Ayudas destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes

Solicitud de ayudas para entidades locales de menos de 20.000 habitantes destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
22/11/2023
  • Plazo de presentación

    Desde: 25/05/2022 Hasta: 24/06/2022
  • Finalidad

    El objeto de estas ayudas es la ejecución de soluciones tecnológicas en materia de turismo inteligente y patrimonio cultural, movilidad inteligente, calidad de vida y bienestar, administración ciudadana, así como, en medioambiente urbano.
  • Destinatarios

    Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyos términos municipales tengan  a la fecha de la publicación de la convocatoria, una población de menos de 20.000 habitantes según los datos publicados a esa fecha por el Instituto Nacional de Estadística( INE).

  • Requisitos

    Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura cuyos términos municipales tengan, a la fecha de publicación de la convocatoria, una población de menos de 20.000 habitantes según los últimos datos publicados a esa fecha por el Instituto Nacional de Estadística (INE)

  • Cuantía

    El importe de subvención por entidad local consistirá en un porcentaje máximo del 80% de la inversión subvencionable. Dicho máximo de subvención se obtendrá teniendo en cuenta los siguientes tramos de población, según los últimos datos publicados por el INE a la fecha de pueblicación de la convocatoria:

    a) Entidades locales de más de 6.000 y menos de 20.000 habitantes:80% de la inversión subvencionable, hasta un importe máximo de subvención de 80.000 €.

    b) Entidades locales de más de 1.000 y hasta 6.000 habitantes:80% de la inversión subvencionable hasta un importe máximo de subvención de 40.000€.

    c) Entidades locales hasta 1.000 habitantes: 80% de la inversión subvencionable hasta un importe máximo de subvención de 20.000€.

    Las ayudas se financiarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gastos destinados a tal fin,previstos en las Leyes de Presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Las ayudas contarán, siempre que sea posible, con una cofinanciación de hasta el 80%, con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura, correspondiente al período de programación 2014-2020.

  • Documentación

    La documentación obligatoria a presentar es la siguiente:

    a) Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante, en la que se haga constar que no se encuentra incurso en alguna de las circunstancias que impidan la obtención de ayudas públicas en los términos recogidos en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según conste en la propia solicitud de subvención que acompañe a la convocatoria.

    b) Declaración de ayudas públicas solicitadas o recibidas, por el representante legal de la entidad en la que se hagan constar las de cualquier Administración pública o entidad pública o privada, para la actividad o finalidad para la que se solicita la subvención, indicando la cuantía de las mismas, según conste en la propia solicitud de subvención que acompañe a la convocatoria.

    c) Certificados que acrediten que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado (salvo que hayan autorizado al órgano gestor para recabarlo de oficio), así como que se encuentran al corriente de sus obligaciones frente a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y frente a la Seguridad NÚMERO 98 Martes, 24 de mayo de 2022 23483 Social (salvo que pueda recabarlos de oficio el órgano gestor, por no existir oposición expresa del interesado). Dichos certificados, podrán sustituirse por una declaración responsable de la entidad local conforme al modelo de anexo que acompañe a la convocatoria, en base a lo establecido en el apartado a) del artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    d) Proyecto técnico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del decreto de convocatoria.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Digitalización Regional
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de Alzada

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Dirección General de Digitalización Regional
    Servicio de Transform. Digit. Empresarial, Ciudadana y de Adm. Local y de Telecomunicaciones
    Paseo de Roma,
    06800, Mérida

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