Homologación de entidades para impartir cursos de biocidas de uso ganadero, cursos de ordenación y bienestar animal y/o cursos destinados al personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos - Juntaex.es
Homologación de entidades para impartir cursos de biocidas de uso ganadero, cursos de ordenación y bienestar animal y/o cursos destinados al personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos - Juntaex.es
Homologación de entidades para impartir cursos de biocidas de uso ganadero, cursos de ordenación y bienestar animal y/o cursos destinados al personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos
Homologación de entidades formativas para realizar cursos de biocidas de uso ganadero, de ordenación y/o bienestar animal y cursos destinados a personal que maneje animales con fines de experimentación y científicos, incluyendo la docencia
Fecha de actualización
:
16/12/2025
Fecha presentacion con hora asignada (long):
-1
Actual (long): 1765905562170 - Dec 16, 2025 5:19:22 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Actual (long): 1765905562170 - Dec 16, 2025 5:19:22 PM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
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Plazo de presentación
Durante todo el año.
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Finalidad
Establecer la normativa reguladora para la homologación de las entidades formativas que pretendan organizar e impartir los cursos de biocidas de uso ganadero de ordenación y/o bienestar animal y cursos destinados a personal que maneje animales con fines de experimentación y científicos. -
Destinatarios
- Organizaciones profesionales agrarias, centros docentes públicos o privados y empresas o entidades privadas y corporaciones de derecho público, que tengan entre sus fines la formación de los recursos humanos del sector agrícola, agroalimentario, ganadero y/o del medio rural en la región.
- Profesionales autónomos/as, que serán titulados/as universitarios/as, cuya titulación esté relacionada con las materias recogidas en los cursos objeto de este decreto y homologados previamente por el servicio competente en materia de formación del medio rural.
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Requisitos
- Las entidades y profesionales autónomos/as interesados/as en obtener la homologación, deberán formular solicitud de homologación conforme al modelo que figura en el Anexo II del Decreto que regula este procedimiento.
- El plazo para la homologación estará abierto permanentemente.
- La tramitación de las solicitudes (anexo II), así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico https://juntaex.es dentro de la ficha correspondiente al trámite.
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Documentación
Junto a la solicitud de homologación (anexo II) habrá de adjuntarse la siguiente documentación obligatoria:
- Copia de los estatutos y/o escrituras de constitución de la entidad organizadora cuando se trate de persona jurídica o copia de documento de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto de actividades económicas (IAE) cuando se trate de una persona física.
- Proyecto de homologación, que deberá contener, al menos, el desarrollo de los apartados que figuran en el Anexo III del decreto que regula este procedimiento
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
- Decreto 197/2007, de 20 de julio, por el que se establece la normativa aplicable relativa a los establecimientos y servicios plaguicidas de usos agrarios en la Comunidad Autónoma de Extremadura (en los aspectos en los que no se oponga al RD 1311/2012) (DOE Nº86, de 26-07-07)
- Decreto 270/2011, de 11 de noviembre, por el que se establece la normativa reguladora de las actividades de formación dirigidas a la obtención de la capacitación suficiente para la manipulación y aplicación de plaguicidas de uso agrícola y/o ganadero y el bienestar animal, así como la regulación del procedimiento de homologación de los programas formativos correspondientes y la expedición del carné o certificado procedente en el mbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. nº 221, de 17 de noviembre de 2011)
- Decreto 79/2015, de 28 de abril, por el que se establece la normativa reguladora de las actividades de formación dirigidas a la obtención de la capacitación suficiente para la manipulación y aplicación de plaguicidas de uso agrícola, así como la regulación del procedimiento de homologación de los programas formativos correspondientes y la expedición del carné procedente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. Nº 84, DE 05-05-2015)
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Desarrollo Rural
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Desarrollo Rural
Servicio de Formación del Medio Rural
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida
