Acreditación de competencias profesionales

Solicitud de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
12/12/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Desde: 04/08/2022

    Permanente y abierto. El interesado podrá iniciar el trámite por iniciativa propia en cualquier momento.

  • Finalidad

    El presente trámite constituye una vía para acreditar la experiencia laboral y la formación no formal, con el fin último de obtener el correspondiente título de formación profesional o el certificado de profesionalidad.

    Se trata de un procedimiento destinado a personas que no poseen un título oficial, pero que han trabajado en un oficio o que poseen formación no formal relacionada con la profesión, pero no acreditada.

    A través de la participación en este procedimiento, los interesados podrán demostrar su competencia profesional y obtener un título o acreditación oficial, ya sea para continuar con la formación o para demostrar la cualificación en la búsqueda y mejora de empleo.

    La oferta de unidades de competencia incluirá, al menos, aquellas que forman parte de la oferta de Formación Profesional de Extremadura.

  • Destinatarios

    Personas mayores de 18 años que cumplan los requisitos de acceso. En todo caso, han de tener experiencia profesional o formación no formal directamente relacionada con la cualificación profesional en la que se pretenden acreditar.

  • Requisitos

    Para acceder al procedimiento, debe reunir los siquientes requisitos:

    A. Acceso por experiencia laboral:

    • Para cualificaciones profesionales de nivel 1: ser mayor de 18 años y tener 2 años de experiencia con un mínimo de 1200 horas.
    • Para cualificaciones profesionales de nivel 2: ser mayor de 20 años y tener 3 años de experiencia con un mínimo de 2000 horas.

    B. Acceso por formación no formal:

    • Para cualificaciones profesionales de nivel 1: ser mayor de 18 años y tener 200 horas de formación mediante actividades adquiridas que no hayan sido oficialmente acreditadas.
    • Para cualificaciones profesionales de nivel 2: ser mayor de 20 años y tener 300 horas de formación mediante actividades adquiridas que no hayan sido oficialmente acreditadas..
  • Documentación

    Esta es la documentación que necesitará recabar:

    1. Copia del DNI, NIE o autorización para su consulta. 

    2. Currículum vitae europeo que se recoge en el Anexo I de la orden de convocatoria.

    3. Documentación justificativa:

    A) Experiencia Laboral, según sea el caso:

    Certificación de Vida Laboral de la Seguridad Social, en todo caso.

    Copia de los contratos de trabajo o Certificación de la Empresa según modelo Anexo II de las presente Orden en el que consten la duración de la prestación, el tipo de jornada y la actividad profesional desarrollada (para trabajadores por cuenta ajena).

    Anexo III o documento que incluya la descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma (para autónomos).

    Anexo IV o  certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten y detallen, las actividades y funciones realizadas (para voluntariado y becas).

    B) Formación no formal:

    Documento o diploma de la formación en el que consten las horas de duración y los contenidos del curso o Anexo V cumplimentado por la entidad formadora

    Podrá presentar la documentación mediante dos vías:

    • En la página web, adjuntándola en el momento en que esté tramitando la solicitud.
    • En las oficinas de registro, presentándola junto con la solicitud.

     

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:Enlaces a anexos:Enlace externo a solicitud:

    El proceso para solicitar participar en el procedimiento consta básicamente de dos pasos:

    1. Registro del participante, con usuario y contraseña, en la plataforma web de gestión del procedimiento. Este paso es imprescindible para acceder al modelo de solicitud y cumplimentar el mismo. No se admitirán solicitudes que no hayan sido generadas en la forma indicada.
    2. Registro administrativo de la solicitud debidamente cumplimentada, que podrá realizar mediante dos vías:
      • A través de la plataforma web, para lo que deberá disponer de certificado electrónico y autofirma.
      • A través de las oficinas de registro.

    La documentación que acompañe a la solicitud podrá adjuntarse en la plataforma web o bien en las oficinas de registro.

    Solicitud a cumplimentar a través de la aplicación informática de gestión del procedimiento

     

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Instituto Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

      Recurso contencioso administrativo. 

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional
    Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa
    Instituto Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida

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