Informe de situación sobre actividades potencialmente contaminantes del suelo

Informe de Situación (IS) sobre actividades potencialmente contaminantes del suelo por parte de personas físicas o jurídicas titulares de este tipo de actividades

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
20/5/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1779402608629 - May 21, 2026 10:30:08 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
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Código SIA: 213909

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año, previo al inicio de la actividad, o en el momento de presentar el informe de situación periódico (cada 5 años), de modificación sustancial, de cierre definitivo, de implantación de una actividad no contaminante, o cambio de uso del suelo.

  • Finalidad

    Controlar y valorar por parte de la autoridad con competencias en materia de medio ambiente la posibilidad de que se hayan producido o se produzcan contaminaciones significativas en el suelo sobre el que se asienta o se haya asentado alguna de las actividades potencialmente contaminantes del suelo incluidas en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero.
  • Destinatarios

    Las personas físicas o jurídicas titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo, entendiéndose por tales, las incluidas en el Anexo I y el artículo 3.2 del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero.

    Las actividades del Anexo I se encuentran definidas por su código CNAE-93 en el mencionado Real Decreto, mientras que las correspondientes al artículo 3.2 se identifican como aquellas que producen, manejan o almacenan más de 10 toneladas por año de una o varias de las sustancias incluidas en el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo y los almacenamientos de combustible para uso propio según el Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, con un consumo anual medio superior a 300.000 litros y con un volumen total de almacenamiento igual o superior a 50.000 litros.

  • Requisitos

    • Informe de situación (ordinario)

    Las personas físicas o jurídicas titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo deberán presentar un informe de situación previo al inicio de la actividad y otro periódico cada cinco años donde se actualice la información de la actividad. Igualmente, deberá presentarse un informe de situación en los casos de modificación sustancial de la actividad y cierre definitivo.

    Los propietarios de los suelos en los que en el pasado se desarrolló una actividad potencialmente contaminante deberán presentar un informe de situación cuando se solicite una autorización para el desarrollo de una actividad no contaminante, o cuando se produzca un cambio en el uso del suelo.

    El contenido y alcance mínimo de este informe de situación será el que se establece en el Anexo II del R.D. 9/2005, de 14 de enero. Además, en los casos de modificación sustancial, cierre definitivo, autorización para el desarrollo de una actividad no contaminante, y cambio en el uso del suelo deberá realizarse su descripción detallada desde el punto de vista de contaminación de suelos. Con el fin de facilitar la cumplimentación se ha elaborado un formulario para su presentación.

    • Informe de situación simplificado (voluntario y sustituye al anterior)

    Con carácter voluntario, las personas físicas o jurídicas, titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo, podrán presentar previo al inicio de la actividad, un informe de situación simplificado, que sustituirá al anterior (ordinario), y con periodicidad de cinco años otro informe actualizando el inicial. Se realizará mediante la cumplimentación del formulario según Anexo II en el que está previsto que aquellas actividades clasificadas dentro del grupo C en el Anexo I, deberán presentar una declaración responsable mientras que las clasificadas en los demás grupos adjuntarán un certificado técnico.

    En los casos de modificación sustancial, cierre definitivo, implantación de una actividad no contaminante, o cambio de uso del suelo, igualmente se presentará un informe de situación con el mismo contenido y alcance establecido anteriormente.

  • Documentación

    1. Informe preliminar de situación (obligatorio) cuando en el emplazamiento no se ha desarrollado ninguna actividad potencialmente contaminante del suelo previamente:

    - Instancia general del Informe de Situación simplificado (Anexo II)

    - Informe Preliminar de Situación (Modelo IS1)

    2.a. Informe de situación ordinario cada 5 años (opcional):

    Formulario general de presentación del informe de situación ordinario.

    2.b. Informe de situación simplificado cada 5 años, como alternativa al anterior (opcional)

    a. Actividades tipo A y B (según clasificación Anexo I del Decreto 49/2015):

    • Instancia general del Informe de Situación simplificado (Anexo II)
    • Certificado Técnico sobre la existencia o no de indicios de contaminación. (Modelo ISA o modelo ISB según corresponda)

    b. Actividad tipo C (según clasificación Anexo I del Decreto 49/2015):

    • Instancia general del Informe de Situación simplificado (Anexo II)
    • Declaración responsable (Modelo ISC)

    Solicitud y anexos

    1. Formularios de solicitud

    • Formulario general de presentación del informe de situación ordinario
    • Instancia general del Informe de Situación Simplificado Voluntario (Anexo II)

    2. Anexos

    • Clasificación de las actividades potencialmente contaminantes del suelo en el informe de situación simplificado -Tipos A, B y C- (Anexo I)
    • Declaración responsable (Modelo ISC)
    • Certificado Técnico sobre la existencia o no de indicios de contaminación para actividades tipo A (Modelos ISA)
    • Certificado Técnico sobre la existencia o no de indicios de contaminación para actividades tipo B (Modelos ISB)
    • Informe Preliminar de Situación (Modelo IS1)
  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Sostenibilidad
    • Plazo para resolver: No tiene
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden: &ltp>Recurso de alzada.

  • Más información

    • Cláusula de protección de datos (2º nivel)

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (DIR3: A11044880)

    Dirección General de Sostenibilidad (DIR3: A11027472)

    Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático (DIR3: A11038158)

    Avenida Valhondo, s/n

    06800, Mérida