Autorización de certámenes ganaderos

Autorización de certámenes ganaderos

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
14/5/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1778914275551 - May 16, 2026 6:51:15 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
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Código SIA: 213371

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año mínimo 30 días antes a la celebración del certamen ganadero.

  • Finalidad

    Autorizar las actividades feriales ganaderas que se desarrollan en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se consideran actividades feriales, las manifestaciones comerciales que tienen por objeto la exposición de bienes o la oferta de servicios para favorecer su conocimiento y difusión, promover contactos e intercambios comerciales y acercar la oferta de las distintas ramas de la actividad económica a la demanda.
  • Destinatarios

    Ayuntamientos o entidades responsables de la organización del certamen ganadero.

  • Requisitos

    Requisitos sanitarios complementarios para la celebración de certámenes de ganado.

    Junto con el resto de los requisitos normativos vigentes, los certámenes de ganado celebrados en la Comunidad Autónoma de Extremadura deberán cumplir los siguientes requisitos:

    a) Disponer de una persona profesional veterinaria colegiada ejerciente habilitada responsable del cumplimiento de las normas en materia de sanidad y de bienestar animal durante la celebración del certamen; y

    b) Contratar servicios profesionales de desinfección, desinsectación y desratización de las instalaciones con carácter previo a la entrada de los animales en las instalaciones del certamen y, en el caso de instalaciones de usos múltiples, también con posterioridad a la celebración de este y acreditar la efectiva prestación de estos servicios. No obstante, si la entidad organizadora cumple los requisitos legales y cuenta con los medios y capacitación necesarios para la realización de estas tareas, podrá hacerlo y deberá acreditar su efectiva realización.

    Requisitos en materia de razas ganaderas de los certámenes de ganado selecto.

    1. Para poder ser autorizados, los certámenes de ganado selecto locales o autonómicos, además de lo que se establece en el artículo 2, deberán:

    a) Disponer de unas instalaciones y medios adecuados para su función, especialmente alojamientos y pistas de exhibición de ganado, instalaciones de manejo de ganado y oficinas independientes y correctamente equipadas, que permitan cumplir debidamente la normativa aplicable.

    b) Admitir únicamente a animales inscritos en libros genealógicos, siempre que tanto éstos como las explotaciones de procedencia cumplan las condiciones de zootecnia, sanidad y bienestar animal establecidas normativamente, sin discriminación por razón del origen.

    En el caso de las subastas nacionales de ganado, salvo para las razas amenazadas, además deberán admitir únicamente animales que tengan valoración genética positiva de acuerdo con su programa de cría o que sean descendientes de animales mejorantes.

    2. Todos los certámenes de ganado selecto deberán identificar una persona con los conocimientos técnicos adecuados responsable de garantizar el cumplimiento de las normas a las que se refiere el apartado anterior, quien deberá aceptar dichas funciones y comprometerse a colaborar con el servicio competente en materia de sanidad animal, para atender cuantos requerimientos de datos, informes y actuaciones sean necesarias para la supervisión del cumplimiento de dichas normas. Podrá coincidir en una misma persona la condición de persona veterinaria habilitada y la de responsable técnico, si bien deberán presentarse por la misma las declaraciones responsables de los anexos II y III.

  • Documentación

    La solicitud deberá ir acompañada obligatoriamente de la siguiente documentación:

    a) Memoria firmada con la identificación de las instalaciones de celebración del certamen mediante plano, con especificación clara de aquellas destinadas a alojar a los animales, en unión de la referencia georreferenciada de las instalaciones principales y justificación de los medios empleados para la recogida del estiércol.

    b) Copia del documento firmado por la persona solicitante y la persona profesional veterinaria ejerciente colegiada responsable del cumplimiento de la normativa de sanidad y bienestar animal durante la celebración del certamen, que reúna los requisitos para ser autorizada o habilitada, según modelo anexo III.

    c) Compromiso de sustituir, en su caso, a la persona facultativa veterinaria referida, por una nueva, de las mismas circunstancias, mediante la presentación inmediata de nuevo documento del anexo III.

    d) Compromiso de contratación de servicios profesionales, o realización con medios propios según establece la letra b) del artículo 2, para la desinfección, desinsectación y desratización de las instalaciones, con carácter previo a la entrada de los animales en estas, y en el caso de instalaciones de usos múltiples, también con posterioridad a la celebración del evento, así como de la presentación electrónica en registro administrativo de la documentación acreditativa de su cumplimiento dentro del primer día hábil siguiente al que se produzcan, y en todo caso, tratándose de la relativa a la entrada de animales, el día anterior al de la celebración del certamen. En el caso de realización con medios propios la documentación acreditativa consistirá en certificación firmada acompañada de las facturas de compra del material utilizado.

    e) Documentación que acredite el sistema de retirada, transporte y eliminación de subproductos animales no destinados al consumo humano.

    f) Tríptico o cartel, en la fase en que se encuentre de boceto, diseño o edición, con mención de las diferencias existentes con relación al del certamen del año anterior o al del último año autorizado.

    g) Declaración responsable de que se adoptarán cuantas medidas sean necesarias para garantizar que durante la celebración del certamen no se producirán aglomeraciones para animales, personas y vehículos, ni accidentes para las personas o animales.

    h) Declaración responsable de que, sin perjuicio del requisito de la letra b), se dispondrá de los medios humanos, materiales y técnicos necesarios para asegurar el correcto desarrollo del certamen.

    i) En el caso de que la persona responsable del certamen no coincida con la persona titular de la explotación inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas donde se vaya a celebrar el certamen, deberá presentarse copia del documento suscrito por ambas, donde conste la autorización al responsable de la celebración del evento y el mandato para que este actúe como representante, tanto en la tramitación del procedimiento de autorización para cuantos requisitos en materia de sanidad y bienestar animal resulten exigibles como durante las actuaciones de control e inspección que se produzcan durante la celebración del certamen.

    j) Compromiso de facilitar cuantos datos, informes o actuaciones requiera el servicio competente en materia de sanidad animal, para controlar de forma efectiva el respeto de la sanidad y bienestar de los animales durante la celebración del certamen.

    En el caso de certámenes de ganado selecto, además de lo anterior:

    k) Compromiso de cumplir con los requisitos establecidos normativamente para los certámenes de ganado selecto durante la celebración del certamen.

    l) Copia del documento firmado por la persona solicitante y por la persona a la que se refiere en el artículo 3.2, con declaración responsable de la posesión de los conocimientos técnicos requeridos y asunción de la responsabilidad en la celebración del certamen según modelo del anexo II.

    m) Compromiso de sustituir, en su caso, a la persona técnica referida en el subapartado 2 precedente, por una nueva, de las mismas circunstancias, mediante la presentación inmediata electrónica en registro administrativo de nuevo documento del anexo II.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

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    • tab.digital-channel.field.resolution-deadline.label: 3 tab.digital-channel.field.resolution-deadline.time-unit.months
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  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (DIR3: A11044880)

    Dirección General de Agricultura y Ganadería (DIR3: A11030457)

    Servicio de Sanidad Animal (DIR3: A11030482)

    Avenida Luis Ramallo,

    06800, Mérida