Autorización para control de predadores mediante métodos homologados - Juntaex.es
Autorización para control de predadores mediante métodos homologados - Juntaex.es
Autorización para control de predadores mediante métodos homologados
Autorización para control de predadores mediante métodos homologados
Actual (long): 1789467925649 - Sep 15, 2026 10:25:25 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente
Código SIA: 213570
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Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Este trámite permite obtener la autorización para el empleo de métodos homologados para la captura de especies cinegéticas predadoras (zorro y urraca), con el fin de evitar o prevenir perjuicios en los cultivos, los bosques, la pesca o sobre las especies silvestres o domésticas, cuando no exista otra solución satisfactoria. -
Destinatarios
Titular de coto de caza o titular del bien afectado.
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Requisitos
1. Que se haya empleado previamente una modalidad de caza permitida.
2. Que se hayan adoptado otras medidas de recuperación de las especies afectadas cuando se trate de evitar o prevenir perjuicios sobre especies cinegéticas.
3. Que se constate la existencia de poblaciones de las especies afectadas, mediante los partes de resultados o mediante informe del personal adscrito a la Dirección General competente en materia de caza cuando se trate de evitar o prevenir perjuicios sobre especies cinegéticas.
4. Que se garantice el control de dichos métodos por personal especializado y acreditado para ejercer la actividad en Extremadura.
5. La revisión y control de los métodos deberá realizarse a diario por personal especializado.
6. La instalación y control de los métodos debe seguir las indicaciones de las DTCECP.
7. Remitir el parte de resultados en el plazo de un mes desde la finalización de la vigencia de la autorización. Requisito para concesión de futuras autorizaciones.
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Documentación
Documentación obligatoria:
1. Solicitud, que debe indicar los siguientes datos:
a) Especie que produce el daño
b) Especie o bien afectado
c) Justificación de la medida
d) Método a emplear
e) Identificación del personal especializado para el control
f) Medidas alternativas adoptadas con anterioridad
2. Anexo. Ubicación. Coordenadas UTM y Huso del lugar de ubicación de los métodos de control.
3. Copia DNI o equivalente, en caso de oposición a la consulta de datos personales.
4. Acreditación titularidad, en caso de oposición a la consulta de datos de catastro.
5. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50)
- El pago de la tasa se puede realizar a través de la pasarela de pagos de la Junta de Extremadura o presentando el modelo 50 en la entidad bancaria.
- Código de la tasa: 23069-3
Pago con tarjeta. En caso de pago con tarjeta debe descargarse el impreso pagado y adjuntarlo a la solicitud.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Representación voluntaria por medios electrónicos
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Normativa
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura. Texto consolidado.
- DECRETO 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada
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Más información
Los métodos homologados para control de predadores son los siguientes:
1. Lazo tipo collarum.
2. Caja metálica para urracas.
3. Lazo con tope y cierre libre dispuesto en alar.
4. Lazo tipo wisconsin dispuesto en alar.
5. Lazo tipo wisconsin dispuesto al paso.
6. Trampa tipo belisle selectivo.
La autorización será personal e intransferible e indicará los datos de la persona autorizada, así como los de la persona que llevará a cabo el control diario que debe contar con la acreditación como especialista en control de predadores.
Deberá remitirse el parte de resultados en el plazo de un mes desde la finalización de la vigencia de la autorización.
A partir de la entrada en vigor de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, se excluye a los gatos asilvestrados del ámbito de aplicación de este trámite.
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural
Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura (DIR3: A11030456)
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida
