Carné del cazador

Obtención del carné que autoriza la práctica de la caza

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
19/6/2026
Fecha presentacion con hora asignada (long): -1
Actual (long): 1782269288496 - Jun 24, 2026 2:48:08 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Icono de información

Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente

Código SIA: 2895509

  • Plazo de presentación

    No sujeto a plazo de presentación.

  • Finalidad

    Este trámite permite la obtención del carné de cazador que acredita la posesión de los requisitos de aptitud y conocimientos para la práctica de la caza.
  • Destinatarios

    Personas que deseen practicar la caza en Extremadura y se encuentren inscritas en el Registro de Cazadores de Extremadura.

  • Requisitos

    Estar inscrito en el Registro de Cazadores de Extremadura.

  • Documentación

    Documentación obligatoria:

    - Resguardo de abono de la tasa (modelo 50).

    El pago de la tasa se puede realizar a través de la pasarela de pagos de la Junta de Extremadura o presentando el modelo 50 en la entidad bancaria.

    Código de la tasa: 23021-2

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    El carné de cazador o documento equivalente junto con el resguardo acreditativo de abono de la tasa (mod. 50), autoriza para la práctica de la caza durante tres meses desde la fecha del pago.

    Se considera documento equivalente al carné de cazador de Extremadura el expedido por una comunidad autónoma o país homologado (carné o licencia).

    Comunidades Autónomas homologadas: 

    Andalucía, Principado de Asturias, Aragón, Islas Baleares, Canarias, Castilla La Mancha, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra, País Vasco y Comunidad Valenciana.

    Países homologados:

    Alemania, Austria, Bélgica, Eslovaquia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania, Suecia, Turquía.

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural

    Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural

    Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura (DIR3: A11030456)

    Avenida Valhondo,

    06800, Mérida