Subvención para proyectos que impulsen y promuevan la participación juvenil

Subvenciones para el desarrollo de proyectos que impulsen y promuevan la participación juvenil a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
20/10/2023
  • Plazo de presentación

    Desde: 10/01/2022 Hasta: 07/02/2022

    20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la respectiva convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

     

  • Finalidad

    Apoyar con medios materiales y económicos el desarrollo de iniciativas y proyectos de asociaciones juveniles inscritas en el Registro de Asociaciones Juveniles, y de entidades prestadoras de servicios a la juventud, que promuevan la autonomía y el bienestar de la juventud de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Destinatarios

    Línea 1: Ayudas a asociaciones juveniles. Subvenciones destinadas a asociaciones juveniles registradas en el Registro de Asociaciones Juveniles del Instituto de la Juventud. 

    Línea 2: Ayudas al Plan de Juventud. Subvenciones a entidades prestadoras de servicios a la juventud para la realización de proyectos de ámbito regional que faciliten el desarrollo de los distintos ámbitos de la vida de la población joven, favoreciendo la autonomía personal, la plena convivencia o la inserción social de la juventud. 

  • Requisitos

    Podrán ser beneficiarias de esas ayudas: 

    En la línea 1 de ayudas a asociaciones juveniles:

    1.- asociaciones juveniles 

    2.- organizaciones políticas juveniles

    3.- federaciones y organismos coordinadores compuestos como mínimo de tres asociaciones

    4. - secciones juveniles de las demás asociaciones legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Extremadura

    No podrán participar en esta convocatoria las asociaciones:

    1. en las que hubiera recaído resolución de revocación o reintegro total por pérdida del derecho al cobro de la subvención en la convocatoria anterior 

    2. las que no reúnan los requisitos para ser beneficiarias recogidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    En la línea 2, de ayudas a entidades prestadoras de servicios a la juventud podrán participar entidades que:

    1 estén inscritas en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en el Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Extremadura, como entidad prestadora de servicios a la juventud.

    2. Recojan en los fines y objetivos redactados en sus estatutos, el trabajo y la dedicación a la juventud.

    3. Sean de carácter privado, sin perjuicio del reconocimiento del carácter de utilidad pública.

  • Cuantía

    En la Línea 1 se subvencionarán proyectos destinados a facilitar el desarrollo de los distintos ámbitos de la vida de la población joven, favoreciendo la autonomía personal, la plena convivencia o la inserción social de la juventud, incidiendo especialmente en los ámbitos de: emancipación, empleo, vivienda, salud, juventud rural, etc.

    El proyecto podrá ser subvencionado en su totalidad o de forma parcial. La cuantía mínima establecida es de 1.000 euros y la máxima de 16.500 euros.

    El proyecto será valorado en función de un baremo que va desde los 10 a los 33 puntos. La puntuación asigna valores tanto a la asociación como al proyecto en base a una serie de criterios: número de socios, habitantes en la localidad de sede, experiencia en el desarrollo de proyectos, innovación en los proyectos, calidad y número de actividades incluidas en el proyectos, aportaciones de otros recursos, colaboración con otras asociaciones, etc.

    La cuantía de las ayudas será distribuida en función de la puntuación obtenida y se concederán a aquellas asociaciones que obtengan mayor valoración, hasta agotar el crédito presupuestario. 

    En la línea 2 se subvencionarán proyectos de ámbito regional, tanto en su programación como en la población destinataria y en las actividades a desarrollar, dirigidos a favorecer la autonomía y el bienestar de jóvenes con edades comprendidas entre 14 y 30 años, dentro de las acciones contempladas en el Plan de Juventud de la Junta de Extremadura.

    El proyecto podrá ser subvencionado en su totalidad o de forma parcial. La cuantía mínima establecida es de 4.000 euros y la máxima de 20.000 euros.

    El proyecto será valorado en función de un baremo que va desde los 10 a los 40 puntos. La puntuación asigna valores tanto a la entidad como al proyecto en base a una serie de criterios: experiencia en el desarrollo de proyectos, innovación en los proyectos, calidad y número de actividades incluidas en el proyectos, aportaciones de otros recursos, colaboración con otras entidades, viabilidad, recursos humanos aportados, etc.

    La cuantía de las ayudas será distribuida en función de la puntuación obtenida y se concederán a aquellas asociaciones que obtengan mayor valoración, hasta agotar el crédito presupuestario. 

     

  • Documentación

    Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado que se recoge en la convocatoria. A las solicitudes se acompañará la siguiente documentación: 

    • DNI, en vigor, del representante legal de la asociación o entidad solicitante (*)
    • Documento que acredite la representación de la persona solicitante por parte de la entidad solicitante.
    • Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria y de reunir los requisitos para poder obtener una subvención.
    • Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social (*).
    • Certificados que evidencien el ámbito de actuación, la implantación territorial del proyecto, la experiencia en proyectos similares y/o la innovación del proyecto.
    • Solicitud de uso de las instalaciones juveniles adscritas al Instituto de la Juventud de Extremadura para la realización de actividades subvencionables.

    (*) El Instituto de la Juventud podrá recabar de oficio estos documentos si no se expresa oposición en el formulario de solicitud.

     

     

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Jóvenes y Deportes
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes. 

  • Más información

    El Plan de Juventud de Extremadura podrá consultarse en la página web del Instituto de la Juventud de Extremadura en la siguiente dirección:
     

    http://juventudextremadura.juntaex.es/web/vii-plan-de-juventud

     

  • Órgano gestor

    Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
    Dirección General de Jóvenes y Deportes
    Instituto de la Juventud de Extremadura
    Servicio de Gestión del Instituto de la Juventud
    Paseo De Roma,
    06800, Mérida
  • Preguntas frecuentes

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