Convocatoria de plazas para deportistas en la residencia estable de deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva

Solicitud de adjudicación de plaza en la residencia estable de deportistas para jóvenes extremeños para desarrollar programas de especialización y tecnificación deportiva.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
15/2/2024
  • Plazo de presentación

    Desde: 22/06/2023 Hasta: 10/07/2023
  • Finalidad

    Con este trámite las federaciones deportivas extremeñas y a los deportistas más destacados podrán solicitar plazas en la Residencia Estable para Deportistas, con el objetivo de desarrollar programas de especialización y tecnificación deportiva, llevando a cabo sus entrenamientos en la Ciudad Deportiva de Cáceres al tiempo que residen en la misma con todos los servicios cubiertos de alojamiento, manutención, servicios médicos y fisioterapéuticos y tutorización, con el objetivo de contribuir de forma muy significativa al éxito no solo deportivo, sino académico de todos los deportistas, ayudando a crear ambiente de estudio y a compatibilizar de esta manera su carrera deportiva con una vida académica fructífera.
  • Destinatarios

    &ltp>1. Las plazas podrán ser asignadas tanto a deportistas a título individual como a deportistas presentados por las federaciones deportivas para el desarrollo de sus Programas de Especialización Deportiva.

    2. Los deportistas a título individual deberán reunir los requisitos exigidos en el artículo 11 del Decreto 95/2016, de 5 de julio.

    3. Las plazas reservadas a las federaciones deportivas podrán asignarse a aquellas federaciones que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 16 de su decreto regulador citado anteriormente; por su parte, los deportistas incluidos en las listas presentadas por las federaciones deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 17 del mismo.

  • Requisitos

    1. Las plazas podrán ser asignadas tanto a deportistas a título individual como a deportistas presentados por las federaciones deportivas para el desarrollo de sus Programas de Especialización Deportiva.

    2. Los deportistas a título individual deberán reunir los requisitos exigidos en el artículo 11 del Decreto 95/2016, de 5 de julio.

    3. Las plazas reservadas a las federaciones deportivas podrán asignarse a aquellas federaciones que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 16 de su decreto regulador citado anteriormente; por su parte, los deportistas incluidos en las listas presentadas por las federaciones deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 17 del mismo.

    Para las plazas para desportistas a título individual, los requisitos son:

    a.- Ser ciudadano español. Sin embargo, podrán ser también beneficiarios los deportistas extranjeros vinculados con Extremadura, para lo que deberán acreditar el empadronamiento en cualquier municipio extremeño con, al menos, un año de antelación a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.

    b.- Tener en vigor licencia deportiva expedida con carácter exclusivo por una federación deportiva extremeña, o por la federación española correspondiente en el caso de que la federación extremeña de la modalidad en cuestión no estuviere integrada en la federación española.

    c.- Tener cumplidos, o cumplir, al menos 16 años al finalizar el año natural al que corresponda la convocatoria.

    d.- No haber sido sancionado en firme por infracción muy grave de la disciplina deportiva.

    e.- No haber sido expulsado de forma definitiva de la Residencia con anterioridad.

    f- Ser declarado Apto en un reconocimiento médico oficial para del desarrollo de ejercicio físico.

    g- Realizar estudios de ESO, de Bachillerato, de Formación Profesional o universitarios durante el curso que determine la correspondiente convocatoria. No obstante, en casos excepcionales, el órgano Instructor podrá eximir de este requisito, mediante informe motivado, cuando concurra causa mayor o circunstancias extraordinarias acreditadas documentalmente.

    h.- En el caso de deportistas que cursen estudios de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO), de Bachillerato y de Formación Profesional será necesario cumplir con los criterios de promoción establecidos para cada nivel educativo en la Ley de Educación vigente.

    i.- En el caso de deportistas universitarios deberán cumplir los porcentajes de aprobados de los créditos matriculados conforme a la tabla que se relaciona a continuación, que tiene como referencia la convocatoria de becas de educación del Ministerio competente en materia de educación, y partiendo de que se considera:

    - Matriculación Total: 60 créditos

    - Matriculación Parcial: 30 a 59 créditos

    No podrán optar a las plazas deportistas matriculados en menos de 30 créditos, salvo que le resten menos de ese número para finalizar los estudios.

    Rama o Área

    de conocimiento

    % créditos a superar si hubo matriculación total

    % de créditos a superar si hubo matriculación parcial

    Arte y Humanidades

    75 %

    85%

    Ciencias

    50%

    60%

    Ciencias de la Salud

    65%

    75%

    Ciencias Sociales y Jurídicas

    75%

    85%

    Ingeniería o Arquitectura/enseñanzas técnicas

    50%

    60%

            Los porcentajes anteriormente indicados se adaptarán, en su caso, a las nuevas tablas que pueda aprobar el Ministerio para futuros cursos académicos.

    El órgano instructor, mediante Informe motivado, podrá eximir, excepcionalmente, del cumplimiento de los requisitos señalados en las letras h) y i) del apartado anterior cuando existan causas extraordinarias que concurran en el deportista que resulten suficientemente acreditadas mediante el oportuno Informe de la correspondiente federación  deportiva.

    Para las plazas para federaciones deportivas para el desarrollo de programas de especialización, los requisitos de las federaciones para ser beneficiarias son:

    a.- Figurar inscritas como tales en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura.

    b.- Contar dentro de su proyecto deportivo con un Programa de Tecnificación Deportiva.

    c.- Desarrollar una modalidad deportiva de carácter individual que se pueda practicar en el CTD "Ciudad Deportiva de Cáceres".

    Requisitos de los deportistas presentados por las federaciones

    1.- Los deportistas incluidos en las listas de las federaciones deportivas deberán tener cumplidos, al menos, 14 años al finalizar el año natural en el que se publique la correspondiente convocatoria. Excepcionalmente, la federación podrá incluir a deportistas de menor edad, adjuntando, en ese caso, a su solicitud un Informe específico que acredite un especial interés en que el deportista reciba una más temprana especialización deportiva.

    2.- Los deportistas incluidos en las listas deberán ser nacidos en Extremadura, u ostentar la condición de extremeños en el sentido que regula el Estatuto de Autonomía con, al menos, un año de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria.

    3.- Los deportistas deberán ser declarados APTOS para del desarrollo de ejercicio físico en un reconocimiento médico oficial.

    4.- Los deportistas deberán realizar estudios de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO), de Bachillerato, de Formación Profesional o universitarios durante el curso que determine la correspondiente convocatoria. No obstante, en casos excepcionales, el órgano Instructor podrá eximir de este requisito cuando concurra causa mayor o circunstancias extraordinarias acreditadas documentalmente.

    5.- En el caso de deportistas que cursen estudios de ESO, de Bachillerato o de Formación Profesional será necesario cumplir con los criterios de promoción establecidos para cada nivel educativo en la Ley de Educación vigente.

    6.-  En el caso de deportistas universitarios deberán cumplir los porcentajes de aprobados de los créditos matriculados conforme a la tabla que se relaciona a continuación, que tiene como referencia la convocatoria de becas de educación del Ministerio competente en materia de educación, y partiendo de que se considera:

    - Matriculación Total: 60 créditos

    - Matriculación Parcial: 30 a 59 créditos

    No podrán optar a las plazas deportistas matriculados en menos de 30 créditos, salvo que le resten menos de ese número para finalizar los estudios.

    Rama o Área

    de conocimiento

    % créditos a superar si hubo matriculación total

    % de créditos a superar si hubo matriculación parcial

    Arte y Humanidades

    75 %

    85%

    Ciencias

    50%

    60%

    Ciencias de la Salud

    65%

    75%

    Ciencias Sociales y Jurídicas

    75%

    85%

    Ingeniería o Arquitectura/enseñanzas técnicas

    50%

    60%

    Los porcentajes anteriormente indicados se adaptarán, en su caso, a las nuevas tablas que pueda aprobar el Ministerio para futuros cursos académicos.

    7.- No podrán incluirse en el listado deportistas que hubieran sido expulsados de forma definitiva de la Residencia con anterioridad ni los que hubieran sido sancionados en firme por infracción muy grave de la disciplina deportiva.

    8.- En casos excepcionales, el órgano instructor, mediante Informe motivado, podrá eximir del cumplimiento de los requisitos señalados en los apartados 3 y 4 del presente artículo cuando concurra causa mayor o circunstancias extraordinarias acreditadas documentalmente mediante el oportuno Informe de la correspondiente federación deportiva.

  • Cuantía

    La concesión de plazas en la Residencia Estable de Deportistas del Centro de Tecnificación Deportiva "Ciudad Deportiva de Cáceres" no conlleva cuantía económica.

    Los deportistas beneficiarios tienen derecho a una serie de servicios, en función del régimen de plazas a los que se acojan

             a) Régimen Internos: tendrán tal consideración tanto las plazas asignadas a deportistas menores de edad con domicilio fuera de la ciudad de Cáceres como las atribuidas a los deportistas mayores de edad que residan en un a localidad distante en 20 o más kilómetros de la capital cacereña. Los titulares de estas plazas tendrán derecho a los servicios de alojamiento, manutención, uso de las instalaciones deportivas del centro en los términos reconocidos por el Reglamento de Régimen Interno de la Residencia

             b) Régimen Externos: serán considerados como tales las plazas concedidas a los deportistas menores de edad residentes en la ciudad de Cáceres y las que se adjudiquen a los deportistas mayores de edad que residan en una localidad situada a una distancia inferior a 20 kilómetros de Cáceres. Los titulares de estas plazas tendrán derecho a la manutención, al uso de las instalaciones deportivas y de los espacios comunes del centro y de otros servicios que se indiquen en el Reglamento de Régimen Interno de la Residencia, pero no a pernoctar en la misma.

  • Documentación

    PLAZAS PARA DEPORTISTAS A TÍTULO INDIVIDUAL

    Las solicitudes, debidamente suscritas por el interesado o, en su caso, por su representante legal, irán acompañadas de los documentos siguientes:

    a.- Fotocopia compulsada del DNI o Pasaporte del deportista y, en su caso, de su representante legal, cuando el interesado no preste su consentimiento, mediante la suscripción del apartado correspondiente en el modelo de solicitud para que el órgano instructor de oficio consulte sus datos de identidad personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI).

    b.- Cuando el solicitante sea un deportista extranjero vinculado con Extremadura deberá presentar un certificado de empadronamiento en cualquier municipio de Extremadura, salvo que autorice en el modelo de solicitud al órgano instructor para que, de oficio, consulte sus datos de empadronamiento en el Sistema de Verificación de Datos de Residencia (SVDR).

    c.- Informe Justificativo de la solicitud, según modelo normalizado que figure en la correspondiente convocatoria y que contendrá los siguientes apartados que deberán ser necesariamente cumplimentados en su totalidad:

            - Plan de entrenamiento y competición, que incluirá:

          1. Justificación del proyecto.
          2. Objetivos generales y específicos del programa de tecnificación.
          3. Grupo de deportistas de deportistas con el que entrena, en su caso.
          4. Planificación del entrenamiento a realizar.
          5. Metodología a utilizar.
          6. Competiciones en las que se tiene previsto participar durante el periodo de estancia en la Residencia
          7. Instalaciones del Centro de Tecnificación Deportiva a utilizar, horarios aproximados de entrenamiento y disponibilidad de material deportivo necesario.
          8. Datos de identificación, formación, experiencia y tareas a desarrollar por el técnico o técnicos responsables del entrenamiento.

    - Méritos académicos: estudios desarrollados y a desarrollar por el deportista.

    d.- Certificación del centro o centros educativos correspondientes de las calificaciones del deportista obtenidas en el curso académico que finalice el año de publicación de la correspondiente convocatoria.

    e.- Certificado de la Federación Deportiva correspondiente en el que se recoja el historial deportivo, según modelo normalizado que figure en la correspondiente convocatoria.

    f.- Si ha disfrutado de plaza en el centro durante el año anterior, Memoria de Actividad desarrollada durante dicho periodo, que incluya la consecución de los objetivos marcados inicialmente, resultados logrados en dicho periodo y ajuste de la actividad desarrollada a la planificada inicialmente

    g.- Certificado médico oficial de cada uno de los deportistas, donde se indique que éstos son APTOS para la práctica y el entrenamiento deportivo

    PLAZAS PARA PARA FEDERACIONES DEPORTIVAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE ESPECIALIZACIÓN

    Las solicitudes irán acompañadas de los documentos siguientes:

    a.- Listado de deportistas conforme al modelo normalizado que figurará como Anexo en la correspondiente convocatoria.

    b.- Informe justificativo de la solicitud de plazas, según modelo normalizado que figure en la correspondiente convocatoria, que deberá reflejar:

               - Los méritos deportivos de cada uno de los deportistas incluidos por la federación en su Programa de Tecnificación Deportiva, con los resultados más relevantes en competiciones nacionales e internacionales de los últimos dos años desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes que establezca la correspondiente convocatoria.

         - El Plan de entrenamiento y competición, que incluirá:

          1. Justificación del proyecto.
          2. Objetivos generales y específicos del programa de tecnificación.
          3. Grupo de deportistas a entrenar
          4. Planificación del entrenamiento.
          5. Metodología a utilizar
          6. Competiciones en las que se tiene previsto participar durante el periodo de estancia en la Residencia
          7. Instalaciones del Centro de Tecnificación Deportiva a utilizar, horarios aproximados de entrenamiento y disponibilidad de material deportivo necesario.
          8. Datos de identificación, formación, experiencia y tareas a desarrollar por el técnico o técnicos responsables del entrenamiento.

    c.- El consentimiento individualizado de cada uno de de los deportistas incluidos en la lista presentada por la federación  y, en su caso, el de su representante legal, que incluya los méritos académicos de cada uno de ellos, conforme al modelo normalizado que figurará como Anexo en la correspondiente convocatoria.

    d.- Certificación del centro o centros educativos correspondientes de las calificaciones de cada deportista obtenidas en el curso académico que finalice en el año de publicación de la correspondiente convocatoria.

    e.- El consentimiento de cada uno de los técnicos federativos incluidos en el Programa de Tecnificación Deportiva de la federación en el que se acredite su voluntad de figurar en la solicitud, según modelo normalizado que figure en la correspondiente convocatoria.

    f.- Documentación original o fotocopia compulsada que acredite la titulación del técnico o técnicos incluidos por la federación en su Programa de Especialización Deportiva, así como de la comunicación previa o, en su caso, declaración responsable presentada por el técnico o técnicos ante la Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura exigidas, respectivamente, por el artículo 23 o por la Disposición Transitoria Primera, apartado 3, de la Ley 15/2015, de 16 de abril, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte de Extremadura.

    g.- Fotocopia compulsada del DNI o Pasaporte de cada deportista o, en su caso, de su representante legal, y de los técnicos federativos, en el caso de que los interesados no presten su consentimiento en el correspondiente en el anexo que se publique con la convocatoria para que el órgano instructor de oficio consulte sus datos de identidad personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI).

    h.- Certificado médico oficial de cada uno de los deportistas, donde se indique que éstos son APTOS para la práctica y el entrenamiento deportivo.

    i.-Declaración responsable del representante de la federación de que tanto el personal federativo que le corresponda realizar tareas que impliquen contacto habitual con menores como los entrenadores incluidos en la solicitud cuentan con certificación negativa exigida por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, según modelo normalizado que figure en la correspondiente convocatoria.

  • Solicitud y Anexos

  • Representación voluntaria por medios electrónicos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Jóvenes y Deportes
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que dicta el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, o, en su caso, interponer directamente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
    Dirección General de Jóvenes y Deportes
    Servicio de Gestión y Formación Deportiva
    Avenida Valhondo, S/N
    06800, Mérida
  • Preguntas frecuentes

¿Qué te ha parecido? ¿Qué te ha parecido este contenido?