Intervención en inmuebles declarados como Bien de Interés Cultural

Solicitud de autorización para intervenciones en inmuebles que haya sido reconocidos como Bien de Interés Cultural.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
8/2/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Plazo siempre abierto.

  • Finalidad

    Solicitud de autorización para intervenciones en inmuebles que haya sido reconocidos como Bien de Interés Cultural.

  • Destinatarios

    Personas físicas y jurídicas que pretendar promover una intervención en un inmueble que haya sido reconocido como Bien de Interés Cultural.

  • Requisitos

    Los requisitos para la obtención de la autorización se detallan en la Ley. Así, en el artículo 32 de la Ley se significa cuál es el contenido que han de  tener los proyectos de intervención, mientras que, en el artículo 33 de la misma norma, se detallan los criterios de intervención que deben regir las actuaciones en inmuebles declarados.

  • Solicitud y Anexos

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Unidad de Protección del Patrimonio Cultural
    • Plazo para resolver: 4 No tiene
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada frente a la Resolución de autorización de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural. 

       

  • Órgano gestor

    Consejería de Cultura, Turismo y Deportes
    Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
    Unidad de Protección del Patrimonio Cultural
    AVENIDA Valhondo, s/n
    06800, Mérida

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