Registro de Colegios Mayores y Residencias Universitarias

Solicitud para la creación, reconocimiento y aprobación de Colegios Mayores y Residencias Universitarias públicos o privados en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
15/2/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Reconocer y aprobar las Residencias Universitarias y Colegios Mayores públicos o privados de la Comunidad Autónoma.
  • Destinatarios

    Colegios Mayores y Residencias Universitarias (públicos y privados).

  • Requisitos

    1. Residencias Universitarias de la Junta de Extremadura: Su aprobación corresponde al Consejo de Gobierno.
    2. Colegios Mayores y Residencias Universitarias propias de la Universidad de Extremadura: la creación corresponde a la Universidad.
    3. Colegios Mayores o Residencias Universitarias públicas o privadas: su reconocimiento o aprobación corresponde a la Consejera de Economía, Comercio e Innovación.
    4. Colegios Mayores o Residencias Universitarias adscritos a la Universidad de Extremadura: el reconocimiento de los mismos corresponde a la Universidad y su aprobación al Consejo de Gobierno.


    * Se deberán cumplir los requisitos en cuanto a instalaciones que se reflejan en el Decreto 67/97 (D.O.E. 61, de 27/05/97)

  • Documentación

    - Solicitud.
    - Denominación que se pretende.
    - Promotor (circunstancias personales, institucionales o societarias).
    - Declaración de no hallarse incurso en ningún tipo de incompatibilidad ni el promotor ni el Director para el ejercicio de la actividad.
    - Acuerdo de creación del órgano competente, en su caso, cuando el promotor sea persona jurídica.
    - Localización urbana.
    - Título jurídico suficiente que acredite el derecho a la utilización del inmueble para el fin que se pretende.
    - Número de plazas y caracteristicas de las mismas.
    - Proyecto de instalación.
    - Licencias y Autorizaciones preceptivas
    - Nombre y apellidos del Director que se propone, con titulación mínima de Diplomado o Licenciado.
    - Reglamento de régimen interior.

  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Universidad
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: Sí
    • Impugnación vía administrativa: No
  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    Dirección General de Universidad
    Servicio de Universidad y Emprendimiento
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida

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