermediación de datos de la Administración del Estado. Aún cuando la parte interesada no se haya opuesto a la consulta de oficio, la administración podrá requerir expresamente la documentación necesaria para el procedimiento en los casos en el que el órgano gestor no pueda efectuar dicha comprobación.
- Documento acreditativo de la condición de tutor/a o representante legal, en el caso de que este se oponga a su consulta en la Plataforma Educativa Rayuela. En caso de oposición deberá aportar copia del libro de familia o documento legal que acredite la guarda y custodia del menor. Aún cuando la parte interesada no se haya opuesto a la consulta de oficio, la administración podrá requerir expresamente la documentación necesaria para el procedimiento en los casos en el que el órgano gestor no pueda efectuar dicha comprobación.
- Documento acreditativo de expediente académico. En el caso que se oponga expresamente marcando la casilla que al efecto figura en la solicitud, en cuyo caso la solicitud deberá acompañarse de una certificación académica del alumnado solicitante expedida por el centro educativo. Si no manifiesta oposición, para el caso de alumnado solicitante de centros sostenidos con fondos públicos, el órgano gestor consultará de oficio los datos académicos a través de la Plataforma Educativa Rayuela. Aún cuando la parte interesada no se haya opuesto a la consulta de oficio, la administración podrá requerir expresamente la documentación necesaria para el procedimiento en los casos en el que el órgano gestor no pueda efectuar dicha comprobación.
- Certificación acreditativa del grado de discapacidad, indicando el tipo de adaptación solicitada.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
- RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio, para el curso 2025-2026
- RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2026, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio, para el curso 2026-2027
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Educación
- Plazo para resolver: No tiene
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Educación y Formación Profesional
Secretaría General de Educación
Servicio de Ordenación Académica y Planificación de Centros Educativos (DIR3: A11005344)
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
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Preguntas frecuentes
- Las pruebas de madurez (para quienes no cumplen requisitos académicos).
- Las pruebas específicas de acceso (cuando la modalidad deportiva lo exige)
Las personas que quieran acceder a enseñanzas deportivas pero:
- No tengan el título de ESO (grado medio) o
- No tengan el Bachillerato (grado superior
- Grado medio / Nivel I: mínimo 17 años en el año de la prueba.
- Grado superior / Nivel III: mínimo 19 años en el año de la prueba.
Se puede presentar:
- Presencialmente (registros oficiales o IES Al-Qázeres, Cáceres).
- Telemáticamente (sede electrónica Junta de Extremadura).
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el DOE
- Solicitud correspondiente (anexos).
- Documentación acreditativa de requisitos.
- Justificante del pago de tasas
Sí.
- Se debe abonar un precio público para formalizar la inscripción.
- Puede haber exenciones o bonificaciones según normativa vigente
En el:
¿¿ IES Al-Qázeres (Cáceres)- Pruebas de madurez: primera quincena de septiembre.
- Pruebas específicas: segunda quincena de septiembre
- Evalúa conocimientos de ESO (grado medio) o Bachillerato (grado superior).
- Incluye ejercicios escritos sobre materias comunes.
Es una prueba que evalúa:
- Condición física
- Destrezas deportivas
En la modalidad elegida
Se publican:
- Listas provisionales (con posibilidad de subsanación).
- Listas definitivas.
¿¿ En web y tablón del centro
Sí:
- Contra exclusión o calificaciones.
- En los plazos establecidos (generalmente unos días hábiles).
No.
Superar la prueba no garantiza plaza, solo permite optar a la admisión.Sí.
- Tiene validez en todo el territorio nacional
Sí.
Se pueden solicitar adaptaciones de tiempo o medios, acreditando la situaciónLas realizan comisiones evaluadoras formadas por:
- Inspector/a (presidencia)
- Profesorado especialista
