Árboles singulares - Juntaex.es
Árboles singulares - Juntaex.es
Árboles singulares
Declaración de árboles singulares de Extremadura sobre determinados ejemplares y formaciones arbóreas.
Fecha de actualización
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5/12/2024
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Contribuir a garantizar la conservación de determinados ejemplares y formaciones arbóreas con valores singulares, monumentales o históricos que cumplan alguna de las siguientes características: 1.- Rareza en número o distribución, así como por las particularidades de su desarrollo o por su ubicación. 2.- Medidas excepcionales dentro de su especie, edad o por sus particularidades científicas. 3.- Estar relacionados con eventos históricos, culturales o populares de interés. -
Destinatarios
El procedimiento para la declaración de "Árboles Singulares" se iniciará por Resolución del titular de la Dirección General, de oficio, o a instancia de los propietarios de los terrenos donde dichos ejemplares se encuentren ubicados.
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Requisitos
* La declaración se realizará en base a los siguientes criterios:
1) Criterios de singularidad:- Escasez numérica de la especie a nivel de la Comunidad Autónoma o dentro de su área natural de distribución.
- Distribución rarificada de la especie a nivel de la Comunidad Autónoma o dentro de su área natural de distribución.
- Desarrollo vegetativo del ejemplar poco común o figurativo.
- Emplazamiento del ejemplar poco común.
- Valor paisajístico y estético.
2) Criterios biométricos:
- Perímetro de tronco ( a 1,30 m. en la base).
- Diámetro de copa.
- Alturas principales (hasta la primera bifurcación y total).
- Edad estimada.
3) Criterios históricos y culturales:
- Importancia en relación con eventos históricos de ámbito regional o nacional.
- Importancia en relación con cualquier tipo de fenómeno cultural o de interés popular.
Los criterios para establecer las Áreas Periféricas de Protección, serán los siguientes:
- Importancia de los elementos vegetales asociados.
- Importancia paisajística del entorno donde se encuentre el ejemplar.
- Grado de las amenazas y peligros potenciales que pudieran afectar al ejemplar.
- Necesidad de acometer medidas de protección (por ejemplo, cerramientos).
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Documentación
- Solicitud de iniciación del expediente de declaración.
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Representación voluntaria por medios electrónicos
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Sostenibilidad
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Sostenibilidad
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
Avenida Valhondo,
06800, Mérida